RESOLUCIÓN 51 2013 SUBSECRETARÍA DE DESARROLLO ECONÓMICO
Síntesis:
PROGRAMA FOMENTO AL DESARROLLO DE LAS PYMES PORTEÑAS - CONCURSO INCUBA IX - APRUEBAN LAS HERRAMIENTAS DE EVALUACIÓN PARA ENTIDADES PATROCINADORAS - PARA PROYECTOS DE NEGOCIOS - APRUEBA CRITERIOS DE SELECCIÓN Y EVALUACIÓN - PROPUESTAS DE PATROCINIO - DESIGNA EVALUADORES
Publicación:
08/04/2013
Sanción:
27/03/2013
Organismo:
SUBSECRETARÍA DE DESARROLLO ECONÓMICO
VISTO:
Los Decretos Nros. 2/GCABA/10; 660/GCABA/2011 y su modificatorio
236/GCBA/2012, las
Resoluciones Nros. 79/SSDE/2012, 91/SSDE/2012,
172/SSDE/2012, 246/SSDE/2012 y 425/MDEGC/2012, los Informes N° IF-2013-
01043017-SSDE, IF-2013-01043329-SSDE, IF-2013-01043588-SSDE y IF-2013-
01043989-SSDE, y el Expediente N° 2.743.360/2012; y
CONSIDERANDO:
Que, los Decretos Nros. 660/GCABA/2011 y su modificatorio 236/GCBA/2012
determinaron, entre las responsabilidades primarias de la Subsecretaría de Desarrollo
Económico, las de entender en los planes, programas y proyectos dirigidos a promover
empresas y emprendedores en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; así como,
planificar, instrumentar y coordinar los programas, proyectos y actividades necesarios
para la consolidación y desarrollo de los distintos actores económicos en un marco de
desarrollo sustentable, promoviendo la radicación de actividades industriales y
comerciales, de servicios y de tecnología, a las pequeñas, medianas y grandes
empresas y la innovación tecnológica;
Que a través del Decreto N° 2/GCABA/10 se creó en el ámbito del Ministerio de
Desarrollo Económico el Concurso IncuBA; con el objetivo de generar, incentivar y
fortalecer la creación y el desarrollo de proyectos relacionados con el diseño y la
creatividad;
Que por el articulo 4° del mencionado Decreto se determinó que el Ministerio de
Desarrollo Económico sería quien designaría a la Autoridad de aplicación en atención
a su estructura orgánico - funcional, aprobando los pliegos de Bases y Condiciones
que establezcan las condiciones, etapas y procedimiento del Concurso;
Que por la Resolución N°425/MDEGC/2012, se designó a esta Subsecretaría de
Desarrollo Económico dependiente del Ministerio de Desarrollo Económico, como
Autoridad de Aplicación del Concurso IncuBA;
Que el Concurso IncuBA se desarrolla en el ámbito físico del Centro Metropolitano de
Diseño como una herramienta que contempla y estimula las actividades que
promueven, protegen y desarrollan la creación de nuevas empresas con alto contenido
de diseño;
Que resulta particularmente relevante promover la creación de nuevas empresas
basadas en el diseño, la creatividad y/o la innovación, dado que las mismas tienen un
alto potencial de crecimiento en períodos cortos de tiempo, fenómeno que redundaría
en mayor actividad económica y en la creación de empleos de alta calificación.
Que en vista de que los nuevos proyectos productivos empresariales requieren de una
fuerte asistencia durante el proceso de creación y desarrollo, especialmente en las
etapas de gestación y formulación de puesta en marcha y de implementación inicial en
el mercado, y considerándose particularmente relevante el promover la creación de
nuevas empresas basadas en el diseño, la creatividad y/o la innovación, mediante la
Resolución N° 246/SSDE/2012 se realizó la convocatoria al concurso "INCUBA IX",
estableciéndose las Bases y Condiciones para el desarrollo del mismo;
Que mediante la Resolución anteriormente citada se convocó a instituciones no
gubernamentales con experiencia y/o antecedentes en la temática del concurso
INCUBA para que participen en acciones de asistencia destinadas a facilitar la
inserción en el mercado de nuevos proyectos que, de otro modo, verían
obstaculizadas sus perspectivas de desarrollo, ello, considerándose conveniente
asimismo el consolidar y fortalecer una red de instituciones calificadas para brindar
patrocinio y asistir a nuevos emprendimientos relacionados con el diseño y las
industrias creativas;
Que, en particular, debido al desempeño evidenciado en el desarrollo de las acciones
de tutoría y asistencia, y el conocimiento específico en la temática que poseen las
instituciones seleccionadas en los concursos "Buenos Aires Emprende 2012",
Resolución N° 91/SSDE/2012, "Baitec 2012", Resolución N° 79/SSDE/2012, e
INCUBA VIII, Resolución 172/SSDE/2012, las mismas fueron convocadas para su
participación en el marco del presente Concurso;
Que, respecto a las exigencias establecidas por las Bases y Condiciones del concurso,
se fijó que las mismas deberían dar cumplimiento con lo establecido en Anexo I,
Apartado II -Selección de Entidades Patrocinadoras, y presentar una "Propuesta de
Patrocinio" (Anexo II) destinada a desarrollar las acciones de promoción, búsqueda,
selección y apoyo a la formulación de proyectos a realizar en la presente convocatoria;
Que, dichas Bases y Condiciones asimismo establecieron que al finalizar la Etapa I,
cada Entidad Patrocinadora podría presentar hasta un máximo de ocho (8) proyectos
para ser incubados en las instalaciones de INCUBA, de acuerdo con las condiciones
establecidas en el Apartado III de la "Bases y Condiciones", denominado "Del Apoyo a
los Emprendedores y sus Proyectos de negocios basados en diseño, creatividad y/o
innovación;
Que, de acuerdo al Decreto 2/GCABA/2010, son competencias de la Autoridad de
aplicación establecer los parámetros de evaluación y ponderación de los proyectos
presentados por las Entidades Patrocinadoras; designar a los evaluadores que
participarán en cada una de las etapas del concurso; así como evaluar y aprobar las
propuestas de las Entidades Patrocinadoras que superen la totalidad de las etapas,
determinando qué proyectos serán incubados en base a la ponderación que hubieran
obtenido;
Que en este contexto, el Artículo 4° de la Resolución N° 425/MDEGC/12 estableció la
colaboración de la Dirección General de Industrias Creativas con la Autoridad de
Aplicación en la asistencia técnica de los proyectos incubados en el marco del
presente concurso, participando también tanto en la evaluación y selección de
proyectos, como asimismo en la suscripción conjunta de las Actas Acuerdo con la
Autoridad de Aplicación;
Que consecuentemente, y con el objeto de garantizar la transparencia en los procesos
de evaluación y selección de las propuestas a ser presentadas en el marco del
presente concurso, resulta imprescindible explicitar los criterios, las pautas, y las
herramientas a través de las cuales se realizarán los mismos, así como también, los
recursos humanos afectados a la tarea;
Por ello, y en uso de las facultades que le son propias;
Artículo 1°.- Apruébanse las Herramientas de Evaluación para la selección de las
Entidades Patrocinadoras de proyectos de negocios basados en diseño, creatividad
y/o innovación, presentadas para el concurso "INCUBA IX" convocado por Resolución
N° 246/SSDE/2012; que se identifican como Anexo I "Criterios de Evaluación y
Selección de Entidades Patrocinadoras y sus Propuestas de Patrocinio", IF-2013-
Entidades Patrocinadoras", IF-2013-01043329-SSDE, las que a todos los efectos
forman parte integrante de la presente resolución.
01043017-SSDE, y Anexo II "Calificación y Selección de las propuestas de las
Artículo 2°.- Apruébanse las Herramientas de Evaluación para la selección de los
proyectos de negocios basados en diseño, creatividad y/o innovación, presentadas
para el concurso "INCUBA IX" convocado por Resolución N° 246/SSDE/2012; que se
identifican como Anexo III "Herramientas de Evaluación de los proyectos de negocios
basados en diseño, creatividad y/o innovación", IF-2013-01043588-SSDE, la que a
todos los efectos forma parte integrante de la presente resolución.
Artículo 3°.- Establécese que los recursos humanos que se individualizan en el Anexo
IV "Evaluadores Convocatoria -INCUBA IX", IF-2013-01043989-SSDE, que forma
parte integrante de la presente resolución, participarán como evaluadores de las
propuestas de patrocinio de la Entidades Patrocinadoras de proyectos de negocios
basados en diseño, creatividad y/o innovación y de los proyectos de negocios basados
en diseño, creatividad y/o innovación, presentados en el marco del concurso "INCUBA
IX".
Artículo 4°.- Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma
de Buenos Aires. Cumplido, archívese. Svarzman
ANEXOS
El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 4126