ACTA 2497 2013 INSTITUTO DE VIVIENDA DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES
Síntesis:
PUNTO 7 - PUNTO 16 - INSTITUTO DE LA VIVIENDA - PRÓRROGA DE LA APLICACIÓN DEL PUNTO 12 DEL ACTA DE DIRECTORIO 2494-D-2012 - PLAN DE FACILIDADES DE PAGO - MANUAL DE PROCEDIMIENTOS UNIDAD CUERPO DE MANDATARIOS - APLICACIÓN EN CASOS DE PAGOS VOLUNTARIOS SIN INTERVENCIÓN DE MANDATARIOS - COCHERAS - LOCALES - UNIFICACIÓN - GRUPO SYASA - PLIEGOS DE CONDICIONES PARTICULARES - MODIFICACIÓN
Publicación:
03/04/2013
Sanción:
22/02/2013
Organismo:
INSTITUTO DE VIVIENDA DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES
Continuando la sesión del día 22 de febrero de 2013 del Acta N° 2497 y con la
presencia del Sr. Presidente Emilio Basavilbaso, del Sr. Director Martín Gonzalo
Garcilazo y del Sr. Director Roberto Alejandro Fernández, se considera el siguiente
punto:
PUNTO N° 7: Prorrogar la aplicación del Punto N° 12 del Acta de Directorio
2494/D/2012 hasta el 30 de junio de 2013.
Visto la Nota N° 14.056/IVC/2012 y;
Considerando:
Que por el Punto N° 12 del Acta de Directorio 2494/D/2012 de fecha 19 de diciembre
de 2012, se aprobó "Unificar Plan de facilidades de Pago y establecer que los planes
de facilidades descriptos a fs. 27 "Solicitud de constancia de acogimiento al plan de
facilidades de pago" del Manual de Procedimientos Unidad Cuerpo de Mandatarios, se
aplicarán en todos aquellos casos de pagos voluntarios sin intervención de
mandatarios hasta el 31 de enero de 2013."
Que el Gerente de la Gerencia de Créditos manifiesta "Atento que las carpetas de
deudores morosos se comenzarán a diligenciar a partir del mes de febrero por el
Cuerpo de Mandatarios, se solicita se prorrogue la aplicación de la mencionada Acta
hasta el 30/04/2013, como así también la inclusión de las cuentas correspondientes a
cocheras y locales."
Que el Gerente de Coordinación General de Planificación Administrativa y Financiera
expresó "Visto el éxito alcanzado por el envío de una comunicación informando una
facilidad de pago, y la presentación de nuevos casos que desean adherirse al mismo,
se solicita la aprobación de una prórroga del mismo hasta el 30 de junio de 2013."
Que la Gerencia General toma intervención, manifestando "Asimismo, se deberá
aplicar la unificación del plan de facilidades de pago a las cuentas correspondientes a
cocheras y locales, de acuerdo con lo indicado por la Gerencia de Créditos a fs.7."
Que luego de un breve debate, el presente tema es sometido a votación y se aprueba
por los miembros presentes.
Por ello.
SE RESUELVE:
1°) Prorrogar la aplicación del Punto N° 12 del Acta de Directorio 2494/D/2012 hasta el
30 de junio de 2013.
2°) Aplicar la unificación del plan de facilidades de pago, aprobado por el Art. 1 a las
cuentas correspondientes a cocheras y locales.
3°) Publicar en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires por el término de un día
y en el sitio web oficial de la CABA.
4°) Comunicar a todas las áreas.
Se da por aprobado el presente punto firmando al pie los miembros del Directorio.
Garcilazo - Fernández - Basavilbaso
Continuando la sesión del día 22 de febrero de 2013 del Acta N° 2497 y con la
presencia del Sr. Presidente Emilio Basavilbaso, del Sr. Director Martín Gonzalo
Garcilazo y del Sr. Director Roberto Alejandro Fernández, se considera el siguiente
punto:
PUNTO N° 16: Modificar el "Régimen de Acopio". Emitir las Circulares Sin Consulta.
Visto la Nota N° 14.284/IVC/2012 y agregado, y;
Considerando:
Que la Gerencia General, atento una petición de la UTE Conorvial S.A. Constructora
Lanusse S.A. contratista de la "Casa Amarilla Sector Central Licitación Pública N°
14/2010" respecto a la posibilidad del otorgamiento de anticipos para acopios, solicitó
al Grupo SYASA la elaboración de un informe.
Que el Grupo SYASA opina que "...la posibilidad de otorgar ese adelanto sin que la
ejecución de la obra haya alcanzado el umbral del 66% en su grado de avance
(conforme al artículo 2.1.7 del PCP), sería beneficioso para el IVC, toda vez que
sustrae las sumas que se comprometan en tal concepto de futuras solicitudes de
redeterminaciones de preciso en cuanto a los insumos y/o materiales objeto del
acopio".
Que, asimismo, manifiesta que "... a fin de asegurar un criterio uniforme en la
asignación de adelantos por acopio...sería conveniente adoptar un régimen general
que debiera ser aprobado por el Directorio del IVC, delegando en la Gerencia General
la facultad de otorgar en caso ese adelanto por acopio sin el umbral del numeral 2.1.7
del PCP.- ...también sería necesario definir una lista de insumos y/o materiales que
pueden ser objeto del acopio, lo cual el PCP, en su actual redacción la omite".
Que la Subgerencia Desarrollo de Proyectos dependiente de la Gerencia Técnica
entiende que "...la propuesta se presenta como una opción positiva para el desarrollo
de la obra, toda vez que redunda en beneficios financieros y económicos para el IVC,
siempre que existan los fondos suficientes para hacer frente al referido adelanto por
acopio".
Que, la Gerencia Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención que le compete, y luego
de una serie de observaciones a la redacción propiciada por el Grupo SYASA, opina
que correspondería proceder al dictado de un Acta de Directorio cuyos términos
deberán ser aplicados a la totalidad de los contratos vigentes y notificados a todas las
contratistas.
Que, en este orden de ideas, el texto proyectado y recomendado por el Grupo SYASA
complementaría y ampliaría el texto vigente en los actuales Pliegos de Condiciones
Particulares.
Que, luego de un breve debate, el presente tema es sometido a votación y se aprueba
por los miembros presentes.
Por ello.
SE RESUELVE:
1°) Modificar el "Régimen de Acopio" en los Pliegos de Condiciones Particulares
vigentes y futuros a tenor del ejemplar que como Anexo I se adjunta y pasa a formar
parte del presente.
2°) Encomendar a la Subgerencia de Compras y Licitaciones la notificación de la
modificación aprobada en el Art. 1 a la totalidad de los contratistas de las obras
vigentes y la publicación de las Circulares Sin Consulta respectivas, en los mismos
medios en donde se publicaran los llamados originarios y por el mismo plazo legal.
3°) Publicar en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y Comunicar
a las Gerencias: General, de Coordinación General Legal y Técnica, de Coordinación
General de Planificación Adm. y Financiera, de Administración y Finanzas, Técnica y
de Asuntos Jurídicos. Cumplido, pase a la Subgerencia de Compras y Licitaciones.
Se da por aprobado el presente punto firmando al pie los miembros del Directorio.
Garcilazo - Fernández - Basavilbaso
ANEXOS