RESOLUCIÓN 44 2014 SUBSECRETARÍA DE ECONOMÍA CREATIVA
Síntesis:
APROBACIÓN - FORMULARIO SOLICITUD DE PRÓRROGA- ACTA ACUERDO - ENTIDADES PATROCINADORAS Y LOS PROYECTOS DE NEGOCIOS BASADOS EN EL DISEÑO LA CREATIVIDAD Y-O LA INNOVACIÓN - SUBSECRETARÍA DE ECONOMÍA CREATIVA - DIRECCIÓN GENERAL DE INDUSTRIAS CREATIVAS - EMPRENDEDOR - PLAZOS - PRESENTACIÓN DE LAS SOLICITUDES - REQUISITOS - CONVOCATORIA A CONCURSO INCUBA IX - PROGRAMA FOMENTO AL DESARROLLO DE LAS PYMES PORTEÑAS - CONCURSO BUENOS AIRES EMPRENDE 2012- BAITEC 2012
Publicación:
10/06/2014
Sanción:
03/06/2014
Organismo:
SUBSECRETARÍA DE ECONOMÍA CREATIVA
VISTO:
Los Decretos Nros. 2/GCABA/10; 660/GCABA/2011 y su modificatorio el Decreto
78/14,
Resoluciones Nros. 425/GCABA/MDEGC/2012, 246/SSDE/2012,
51/SSDE/2013, 72/SSDE/2013, 96/SSDE/2013, los Informes IF-2014-05074555-
SSECRE; IF-2014-06699290-SSECRE; IF-2014- 06699526-SSECRE y IF-2014-
06699632-SSECRE; el Expediente Electrónico EX-2014-05065999 - MGEYA-DGINC y
los Expedientes Nros. 2.743.360/2012; 919194; 978059; 1012869; 993186; 1013370;
971448; 994355, 1007222, 997247, 1012962, 1010753, 1012420, 1008530, 1010316,
1009120, 1007074, 996642, 1011397, 1011593, 995432, 1008676, 1010264, 1006361,
1005923, 995300, 1005164, 1010471, 1009570, 1012155, 1009798, 1011899,
1010059, 1004486, 1007672, 994250, 993309, 1009466, 1012312, 1010864, 1011740,
1009140, 1013603, 1004898, 1010446, 1013292, 1012636, 995983; todos del año
2013; y
CONSIDERANDO:
Que por medio del Decreto N° 78/2014 se modificó la denominación de la
Subsecretaría de Desarrollo Económico por Subsecretaría de Economía Creativa,
modificándose, asimismo, la estructura organizativa del Ministerio de Desarrollo
Económico, determinándose que la Subsecretaría, tiene entre sus responsabilidades
primarias entender en los planes, programas y proyectos dirigidos a promover
empresas y emprendedores en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que el citado Decreto, transfirió la Dirección General de Industrias Creativas a la órbita
de Subsecretaría de Economía Creativa;
Que a través del Decreto N° 2/10 se creó en el ámbito del Ministerio de Desarrollo
Económico el Concurso IncuBA; con el objetivo de generar, incentivar y fortalecer la
creación y el desarrollo de proyectos relacionados con el diseño y las industrias
creativas, determinándose por el Artículo 4° que el Ministerio de Desarrollo Económico
sería quien designaría a la Autoridad de Aplicación en atención a su estructura
orgánico - funcional, aprobando los pliegos de Bases y Condiciones que establezcan
las condiciones, etapas y procedimiento del Concurso;
Que por la Resolución N°425/MDEGC/2012, se designó a esta Subsecretaría,
actualmente de Economía Creativa dependiente del Ministerio de Desarrollo
Económico, como Autoridad de Aplicación del Concurso IncuBA;
Que, en virtud de ello, mediante la Resolución N° 246/SSDE/2012 -Bases y
Condiciones del Concurso-, se convocó al concurso "INCUBA IX", en el marco del
Programa "Fomento al Desarrollo de las Pymes Porteñas", creado por Decreto N°
2/GCABA/10 y la Resolución N° 425/MDE/2012;
Que por la Resolución N° 72/SSDE/2013 fueron aprobadas las propuestas de
selección y tutoría de las Entidades Patrocinantes para Proyectos de Negocios
Basados en el Diseño, la Creatividad y/o la Innovación, encontrándose seleccionadas
un total de SIETE (7) entidades con sus respectivas propuestas;
Que evaluado los Proyectos de Negocios Basados en el Diseño, la Creatividad y/o la
Innovación presentados, a la luz de las herramientas establecidas por Resolución N°
51/SSDE/2013, mediante la Resolución N° 96/SSDE/2013 fue aprobado el orden de
mérito de los mismos;
Que la Resolución N° 246/SSDE/2012, Anexo I, punto III.4, previó la posibilidad de
prorrogar la incubación otorgada a los proyectos de hasta doce (12) meses al finalizar
el período inicial, ello, en función de la evaluación que la Autoridad de Aplicación y la
Dirección General de Industrias Creativas, realizaran tanto de los resultados de la
actuación de la entidad, como del cumplimiento de los objetivos oportunamente
acordados con el equipo emprendedor;
Que en este marco jurídico y dado la instancia del presente programa, el Gerente
Operativo de Apoyo al Emprendedor, en su informe IF-2014-05074555- -SSECRE de
fecha 30 de abril de 2014, estimó conveniente otorgar, a los INCUBADOS, la
posibilidad de solicitar una extensión al periodo de incubación por un plazo de hasta
TRES (3) meses y recomendó que el monto de Aporte No Reembolsable (ANR)
destinado a apoyar el proceso de tutorías se adecuara a PESOS TRES MIL CIEN ($
3.100) mensuales, conforme lo establecido en el anexo I, punto II) 3 de la resolución
246/SSDE/2012; el que será desembolsado, de ser otorgado, al finalizar el periodo de
prórroga;
Que en este orden de ideas resulta conveniente, a fin de relevar las manifestaciones
de todos los emprendedores y entidades incubados, aprobar un formulario único de
presentación, como asimismo adecuar el Acta Acuerdo, anexo VII y IX de la
Resolución 246/SSDE/2012, en la que se establecerán las obligaciones durante el
nuevo período de incubación, tanto de las entidades patrocinantes como de los
emprendedores, cuya solicitud de prórroga sea aprobada por la Autoridad de
Aplicación;
Que, en este sentido, se considera procedente el dictado del presente acto
administrativo otorgando la posibilidad a los INCUBADOS de solicitar una extensión, al
período de incubación por un plazo de hasta TRES (3) meses, en un todo de acuerdo
a lo informado por la Gerente Operativa mencionada;
Que de conformidad con lo establecido en la ley 1218, la Procuración General de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires ha tomado la intervención que le compete;
Por ello, y en uso de las facultades legales conferidas
Artículo 1°.- Apruébese el formulario para la presentación de las solicitudes de
prórroga, Anexo I "Formulario Solicitud de Prórroga", IF-2014-06699290-SSECRE, el
cual a todos los efectos forma parte integrante de la presente, a fin de que
conjuntamente, las entidades patrocinadoras y los Proyectos de Negocios Basados en
el Diseño, la Creatividad y/o la Innovación manifiesten las razones y el tiempo por el
cual solicitan la extensión de la Incubación, en el mencionado Programa.
Artículo 2°.- Apruébanse el Anexo II "Acta Acuerdo entre la Entidad Patrocinadora, la
Subsecretaría de Economía Creativa y la Dirección General de Industrias Creativas"
IF-2014-06699526-SSECRE, que forma parte integrante de la presente;
Articulo 3°.- Apruébese el Anexo III "Acta Acuerdo Emprendedor-Subsecretaría de
Economía Creativa y la Dirección General de Industrias Creativas" IF-2014-06699632-
SSECRE, que forma parte integrante de la presente.
Artículo 4°.- Determínense que podrán solicitarse hasta (3) TRES MESES de
extensión, los cuales deberán estar debidamente fundados de acuerdo a lo estipulado
en el Formulario Anexo I IF-2014-06699290- SSECRE detallando la evolución
alcanzada por cada Proyectos de Negocios Basados en el Diseño, la Creatividad y/o la
Innovación incubado en el marco del concurso creado por la resolución
246/SSDE/2012 y normativa reglamentaria y complementaria.
Artículo 5°.- Determínese que las solicitudes podrán presentarse hasta el día 10 de
Junio a las 15 hs a fin de ser analizadas por la autoridad de aplicación, previo a la
finalización de la incubación, en la Mesa de Entradas de la Subsecretaría de
Economía Creativa sita en Algarrobo 1041- Centro Metropolitano de Diseño -CMD- de
la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Artículo 6°.- Déjase constancia que, de ser otorgada la prórroga será en las mismas
condiciones y de acuerdo al marco normativo de "INCUBA IX", Resolución
246/SSDE/2012 y normativa reglamentaria y complementaria.
Artículo 7°.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires. Notifíquese a todas las entidades concursantes. Cumplido, prosígase el
trámite por esta Subsecretaría. Avogadro
ANEXOS