RESOLUCIÓN 14 2013 INSTITUTO SUPERIOR DE LA SEGURIDAD PUBLICA - LEY 5688
Síntesis:
APRUEBA ESTATUTO Y REGLAMENTOS ACADÉMICOS DEL INSTITUTO SUPERIOR DE SEGURIDAD PÚBLICA - FORMACIÓN PROFESIONAL Y CAPACITACIÓN - DE LA POLICÍA METROPOLITANA - CONCURSOS PARA CUBRIR CARGOS DE PROFESORES - ALUMNOS - ALUMNAS - PERÍODO LECTIVO - INSCRIPCIÓN - EXÁMENES - HOMOLOGACIONES - EQUIVALENCIAS - ANTECEDENTES Y OPOSICIÓN - REQUISITOS - DERECHOS - DEBERES - PROFESORES - TITULARES - INTERINOS - VISITANTES
Publicación:
13/02/2013
Sanción:
18/01/2013
Organismo:
INSTITUTO SUPERIOR DE LA SEGURIDAD PUBLICA - LEY 5688
VISTO:
Las Leyes N° 2.894, N° 2.895, las Resoluciones N° 117/ISSP/11, N° 118/ISSP/11, la
Nota N° 236279/SAISSP/13, el Expediente N° 236506/13, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley N° 2.894 crea el Instituto Superior de Seguridad Pública como ente
autárquico, dependiente orgánica y funcionalmente del Ministerio de Justicia y
Seguridad de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que asimismo la Ley N° 2.894 en su Artículo 57 establece que el Instituto Superior de
Seguridad Pública tiene la misión de formar profesionalmente y capacitar
funcionalmente al personal de la Policía Metropolitana, a los/as funcionarios/as
responsables de la formulación, implementación y evaluación de las políticas y
estrategias de seguridad ciudadana y de la dirección y la administración general del
sistema policial, a todos aquellos sujetos públicos o privados vinculados con los
asuntos de la seguridad, así como también la investigación científica y técnica en
materia de seguridad ciudadana de acuerdo con los principios de objetividad, igualdad
de oportunidades, mérito y capacidad;
Que, por su parte, la Ley N° 2.895 establece el marco jurídico e institucional del
Instituto Superior de Seguridad Pública, definiendo sus objetivos y constituyéndolo
como una instancia de apoyo de la conducción política del Sistema Integral de
Seguridad Pública a través de la formación y capacitación continua y permanente de
los actores involucrados, entre los que se encuentran la formación y capacitación de
los aspirantes a formar parte de la Policía Metropolitana;
Que de la normativa citada se desprende que la ley erige como función primaria del
Instituto la misión de formar profesionalmente y capacitar funcionalmente al personal
de la Policía Metropolitana, a los/as funcionarios/as responsables de la formulación,
implementación y evaluación de las políticas y estrategias de seguridad ciudadana y
de la dirección y la administración general del sistema policial, constituyendo ese su
principal objeto;
Que mediante Resolución N° 117/ISSP/11 se aprobó la estructura organizativa del
Instituto Superior de Seguridad Pública;
Que por su parte la Resolución N° 118/ISSP/11 creó el escalafón General del Instituto
Superior de Seguridad Pública, estableció las equivalencias salariales y los
suplementos correspondientes;
Que el Instituto Superior de Seguridad Pública tiene entre sus metas desarrollar
estrategias para mejorar la eficiencia y la eficacia de su gestión, siendo la
implementación y mejora de su organización una de las acciones centrales para la
consecución de los objetivos antes mencionados;
Que la Ley N° 2.894 en su Artículo 58 estipula que el Instituto Superior de Seguridad
Pública está a cargo de un Rector designado por el Ministerio de Justicia y Seguridad
o quien lo reemplace en un futuro;
Que es función del Rector, conforme lo prescripto por el inciso c) del Artículo 20 de la
Ley N° 2.895, elaborar los reglamentos que sean necesarios para el funcionamiento
del Instituto;
Que en atención a la multiplicidad de situaciones que se presentan cotidianamente en
el ámbito del Instituto Superior de Seguridad Pública con relación a sus misiones y
funciones, a su actividad académica y a los profesores que integran el cuerpo docente
del mismo, y a la luz de la experiencia acumulada en tal sentido, se advierte la
necesidad de contar con regímenes propios, completos y unificados que rijan los
aspectos mencionados dentro de esta casa de estudios;
Que en tal sentido, la adopción de marcos regulatorios que refuercen su perfil
institucional, ordenen los procesos administrativos académicos y los de designación de
su cuerpo docente, se constituye en una eficaz herramienta orientada a fortalecer su
actuación y desarrollo en un marco de consolidación y expansión de la actividad
académica y ampliación de una oferta curricular especializada en materia de seguridad
abierta a la comunidad;
Que en ese entendimiento el Sr. Secretario Académico, mediante Nota N°
236279/SAISSP/13, elevó a consideración de esta instancia para su aprobación el
Estatuto del Instituto Superior de Seguridad Pública, el Reglamento Académico y el
Reglamento de Concursos de Profesores Ordinarios;
Que en ese orden de ideas y analizados los documentos elevados a consideración, los
que obran glosados en el Expediente citado en el Visto, se impone dictar cuerpos
completos y ordenados de reglas;
Que sin perjuicio de lo dicho, la dinámica propia de la vida de este Instituto Superior de
Seguridad Pública, obliga a buscar continuas y más eficaces respuestas a la
multiplicidad de situaciones que se presentan cotidianamente, por lo cual las normas
reglamentarias serán sometidas a un permanente análisis;
Que en razón de todo lo expuesto corresponde dictar el acto administrativo
correspondiente, a los fines de aprobar el Estatuto del Instituto Superior de Seguridad
Pública, el Reglamento Académico y el Reglamento de Concursos de Profesores
Ordinarios.
Por ello, en uso de las facultades conferidas por el Artículo 20 de la Ley N° 2.895,
Artículo 1.- Aprobar el Estatuto del Instituto Superior de Seguridad Pública, el que
como Anexo I - IF/2013/00250106/ISSP - forma parte integrante de la presente
Resolución.
Artículo 2.- Aprobar el Reglamento Académico del Instituto Superior de Seguridad
Pública, el que como Anexo II - IF/2013/00250148/ISSP - forma parte integrante de la
presente Resolución.
Artículo 3.- Aprobar el Reglamento de Concursos de Profesores Ordinarios del Instituto
Superior de Seguridad Pública, el que como Anexo III -IF/2013/00250178/ISSP - forma
parte integrante de la presente Resolución.
Artículo 4.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires, comuníquese al Sr. Ministro de Justicia, para su conocimiento y demás
efectos pase a la Secretaría General del Instituto Superior de Seguridad Pública.
Cumplido, archívese. De Langhe
ANEXOS
El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 4092