RESOLUCIÓN 222 2013 MINISTERIO DE SALUD

Síntesis:

APRUEBA PROPUESTA DE ACTUALIZACIÓN DEL NOMENCLADOR DE PRESTACIONES DE SALUD - ARANCELES - INTERNACIÓN - CIRUGÍAS - MEDICAMENTOS - PRESTACIONES ODONTOLÓGICAS - LABORATORIOS - MEDICAMENTOS - SALUD MENTAL - TERAPIAS - AMBULANCIAS - QUEMADOS - TRANSPLANTES - VALORES - REINTEGROS - PRECIOS - HOSPITALES - TERCEROS EFECTORES - OBRAS SOCIALES - MEDICINA PREP

Publicación:

05/03/2013

Sanción:

01/03/2013

Organismo:

MINISTERIO DE SALUD


VISTO:

El Decreto N° 468/94, los artículos 43 y 45 del Decreto N° 208/01, la Resolución N°

498-MSGC/08, la Resolución N° 3843/MSGC/09, la Resolución N° 632/MSGC/11, la

Resolución N° 619/MSGC/11, la Resolución N° 1484/MSGC/11, la Resolución N°

2259/MSGC/2011, la Resolución N° 1868/MSGC/2012, el Expediente N°

558727/MGEYA/13, y

CONSIDERANDO:

Que por el Artículo 5° del Decreto N° 468/94 se facultó a la entonces Secretaría de

Salud para que proceda a incorporar y/o a sustituir los módulos del Nomenclador de

Prestaciones de Salud, creando la Comisión Permanente de Actualización del

Nomenclador;

Que los artículos 43 y 45 del Decreto N° 208/01 encomendaron a la entonces

Secretaría de Salud la fijación de los valores que deberán abonar las entidades

obligadas por las prestaciones brindadas por sus efectores;

Que esas atribuciones hoy corresponden al Ministerio de Salud;

Que la Resolución N° 632-MSGC/11 designó la conformación de la nueva Comisión

Permanente de Actualización del Nomenclador;

Que la mencionada Comisión presentó la propuesta de actualización de los aranceles

según costos vigentes para las prácticas del Nomenclador de Prestaciones de Salud

vigente;

Que la Dirección General Legal y Técnica ha tomado la competencia que le

corresponde.

Por ello, de conformidad con las facultades delegadas por el Decreto N° 468/94,

LA MINISTRA DE SALUD

RESUELVE

Artículo 1.- Apruébase la propuesta de actualización del Nomenclador de Prestaciones

de Salud que como Anexo forma parte integral de la presente.

Artículo 2.- Déjase establecido que el nuevo Nomenclador de Prestaciones de Salud

comenzará a regir para las prestaciones efectuadas a partir de las 0 horas del 01 de

marzo de 2013.

Artículo 3.- Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma

de Buenos Aires, y para su conocimiento y demás efectos pase a la Subsecretaría de

Atención Integrada de Salud, a la Subsecretaría de Administración del Sistema de

Salud, a la Dirección General Sistemas Informáticos, a la Dirección General Legal y

Técnica, a la Gerencia Operativa Relaciones con Entes Financiadores y a la

Agrupación Salud Integral. Cumplido archívese. Reybaud


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 4105

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
<p>Art. 1 Resolución 222-MSGC-13, aprueba la propuesta de actualización del Nomenclador de Prestaciones de Salud, en el marco del art. 5 del Decreto 468-94.</p>
MODIFICA
<p>Art. 1 de la Resolución 222-MSGC-12, aprueba actualización del Nomenclador de salud, actualiza los valores, tarifa, aprobados por Resolución 1868-MSGC-12.</p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 1 de laResolución 697-MSGC-13, aprueba actualización del Nomenclador de salud, actualiza los valores, tarifa, aprobados por Resolución 222-MSGC-13.</p>