RESOLUCIÓN 103 2013 MINISTERIO DE CULTURA

Síntesis:

APROBACIÓN DE PRECIO MAYORISTA Y MINORISTA DE PUBLICACIONES - REVISTAS Y LIBROS - ENTREGA COMO OBSEQUIOS DE CORTESÍA - COMPLEJO TEATRAL DE LA CIUDAD - VENTA DE PUBLICACIONES - EXCEPCIÓN - DISPOSICIÓN 80-DGC-09 - VALOR

Publicación:

06/02/2013

Sanción:

21/01/2013

Organismo:

MINISTERIO DE CULTURA


VISTO:

el Expediente N° 198.453/2013, la Disposición 343-DGCG-04 y de acuerdo a lo

normado por la Ley N° 4013 (B.O.C.B.A. N° 3807), y

CONSIDERANDO:

Que, por los presentes actuados el Complejo Teatral de la Ciudad de Buenos Aires,

tramita la adecuación de las publicaciones realizadas en ese Organismo, a fin de

proceder a su venta;

Que, la presente norma, obedece a las observaciones realizadas por el Área de

Fiscalización de la Dirección General de Contaduría, en relación a la totalidad de las

diversas publicaciones valorizadas oportunamente, para la venta mayorista, minorista

y de cortesía;

Que, dada la permanente demanda y los múltiples puntos de venta del material del

que se trata, la Dirección General del Complejo Teatral de la Ciudad de Buenos Aires,

solicita se exceptúe, el material detallado en los listados adjuntos, de lo normado por

Disposición 80-DGCG-2009;

Por ello, de acuerdo con las determinaciones establecidas por el Disposición N° 343-

DGCG-04 y lo normado por la Ley N° 4013 (B.O.C.B.A. N° 3807),

EL MINISTRO DE CULTURA

RESUELVE

Artículo 1°.- Apruébase el precio, mayorista y minorista de las publicaciones del listado

adjunto, que como Anexo pasan a formar parte de la presente Resolución.

Artículo 2°.- Apruébase la cantidad de Revistas y Libros, detallados en el listado

adjunto, que como Anexo pasan a formar parte de la presente Resolución, que serán

entregados como obsequios de cortesía.

Artículo 3°.- Exceptúese a las publicaciones del listado adjunto de lo normado por

Disposición 80-DGCG-2009.

Artículo 4°.- Regístrese, y para su conocimiento y demás fines, remítase a la Dirección

General del Complejo Teatral de la Ciudad de Buenos Aires, quién deberá publicar la

presente en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y en la Página Web del

Gobierno de la Ciudad. Fecho, gírese a la Dirección General de Contaduría. Cumplido,

archívese. Lombardi


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 4089

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

EXCEPTUA
Art 3 de la Res 103-MC-13 Exceptúa publicaciones de lo normado por Disposición 80-DGCG-09