DISPOSICIÓN 8 2013 DIRECCIÓN GENERAL DE LOGÍSTICA

Síntesis:

EXIME A GERENTES Y SUBGERENTES OPERATIVOS - SUSCRIPCIÓN DE LAS PLANILLAS DE REGISTRO DE ASISTENCIA - ANEXO I - DIRECCIÓN GENERAL DE LOGÍSTICA - LICENCIAS Y JORNDA LABORAL - REGIMEN GERENCIAL

Publicación:

07/03/2013

Sanción:

19/02/2013

Organismo:

DIRECCIÓN GENERAL DE LOGÍSTICA


VISTO:

los términos de la Ley N° 471, Resolución N° 495-MMGC/2012 y ccds.; y

CONSIDERANDO:

Que el Capítulo X de la Ley N° 471 establece las modalidades de prestación de

servicios del personal que se desempeña en la Administración Pública del Gobierno de

la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.-

Que el artículo 38 de la mencionada norma contempla la jornada de trabajo que

deberá cumplir el personal de la Administración Pública del Gobierno de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires.-

Que la Resolución N° 495-MMGC-2012, artículo 1°, aprueba el Procedimiento General

de Registro de Asistencia del Personal del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires

comprendido en la Ley 471, de conformidad a lo establecido en el Anexo I, el que

forma parte integrante de aquella norma.-

Que la Dirección General de Logística tiene como responsabilidades primarias, dentro

de la Estructura Organizativa del Ministerio de Justicia y Seguridad (conforme Decreto

N° 396/12): Intervenir en las urgencias y emergencias referentes a cuestiones de

electricidad, destapes, sanitarios, desagotes, desagües, y toda urgencia y emergencia

que involucren un riesgo inminente y potencial a la ciudadanía. Trabajar en forma

conjunta y coordinada de acuerdo a los lineamientos y protocolos que establezca la

Subsecretaría de Emergencias para el tratamiento de emergencias a través del Centro

Unico de Coordinación y Control (CUCC), para las emergencias recibidas por los

canales de comunicación habilitados. Entender en las urgencias y emergencias en lo

que referente al mantenimiento y reparación del equipamiento de las instalaciones

propias de los edificios del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Asistir

técnicamente respecto del mantenimiento edilicio a aquel que realiza la

coordinación de las tareas en situación de emergencias, en el marco de lo normado

por el Plan Director de Emergencias de la Ciudad de Buenos Aires. Administrar el

mantenimiento de los equipos y sistemas industriales."

Que, consecuentemente, esta Dirección General de Logística desarrolla sus

actividades los 365 días del año y las 24 horas del día, a efectos de ejecutar los

cometidos normativamente impuestos, contando con Gerencias y Subgerencias

Operativas, destinadas a brindar eficaz cumplimiento de los mismos.-

Que, consecuentemente y en atención a la índole de las funciones específicas que

cada Gerencia y Subgerencia Operativa de esta Dirección General de Logística debe

llevar a cabo para el debido cumplimiento de las responsabilidades primarias de la

repartición resulta conveniente, a tenor de las facultades con que cuenta el suscripto,

eximir a los Gerentes y Subgerentes Operativos de la firma de las

Planillas de Registro de Asistencia contemplados en la Resolución Nro.

495/MMGC/12.

Por ello y en uso de las facultades conferidas,

EL DIRECTOR GENERAL

DE LA DIRECCION GENERAL DE LOGISTICA

DISPONE:

Artículo 1.- Exímase a los Gerentes y Subgerentes Operativos de la Dirección General

de Logística de la suscripción de las Planillas de Registro de Asistencia establecidas

en la Resolución N° 495-MMGC-2012, Anexo I.-

Artículo 2.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,

comuníquese a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos y a la Dirección

General Técnica, Administrativa y Legal del Ministerio de Justicia y Seguridad.

Cumplido, archívese. Gonzalo Fuertes

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
Dispo 8-DGLO-13 exime a los Gerentes y Subgerentes Operativos de la Dirección General de Logística de la suscripción de las Planillas de Registro de Asistencia establecidas en la Resolución 495-MMGC-2012