RESOLUCIÓN 3 2013 MINISTERIO JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
Síntesis:
ESTABLECEN PROCEDIMIENTOS QUE DEBERÁN TRAMITARSE POR EXPEDIENTE ELECTRÓNICO - EE - SISTEMA DE ADMINISTRACIÓN DE DOCUMENTOS ELECTRÓNICOS - SADE - LAVADEROS - HOSPITALES - PROVEEDORES - LICENCIAS DE CONDUCIR - REGISTROS NOTARIALES - PROTECCIÓN DE TRABAJO INFANTIL - DONACIÓN DE BIENES DE CONSUMO - MANDATARIOS - ADMINISTRACIÓN DE INMUEBLES - SALUD ZOONOSIS - MEDIACIÓN COMUNITARIA - PROTECCIÓN DEL TRABAJO - CONTADURÍA - ROBOS EN DEPENDENCIAS - ESPACIOS VERDES - RADIO TAXÍS
Publicación:
14/03/2013
Sanción:
07/03/2013
Organismo:
MINISTERIO JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
VISTO:
Las Leyes Nros. 3.304 y 4.013, los Decretos Nros. 589/09 y 196/11, la Resolución N°
190/MMGC/12 y el Expediente N° EX-2013-0562454-MGEYADGMAD, y
CONSIDERANDO:
Que en el marco de la política de modernización de la Administración Pública, este
Gobierno ha impulsado distintas medidas tendientes a adoptar el uso de herramientas
tecnológicas que permitan agilizar y racionalizar considerablemente los trámites
administrativos, al tiempo de dotarlos de una mayor transparencia y accesibilidad para
su control, al hacerlos disponibles por medios informáticos;
Que una de las medidas adoptadas en esta línea fue la aprobación , mediante el
Decreto N° 589/09, del Sistema de Administración de Documentos Electrónicos SADE-
que, asimismo, facultó a la Secretaría Legal y Técnica a dictar las normas necesarias
para la implementación y funcionamiento de dicho sistema;
Que posteriormente, la Ley N° 3.304 estableció el Plan de Modernización de la
Administración Pública del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires a fin de encarar un
proceso de modernización administrativa;
Que en el Capítulo III , Título II del Anexo de la Ley antes mencionada, denominado
"Del Gobierno Electrónico y nuevas Tecnologías de la Información y Comunicación",
se dispuso entre sus actividades "...desarrollar la arquitectura tecnológica para la
implementación del expediente electrónico";
Que en ese marco, por Decreto N° 196/11 se ordenó la implementación del
"Expediente Electrónico", en los términos de la Ley N° 3.304;
Que dicho Decreto encomendó a la Jefatura de Gabinete de Ministros y a la Secretaría
Legal y Técnica a dictar las normas reglamentarias, aclaratorias y complementarias
que resulten necesarias;
Que por su parte el artículo 26 de la Ley de Ministerios N° 4.013 designa al Ministerio
de Modernización como la Autoridad de Aplicación del referido Plan de Modernización
de la Administración Pública, quedando además facultado a diseñar e implementar las
políticas de incorporación y mejoramiento de los procesos, tecnologías, infraestructura
informática y sistemas y tecnologías de gestión, del Gobierno de la Ciudad Autónoma
de Buenos Aires;
Que asimismo dicha Ley establece que le corresponde a la Jefatura de Gabinete, en
forma conjunta con el Ministerio de Modernización, diseñar, coordinar y verificar la
implementación de las políticas de gobierno electrónico y tecnologías de la información
para el Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad;
Que las políticas que encabeza el Ministerio de Modernización se caracterizan por ser
transversales a las funciones del resto de las unidades de Gobierno, lo cual ha sido
receptado en la Resolución N° 190/MMGC/12;
Que en ese marco y con el objeto de fomentar la planificación, la eficiencia y la
transparencia a fin de poder potenciar su labor, este Gobierno ha buscado
estandarizar procesos, procedimientos y tareas inherentes a diferentes trámites
administrativos;
Que asimismo distintas normas han previsto la incorporación de trámites
administrativos al Expediente Electrónico como herramienta de gestión administrativa;
Que en esta instancia resulta pertinente avanzar en el proceso de incorporación de
trámites al Expediente Electrónico, a fin de dar cumplimiento al Decreto N° 196/11.
Por ello, y en uso de las facultades que le son propias,
Artículo 1°. - Establécese que deberán tramitar por Expediente Electrónico utilizando el
Módulo "EE" del Sistema de Administración de Documentos Electrónicos -SADE-, de
conformidad con lo establecido en el Decreto N° 196/11 , los procedimientos de:
-Inscripción Registro de Lavadero de Ropa Hospitalaria
-Inscripción Registro de Transportista de Ropa Hospitalaria
-Inscripción Registro de Laboratorio de Análisis Microbiológicos
-Inscripción Registro Profesionales de Tintorerías -Medición Contaminantes
-Solicitud de Condiciones Acústicas Espectáculos Públicos
-Mandatarios
-Administración de inmuebles (Desocupación/Venta/Compra)
-Solicitud devolución de póliza
-Rendición de subsidios bibliotecas populares
-Seguridad Alimentaria -Inscripción/Renovación capacitador manipulador
-Seguridad Alimentaria Registro GCBA establecimientos alimentarios
-Seguridad Alimentaria Curso de Manipulación de Alimentos
-Salud Zoonosis
-Mediación Comunitaria
-Auspicios
-Registro Notarial LEY 404 Titularidad
-Registro Notarial LEY 404 Renuncia
-Registro Notarial LEY 404 Remoción
-Registro Notarial LEY 404 Adscripción
-Protección del Trabajo centralización rúbrica documental laboral
-Protección del Trabajo autorización trabajo infantil
-Donación de Bienes de consumo
-Pago de Servicios de Deuda
-Proyecto de Ley
-Inmueble Desalojo
-Licencias Conductor
-Protección del Trabajo -Dictamen Acusatorio Circunstanciado (DAC)
-Robo/ Hurto/ Extravío en Dependencias del GCABA
-Remodelación/ Reparación / Construcción (Dependencias del GCABA)
-Contaduría Solicitud Inf. Cta. Inversión a Org. Descentralizados
-Contaduría Información Financiera
-Presupuesto Preventivación de Partida
-Control de Consumo de Servicios Básicos
-Servicios Básicos Alta/ Baja y Modificación de Medidores GCABA
-Espacios Verdes Reparación y/o Mantenimiento
-Regulación Situación Dominial
-Control y Monitoreo de Gestión
-Infracciones Convalidación Servicio Distribución Postal
-Vía Pública-Denuncia por Irregularidades
-Mandatarias Taxis (nueva)
-Radio Taxis (nueva)
-Programas
-Designaciones de Docentes-Cultura-Enseñanza Artística
Artículo 2°.- Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos
Aires, comuníquese a todos los Ministerios y Secretarías del Poder Ejecutivo, a todas
las reparticiones con rango o nivel equivalente, a la Procuración General de la Ciudad
de Buenos Aires, a la Sindicatura General de la Ciudad de Buenos Aires y a los
Organismos Descentralizados del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires. Cumplido,
archívese. Ibarra - Rodríguez Larreta Clusellas
ANEXOS
El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 4112