RESOLUCIÓN 59 2013 DEFENSORIA GENERAL DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES

Síntesis:

CREA PROGRAMA DE GÉNERO EN EL ÁMBITO DE LA SECRETARÍA GENERAL DE DERECHOS HUMANOS - ANEXO 1 - DESIGNAR COMO RESPONSABLE - CLAUDIA INÉS JOSEFINA FERNÁNDEZ - DEFENSORIA GENERAL 

Publicación:

03/04/2013

Sanción:

12/03/2013

Organismo:

DEFENSORIA GENERAL DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES


VISTO:

El Oficio SGDH N° 12/13 elevado por la Secretaria General de Derechos humanos

Dra. Bettina Paula Castorino; y

CONSIDERANDO:

Que, mediante el oficio citado en el visto se eleva a consideración del suscripto el

proyecto de creación del Programa de Género en el ámbito de la Secretaría General

de Derechos Humanos de esta Defensoría General.

Que, tal como allí se sostiene, la Res. CM N° 579/2009 estipula como una de las

misiones específicas del área "Elaborar y proponer al Defensor General medidas

tendientes a combatir judicialmente la discriminación y otras formas de intolerancia;

promoviendo la protección de las personas que se encuentran en situación de

vulnerabilidad, pobreza o exclusión social".

Que, en cumplimiento de tales mandatos, se vienen desarrollando diversas actividades

relacionadas con la problemática de género, en pos de contribuir al efectivo ejercicio

de los derechos constitucionales en juego. Así, la Constitución de la Ciudad Autónoma

de Buenos Aires garantiza en el ámbito público y promueve en el privado la igualdad

real de oportunidades y trato entre varones y mujeres en el acceso y goce de todos los

derechos civiles, políticos, económicos, sociales y culturales (Artículo 36), reconoce

los derechos reproductivos y sexuales, libres de coerción y violencia, como derechos

humanos básicos (Artículo 37) e incorpora la perspectiva de género en el diseño y

ejecución de sus políticas públicas (Artículo 38).

Que, en tal sentido, si bien la normativa citada reconoce y protege tales derechos, las

dificultades de acceso a la justicia por parte de las mujeres y personas en situación de

vulnerabilidad por razones de género (travestis, transexuales y transgénero) es un

hecho extensamente conocido así como lo son una de sus principales razones: la

discriminación que ellas sufren en virtud de la diferencia sexual. Sabemos también que

persisten en la prestación del servicio de justicia patrones socio-culturales que

impactan de manera diferencial según se trate de una u otra identidad socio-sexual.

Que, asimismo, son numerosas las investigaciones que advierten claramente que en

los procesos judiciales en os que las mujeres son parte, como víctimas o en conflicto

con la ley, no siempre se articulan argumentos diferenciales para garantizar la justicia

impartida según los estándares internacionales.

Que, tanto la República Argentina como la Ciudad Autónoma de Buenos Aires se han

pronunciado políticamente por el reconocimiento explícito de la igualdad de género

como una prioridad impostergable de la acción política y social, pero también jurídica,

que busca promover en modelo de sociedad democrática, sostenible, que se

fundamente en la equidad como uno de sus pilares de desarrollo (Convención sobre la

Eliminación de Todas las Formas de Discriminación Contra la Mujer -CEDAW,

Convención Interamericana para la Prevención, Sanción y Erradicación de la Violencia

Contra la Mujer, las 100 Reglas de Brasilia sobre Acceso a la Justicia de las Personas

en condición de vulnerabilidad; Constitución de la CABA; Ley n° 474/02, de creación

del Plan de Igualdad Real de oportunidades y te Trato entre Mujeres y Varones en la

CABA; Ley 2110/06 de Salud Sexual Integral; Ley 24.417, de violencia familiar en le

CABA; Ley 481/00, de creación del Programa para la Eliminación de Estereotipos de

Género en textos escolares y materiales didácticos de la CABA; Ley 175/99, creación

del Programa de Reflexión y Capacitación sobre la igualdad de oportunidades y

responsabilidades de mujeres y varones en los ámbitos público y privado e la CABA;

Ley 114, de derechos de la Infancia de la CABA).

Que, en tanto la igualdad de género es una cuestión de derechos humanos

fundamentales de las personas pues conforma las bases de una democracia real y, en

lo que atañe a la justicia, se traduce en igualdad de acceso y ejercicio de la misma por

parte de varones y mujeres, se considera necesaria y conducente la creación del

Programa de Género propuesto, a fin de unificar las acciones de la Defensa Pública en

la materia, asistiendo a las/los magistradas/os de la Defensa en la medida que lo

requieran, como así también mediante el impulso de acciones tendientes a lograr el

efectivo ejercicio de los derechos antes enunciados, continuando con las tareas que ya

se vienen desarrollando, tales como la búsqueda de consensos para el desarrollo de

un programa de trabajo destinado a las personas en situación de prostitución mediante

el asesoramiento en trámites judiciales (Artículo 81 Código Contravencional), el

armado de cooperativas de trabajo, la capacitación y sensibilización a distintos actores

de la justicia, y la conformación de una mesa de trabajo intersectorial en la que la

Secretaría General de Derechos Humanos ejerza un rol destacado de articulación.

Que, en definitiva, es preciso incorporar aún más a nuestra tarea cotidiana no sólo el

discurso jurídico que evidencie en los casos el plus de derechos reconocidos a favor

de la mujer, sino también trabajar arduamente en la capacitación y concientización

para que nuestros equipos de trabajo puedan detectar situaciones de discriminación

que en la mayoría de los casos las mujeres consultantes no relatan explícitamente.

Que, sobre la base de todo lo expuesto, se aprobará mediante la presente el

Programa de Género en el ámbito de la Secretaría General de Derechos Humanos,

cuyos objetivos y actividades estarán contenidos en el anexo pertinente, y se

designará como responsable del mismo a la Lic. Claudia Inés Josefina Fernández,

quien ya se desempeña en dicha Secretaría y mantendrá su actual categoría de

revista.

Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 124 y 125 de la

Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y por el artículo 21 inc. 6° de la

ley 1.903;

EL DEFENSOR GENERAL

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

RESUELVE:

1°.- CREAR el Programa de Género en el ámbito de la Secretaría General de

Derechos Humanos de esta Defensoría General, aprobando los objetivos y actividaes

que como Anexo I integra la presente Resolución.

2°.- DESIGNAR como responsable del Programa creado mediante el artículo 1° de la

presente a la Lic. Claudia Inés Josefina Fernández, quien se desempeña en la

Secretaría General de Derechos Humanos y mantendrá su actual categoría de revista.

3°.- Publíquese en el Boletín Oficial, notifíquese vía oficio de estilo al Tribunal Superior

de Justicia, a la Fiscalía General, a la Asesoría General, al Consejo de la Magistratura,

todos de esta Ciudad, y comuníquese vía electrónica a las Defensorías Generales

Adjuntas; a las Secretarías Generales; a la Secretaría Jurisdiccional; a las Oficinas de

Recursos Judiciales, de Orientación al habitante, de Prensa y Difusión y Publicaciones

y de Asistencia Técnica; a la Unidad de Investigación, Desarrollo y Evaluación de esta

Defensoría General.

4°.- Regístrese, protocolícese y archívese. Kestelboim


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 4122

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRA
Res 59-DG-13 crea el programa de Género en el ámbito de la Secretaría General de Derechos Humanos de esta Defensoría General que, como Anexo I integra la presente. Allí se sostiene, la Res. CM 579-2009 estipula Elaborar y proponer al Defensor General medidas tendientes a combatir judicialmente la discriminación y otras formas de intolerancia; promoviendo la protección de las personas que se encuentran en situación de vulnerabilidad, pobreza o exclusión social.