RESOLUCIÓN 246 2012 SUBSECRETARÍA DE DESARROLLO ECONÓMICO
Síntesis:
SE CONVOCA AL CONCURSO INCUBA IX - PROGRAMA FOMENTO AL DESARROLLO DE LAS PYMES PORTEÑAS - CONCURSANTES AQUELLAS QUE HUBIERAN SIDO SELECCIONADAS EN LOS CONCURSOS BUENOS AIRES EMPRENDE 2012 BAITEC 2012 Y-O INCUBA VII - APRUEBA LAS BASES Y CONDICIONES DEL CONCURSO - ENTIDADES PATROCINADORAS SELECCIONADAS - LOS PROYECTOS QUE SEAN APROBADOS POR LA AUTORIDAD DE APLICACIÓN SERÁN INCUBADOS TEMPORALMENTE EN LAS INSTALACIONES DE INCUBA - SERÁN SELECCIONADOS HASTA QUINCE PROYECTOS PARA SER INCUBADOS - ENTIDADES PATROCINANTES ACCEDERÁN A UN APORTE NO REEMBOLSABLE ANR - ENTIDADES PATROCINADORAS PODRÁN PRESENTAR LOS PROYECTOS BASADOS EN EL DISEÑO LA CREATIVIDAD Y-O LA INNOVACIÓN - APLICATIVO PARA PRESENTACIÓN DE PROYECTOS ONLINE
Publicación:
16/01/2013
Sanción:
19/12/2012
Organismo:
SUBSECRETARÍA DE DESARROLLO ECONÓMICO
VISTO:
los Decretos Nros. 2/GCABA/2010; 660/GCABA/2011; 236/GCBA/2012, Resoluciones
Nros.
226/GCABA/MDEGC/2010,
79/SSDE/2012, 91/SSDE/2012, Disposición
N°1768/DGINC/10, 2.270/DGINC/10, 425/MDEGC/2012, 125/SSDE/2012,
172/SSDE/2012, IF-2012-02810680-SSDE; IF-2012-02810759-SSDE; IF-2012-
02811392-SSDE; IF-2012-02811583-SSDE; IF-2012-02812059-SSDE; IF-2012-
02812132-SSDE; IF-2012-02812169-SSDE; IF-2012-02812228-SSDE; IF-2012-
02812285-SSDE; IF-2012-02812511-SSDE; IF-2012-02812536-SSDE; IF-2012-
02812565-SSDE; IF-2012-02812660-SSDE; IF-2012-02813006-SSDE; IF-2012-
02813489-SSDE y el Expediente N° 2.743.360/2012; y
CONSIDERANDO:
Que, los Decretos Nros. 660/GCABA/2011 y su modificatorio 236/GCBA/2012
determinaron, entre las responsabilidades primarias de la Subsecretaría de Desarrollo
Económico las de entender en los planes, programas y proyectos dirigidos a promover
empresas y emprendedores en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; asi como,
planificar, instrumentar y coordinar los programas, proyectos y actividades necesarios
para la consolidación y desarrollo de los distintos actores económicos en un marco de
desarrollo sustentable, promoviendo la radicación de actividades industriales y
comerciales, de servicios y de tecnología, a las pequeñas, medianas y grandes
empresas y la innovación tecnológica;
Que a través del Decreto N° 2/GCABA/2010 se creó en el ámbito del Ministerio de
Desarrollo Económico el Concurso IncuBA; con el objetivo de generar, incentivar y
fortalecer la creación y el desarrollo de proyectos relacionados con el diseño y la
creatividad;
Que por el articulo 4° del mencionado Decreto se determinó que el Ministerio de
Desarrollo Económico sería quien designaría a la Autoridad de aplicación en atención
a su estructura orgánico - funcional, aprobando los pliegos de Bases y Condiciones
que establezcan las condiciones, etapas y procedimiento del Concurso;
Que por la Resolución N° 425/MDEGC/2012, se designó a esta Subsecretaría de
Desarrollo Económico dependiente del Ministerio de Desarrollo Económico, como
Autoridad de Aplicación del Concurso IncuBA;
Que el Concurso IncuBA, se viene desarrollando en el ámbito fisico del Centro
Metropolitano de Diseño como una herramienta que contempla y estimula las
actividades que promueven, protegen y desarrollan la creación de nuevas empresas
con alto contenido de diseño;
Que el éxito de los nuevos proyectos productivos empresariales requiere de una fuerte
asistencia durante el proceso de creación y desarrollo, especialmente en las etapas de
gestación y formulación de puesta en marcha y de implementación inicial en el
mercado;
Que resulta particularmente relevante promover la creación de nuevas empresas
basadas en el diseño, la creatividad y/o la innovación, dado que las mismas tienen un
en mayor actividad económica y en la creación de empleos de alta calificación.
Que a efectos de brindar la asistencia que dichos proyectos requieren en sus etapas
tempranas, resulta conveniente consolidar y fortalecer una red de instituciones
calificadas para brindar patrocinio y asistir a nuevos emprendimientos relacionados
con el diseño y las industrias creativas, y convocar a tales instituciones calificadas
para que participen en acciones destinadas a facilitar la inserción en el mercado de
nuevos proyectos que, de otro modo, verían obstaculizadas sus perspectivas de
desarrollo;
Que, por medio de la Resolución N° 125/SSDE/2012 se convocó al concurso "INCUBA
VIII", en el marco del Programa "Fomento al Desarrollo de las Pymes Porteñas",
creado por Decreto N° 2/GCABA/10 y la Resolución N° 425/MDE/2012;
Que, en el marco del mencionado concurso y por medio de la Resolución
172/SSDE/2012, se seleccionaron nueve (9) entidades patrocinadoras que tuvieron a
su cargo la identificación y formulación de proyectos de negocios de emprendedores
con características innovadoras para ser implementados en el ámbito de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires;
Que, como resultado del trabajo de dichas entidades, se presentaron finalmente al
cierre del concurso cincuenta (50) Proyectos de Negocios basados en el Diseño, la
Creatividad y/o la Innovación para evaluación de está Subsecretaría Desarrollo
Económico;
Que finalmente, por medio de la Resolución N° 176/SSDE/2012, ésta Subsecretaría
seleccionó veinte (20) Proyectos de Negocios basados en el Diseño, la Creatividad y/o
la Innovación;
Que, como consecuencia de las acciones desarrolladas en el marco del Concurso
"INCUBA VIII", convocado por Resolución N° 125/SSDE/2012, las Entidades
Patrocinadoras han incrementado su nivel de conocimiento en la temática
emprendedora como así también en los diferentes aspectos relativos al desarrollo de
los planes de negocios y gestión de proyectos;
Que, por ello, y debido al desempeño evidenciado en el desarrollo de las acciones de
tutoría y asistencia, y el conocimiento específico en la temática que poseen las
instituciones seleccionadas para los concursos "Buenos Aires Emprende 2012"
Resolución N° 91/SSDE/2012 y "Baitec 2012", Resolución N° 79/SSDE/2012 en
alguna de sus ediciones y/o INCUBA VII según Disposición N°1768/DGINC/10 y
Disposición N° 2.270 /DGINC/10 y/o INCUBA VIII Resolución Nros. 125/SSDE/2012, y
172/SSDE/2012; es que se convoca a su participación en el presente Concurso;
Que, al respecto, la Autoridad de Aplicación tiene entre sus facultades, establecer la
mecánica operativa del Programa, en las que deberá fijar la modalidad de la
convocatoria;
Por ello, y en uso de las facultades que le son propias;
Artículo 1°.- Convócase al concurso "INCUBA IX", en el marco del Programa "Fomento
al Desarrollo de las Pymes Porteñas", creado por Decreto N° 2/GCABA/10 y la
Resolución N° 425/MDE/2012.
Artículo 2°.- Establécese que podrán participar de este Concurso, individualmente o en
asociación con otras entidades, aquellas que hubieran sido seleccionadas en los
concursos "Buenos Aires Emprende 2012", Resolución N° 91/SSDE/2012, "Baitec
2012", Resolución N° 79/SSDE/2012, y/o INCUBA VII según 172/SSDE/2012. Las
mismas deberán mantener su sede administrativa en la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires; y, además dar cumplimiento con la totalidad de los requisitos establecidos en las
Bases y Condiciones de esta convocatoria.
Artículo 3°- .- Apruébanse las bases y condiciones del presente concurso que se
identifican como, Anexo I "Bases y Condiciones" IF-2012-02810680-SSDE; Anexo II
"Propuesta de Patrocino" IF-2012-02810759-SSDE; Anexo III-A "Lineamientos
Específicos para la Presentación de Nuevos Proyectos" IF-2012-02811392-SSDE;
alto potencial de crecimiento en períodos cortos de tiempo, fenómeno que redundaría
Anexo III-B "Formulario Idea Proyecto" IF-2012-02811583-SSDE; Anexo III-C
"Formulario Perfil Equipo Emprendedor" IF-2012-02812059-SSDE; Anexo IV
"Evaluación y Metas Verificables por proyecto" IF-2012-02812132-SSDE; Anexo V
"Declaración Jurada de Antigüedad del Emprendedor y su equipo" IF-2012-02812169-
SSDE; Anexos VI "Declaración Jurada" IF-2012-02812228-SSDE; Anexo VII "Acta
Acuerdo entre la Entidad Patrocinadora y la Subsecretaría de Desarrollo Económico -
Dirección General de Industrias Creativas" IF-2012-02812285-SSDE; Anexo VIII "Acta
Acuerdo Entidad Patrocinadora - Emprendedor" IF-2012-02812511-SSDE; Anexo IX
"Acta Acuerdo Emprendedor Subsecretaría de Desarrollo Económico - Direccion
General Industria Creativas" IF-2012-02812536-SSDE; Anexo X "Reglamento Marco
para el Desarrollo del Proceso de Tutorías por parte de entidades Patrocinadoras (EP)
y los Emprendedores (ET) para la Incubación de Proyectos basados en diseño,
creatividad y/o innovación, en el Marco del Programa "INCUBA IX" IF-2012-02812565-
SSDE, Anexo XI "Listado de documentación requerida para la presentacion de planes
de negocios de los proyectos INCUBA -IF-2012-02812660-SSDE; Anexo XII
Aceptación Bases y Condiciones" IF-2012-02813006-SSDE; Anexo XIII " Declaraciòn
jurada de participaciòn accionaria" IF-2012-02813489-SSDE los que se adjuntan como
parte integrante de la presente Resolución. La propuesta debe adecuarse en un todo a
las presentes Bases y Condiciones, y ser suscripta por las entidades que resulten
elegidas como patrocinadoras.
Artículo 4°.- Las entidades patrocinadoras seleccionadas para los concursos "Buenos
Aires Emprende" por Resolución N° 91/SSDE/2012 y "Baitec" Resolución N°
79/SSDE/2012, VII según Disposición N° 2270/DGINC/10, 1768 /DGINC/10 y/ o
INCUBA VIII, Resoluciòn N° 125/ SSDE/2012, que deseen participar de la presente,
deberán dar cumplimiento con lo establecido en Anexo I, Apartado II .1-Selección de
Entidades Patrocinadoras, de las presentes Bases y Condiciones, y presentar una
"Propuesta de Patrocinio" (Anexo II) destinada a desarrollar de acciones de promoción,
búsqueda, selección y apoyo a la formulación de proyectos, destinadas al patrocinio
de emprendimientos considerados de especial interés para la estrategia de desarrollo
y expresar formalmente su voluntad de participar en la presente convocatoria
presentando debidamente firmado, el Anexo XII "ACEPTACIÓN DE BASES Y
CONDICIONES".
Artículo 5°.- Los proyectos que sean aprobados por está Autoridad de Aplicación,
serán incubados temporalmente en las instalaciones de INCUBA, la Incubadora de
proyectos basados en el diseño, la creatividad y/o la innovación dependiente del
Ministerio de Desarrollo Económico del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires.
Artículo 6°.- Determínese que serán seleccionados hasta (15) QUINCE proyectos para
ser incubados en el marco del presente concurso, que de acuerdo a la naturaleza del
proyecto, la Autoridad de Aplicación de manera conjunta con la Dirección General de
Industrias Creativas, establecerán si el espacio físico asignado a los proyectos, será
de uso exclusivo o compartido.
Artículo 7°.- Las entidades patrocinantes de los proyectos que sean seleccionados en
el marco de esta convocatoria accederán a un Aporte no Reembolsable (ANR)
destinado a llevar a cabo sus propuestas de patrocinio, de acuerdo a las pautas,
montos y metodología de desembolso establecidos en las Bases y Condiciones, que
como Anexo I forma parte de la presente.
Artículo 8°.-.Establécese que las Entidades Patrocinadoras podrán presentar los
Proyectos Basados en el Diseño, la Creatividad y/o la Innovación en dos instancias:
primera instancia (Instancia A), con fecha limite el 22 de marzo de 2013 a las 16 horas,
y/o en una segunda instancia (Instancia B), con limite al 17 de mayo de 2013 a las
16hs, en ambos casos ante la Mesa de Entradas de la Subsecretaría de Desarrollo
Económico, sita en Av. Roque Sáenz Peña 832 piso 4° de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires en el horario de en el horario de 11 a 16 hs. Cabe destacar que si como
resultado del proceso de evaluación llevado a cabo en la Instancia A se ocupara el
total del espacio disponible destinado a la incubación de los proyectos creativos,
quedará sin efecto la Instancia B.
Artículo 9°.- Todas las presentaciones de los proyectos deberán realizarse a través del
aplicativo para presentación de proyectos online:
http://www.programabae.mdebuenosaires.gob.ar ingresando a la sección
correspondiente al programa, de acuerdo a lo estipulado en las presente resolucion,
bases y condiciones de este concurso.
Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y
pase para su conocimiento y demás efectos, a la Dirección General Técnica
Administrativa y Legal del Ministerio de Desarrollo Económico, a la Dirección Genera
de Industrias Creativas, a la Unidad de Auditoria Interna, a la Dirección General de
Contaduría General y a la Dirección General de Tesorería. Cumplido, archívese.
Svarzman
ANEXOS
ANEXO
El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 4075