DECRETO 45 2013

Síntesis:

PROMULGA LA LEY 4485

Publicación:

23/01/2013

Sanción:

17/01/2013

Organismo:

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES


En uso de las atribuciones conferidas por el Art. 102 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, promúlgase la Ley N° 4.485, sancionada por la Legislatura de las Ciudad Autónoma de Buenos Aires con fecha 20 de diciembre de 2012. Dése al Registro; publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires;
gírese copia a la Secretaría Parlamentaria del citado Cuerpo por intermedio de la Dirección General de Asuntos legislativos; comuníquese a las Direcciones Generales de Relaciones Fiscales y de Crédito Público y. para su conocimiento y demás efectos, remítase a los Ministerios de Desarrollo Urbano y de Gobierno y a la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires.
El presente Decreto es refrendado por los señores Ministros de Desarrollo Urbano, de Hacienda y de Gobierno y por el señor Jefe de Gabinete de Ministros. Vidal a/c -Chaín - Monzó - Grindetti a/c

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