RESOLUCIÓN 3 2013 MINISTERIO JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS

Síntesis:

 ESTABLECEN PROCEDIMIENTOS QUE DEBERÁN TRAMITARSE POR EXPEDIENTE ELECTRÓNICO - EE -  SISTEMA DE ADMINISTRACIÓN DE DOCUMENTOS ELECTRÓNICOS - SADE  - LAVADEROS - HOSPITALES - PROVEEDORES - LICENCIAS DE CONDUCIR  - REGISTROS NOTARIALES - PROTECCIÓN DE TRABAJO INFANTIL - DONACIÓN DE BIENES DE CONSUMO - MANDATARIOS - ADMINISTRACIÓN DE INMUEBLES - SALUD ZOONOSIS - MEDIACIÓN COMUNITARIA - PROTECCIÓN DEL TRABAJO - CONTADURÍA - ROBOS EN DEPENDENCIAS - ESPACIOS VERDES - RADIO TAXÍS 

Publicación:

14/03/2013

Sanción:

07/03/2013

Organismo:

MINISTERIO JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS


VISTO:

Las Leyes Nros. 3.304 y 4.013, los Decretos Nros. 589/09 y 196/11, la Resolución N°

190/MMGC/12 y el Expediente N° EX-2013-0562454-MGEYADGMAD, y

CONSIDERANDO:

Que en el marco de la política de modernización de la Administración Pública, este

Gobierno ha impulsado distintas medidas tendientes a adoptar el uso de herramientas

tecnológicas que permitan agilizar y racionalizar considerablemente los trámites

administrativos, al tiempo de dotarlos de una mayor transparencia y accesibilidad para

su control, al hacerlos disponibles por medios informáticos;

Que una de las medidas adoptadas en esta línea fue la aprobación , mediante el

Decreto N° 589/09, del Sistema de Administración de Documentos Electrónicos SADE-

que, asimismo, facultó a la Secretaría Legal y Técnica a dictar las normas necesarias

para la implementación y funcionamiento de dicho sistema;

Que posteriormente, la Ley N° 3.304 estableció el Plan de Modernización de la

Administración Pública del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires a fin de encarar un

proceso de modernización administrativa;

Que en el Capítulo III , Título II del Anexo de la Ley antes mencionada, denominado

"Del Gobierno Electrónico y nuevas Tecnologías de la Información y Comunicación",

se dispuso entre sus actividades "...desarrollar la arquitectura tecnológica para la

implementación del expediente electrónico";

Que en ese marco, por Decreto N° 196/11 se ordenó la implementación del

"Expediente Electrónico", en los términos de la Ley N° 3.304;

Que dicho Decreto encomendó a la Jefatura de Gabinete de Ministros y a la Secretaría

Legal y Técnica a dictar las normas reglamentarias, aclaratorias y complementarias

que resulten necesarias;

Que por su parte el artículo 26 de la Ley de Ministerios N° 4.013 designa al Ministerio

de Modernización como la Autoridad de Aplicación del referido Plan de Modernización

de la Administración Pública, quedando además facultado a diseñar e implementar las

políticas de incorporación y mejoramiento de los procesos, tecnologías, infraestructura

informática y sistemas y tecnologías de gestión, del Gobierno de la Ciudad Autónoma

de Buenos Aires;

Que asimismo dicha Ley establece que le corresponde a la Jefatura de Gabinete, en

forma conjunta con el Ministerio de Modernización, diseñar, coordinar y verificar la

implementación de las políticas de gobierno electrónico y tecnologías de la información

para el Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad;

Que las políticas que encabeza el Ministerio de Modernización se caracterizan por ser

transversales a las funciones del resto de las unidades de Gobierno, lo cual ha sido

receptado en la Resolución N° 190/MMGC/12;

Que en ese marco y con el objeto de fomentar la planificación, la eficiencia y la

transparencia a fin de poder potenciar su labor, este Gobierno ha buscado

estandarizar procesos, procedimientos y tareas inherentes a diferentes trámites

administrativos;

Que asimismo distintas normas han previsto la incorporación de trámites

administrativos al Expediente Electrónico como herramienta de gestión administrativa;

Que en esta instancia resulta pertinente avanzar en el proceso de incorporación de

trámites al Expediente Electrónico, a fin de dar cumplimiento al Decreto N° 196/11.

Por ello, y en uso de las facultades que le son propias,

EL MINISTRO DE MODERNIZACIÓN,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS Y

EL SECRETARIO LEGAL Y TÉCNICO

RESUELVE

Artículo 1°. - Establécese que deberán tramitar por Expediente Electrónico utilizando el

Módulo "EE" del Sistema de Administración de Documentos Electrónicos -SADE-, de

conformidad con lo establecido en el Decreto N° 196/11 , los procedimientos de:

-Inscripción Registro de Lavadero de Ropa Hospitalaria

-Inscripción Registro de Transportista de Ropa Hospitalaria

-Inscripción Registro de Laboratorio de Análisis Microbiológicos

-Inscripción Registro Profesionales de Tintorerías -Medición Contaminantes

-Solicitud de Condiciones Acústicas Espectáculos Públicos

-Mandatarios

-Administración de inmuebles (Desocupación/Venta/Compra)

-Solicitud devolución de póliza

-Rendición de subsidios bibliotecas populares

-Seguridad Alimentaria -Inscripción/Renovación capacitador manipulador

-Seguridad Alimentaria Registro GCBA establecimientos alimentarios

-Seguridad Alimentaria Curso de Manipulación de Alimentos

-Salud Zoonosis

-Mediación Comunitaria

-Auspicios

-Registro Notarial LEY 404 Titularidad

-Registro Notarial LEY 404 Renuncia

-Registro Notarial LEY 404 Remoción

-Registro Notarial LEY 404 Adscripción

-Protección del Trabajo centralización rúbrica documental laboral

-Protección del Trabajo autorización trabajo infantil

-Donación de Bienes de consumo

-Pago de Servicios de Deuda

-Proyecto de Ley

-Inmueble Desalojo

-Licencias Conductor

-Protección del Trabajo -Dictamen Acusatorio Circunstanciado (DAC)

-Robo/ Hurto/ Extravío en Dependencias del GCABA

-Remodelación/ Reparación / Construcción (Dependencias del GCABA)

-Contaduría Solicitud Inf. Cta. Inversión a Org. Descentralizados

-Contaduría Información Financiera

-Presupuesto Preventivación de Partida

-Control de Consumo de Servicios Básicos

-Servicios Básicos Alta/ Baja y Modificación de Medidores GCABA

-Espacios Verdes Reparación y/o Mantenimiento

-Regulación Situación Dominial

-Control y Monitoreo de Gestión

-Infracciones Convalidación Servicio Distribución Postal

-Vía Pública-Denuncia por Irregularidades

-Mandatarias Taxis (nueva)

-Radio Taxis (nueva)

-Programas

-Designaciones de Docentes-Cultura-Enseñanza Artística

Artículo 2°.- Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos

Aires, comuníquese a todos los Ministerios y Secretarías del Poder Ejecutivo, a todas

las reparticiones con rango o nivel equivalente, a la Procuración General de la Ciudad

de Buenos Aires, a la Sindicatura General de la Ciudad de Buenos Aires y a los

Organismos Descentralizados del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires. Cumplido,

archívese. Ibarra - Rodríguez Larreta Clusellas


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 4112

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRA
Res. 3-SECLYT-13 establece la incorporación de distintos trámites administrativos, el Sistema SADE - Expediente Electrónico, aprobado por Dec. 196-11