RESOLUCIÓN 52 2013 SUBSECRETARÍA DE DESARROLLO ECONÓMICO
Síntesis:
APRUEBAN HERRAMIENTAS DE EVALUACIÓN - CONCURSO BAITEC 2013 - RESOLUCIÓN 243-SSDE-2012 - FOMENTO AL DESARROLLO DE LAS PYMES PORTEÑAS - CRITERIOS DE EVALUACIÓN Y SELECCIÓN DE ENTIDADES PATROCINADORAS - HERRAMIENTAS DE EVALUACIÓN DE PNBT - EVALUADORES Y CONVOCATORIA - SUBSECRETARÍA DESARROLLO ECONÓMICO
Publicación:
08/04/2013
Sanción:
27/03/2013
Organismo:
SUBSECRETARÍA DE DESARROLLO ECONÓMICO
VISTO:
Decretos Nros 660/GCABA/2011, 236/GCBA/2012 y 587/GCBA/2009, las
Resoluciones Nros. 79/SSDE/2012, 81/SSDE/2011, 91/SSDE/2012, 172/SSDE/2012 y
243/SSDE/2012, los Informes IF-2013-01046692-SSDE, IF-2013-01047020-SSDE, IF-
2013-01047399-SSDE, IF-2013-01047443-SSDE, y lo que surge del Expediente N°
2.743.270/2012; y
CONSIDERANDO:
Que por medio del Decreto N° 660/GCBA/2011, y su modificatorio 236/GCBA/2012, se
estableció la estructura orgánico funcional del Gobierno de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires, determinándose que la Subsecretaría de Desarrollo Económico,
dependiente del Ministerio de Desarrollo Económico, tiene entre sus responsabilidades
primarias entender en los planes, programas y proyectos dirigidos a promover
empresas y emprendedores porteños, así como también instrumentar y coordinar las
programas, proyectos y actividades necesarias para promover la innovación
tecnológica, la consolidación y el desarrollo del sistema productivo de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires;
Que mediante el Decreto N° 587/GCBA/09 se creó el Programa "Fomento al
Desarrollo de las Pymes Porteñas" en el ámbito del Ministerio de Desarrollo
Económico, con el objetivo de favorecer tanto el surgimiento y/o consolidación de
nuevos emprendimientos productivos en los sectores industrial, comercial, y de
servicios, como la implementación de mejoras pro competitivas; orientadas a
desarrollar innovaciones a nivel de productos y/o procesos, que contribuyan a
incrementar la capacidad competitiva de las pequeñas y medianas empresas; y
potenciar la incorporación de nuevos recursos tecnológicos y/o humanos;
Que el citado Decreto estableció en su artículo 2° como Autoridad de Aplicación a la
actual Subsecretaría de Desarrollo Económico, dependiente del Ministerio de
Desarrollo Económico;
Que, de acuerdo a ello, ésta Subsecretaría se encuentra facultada para realizar
convocatorias periódicas a concursos por temas específicos, para la presentación de
proyectos, conforme surge del Anexo II del citado Decreto, inciso a) y b);
Que, en éste marco jurídico, se convocó al Concurso "BAITEC 2013", mediante
Resolución N° 243/SSDE/12, con el objeto de establecer los requisitos que debían
cumplir las entidades alcanzadas por el citado llamado, asi como aquellas exigencias
que alcanzaban a los proyectos de negocios de base tecnológica (PNBT);
Que, en atención a ello, y debido a la trayectoria en cuanto a las acciones de tutoría y
asistencia a emprendedores, se consideró procedente efectuar el llamado a concurso
entre las instituciones seleccionadas como patrocinadoras para las convocatorias
"Baitec 2012", según Resolución N° 79/SSDE/2012, y "Buenos Aires Emprende 2011"
y "Buenos Aires Emprende 2012", conforme Resoluciones Nros. 81/SSDE/2011 y
91/SSDE/2012; estableciendo como fecha límite para la presentación del Anexo II,
"Propuesta de Patrocinio" por parte de la entidad, el 19 de abril de 2013;
Que, en este orden de ideas, se insitutyó que las siete (7) entidades patrocinadoras
seleccionadas para el concurso "Baitec 2012", que estuvieran interesadas en participar
de la Convocatoria del año 2013, deberían informar todos los cambios que
eventualmente se hubieran producido en cuanto a su propuesta de patrocinio a través
de la presentación del Anexo II "Propuesta de Patrocino";
Que, respecto a las exigencias establecidas por las Bases y Condiciones del concurso,
en relación a las entidades seleccionadas para "Buenos Aires Emprende 2011" y
"Buenos Aires Emprende 2012", se fijó que las mismas deberían dar cumplimiento con
lo establecido en Anexo I, Apartado II .1-Selección de Entidades Patrocinadoras, y
presentar una "Propuesta de Patrocinio" (Anexo II) destinada a desarrollar de acciones
de promoción, búsqueda, selección y apoyo a la formulación de proyectos, destinadas
al patrocinio de emprendimientos considerados de especial interés para la estrategia
de desarrollo;
Que, el objetivo de la tarea a desarrollar por el universo de las entidades alcanzadas
en la presente convocatoria, se encuentra normado en las Bases y Condiciones del
Concurso, Anexo I punto II.2., denominado "Tareas y Actividades a Desarrollar por
parte de la Entidad Patrocinadora, en el cual, se contemplan las actividades que la
entidad llevará a cabo en la Etapa 1, y que acciones desarrollarán durante la
incubación de los PNBT que resulten elegidos;
Que, en virtud de ello, se estableció que al finalizar la Etapa I, cada Entidad
Patrocinadora podría presentar hasta un máximo de cinco (5) PNBT, excluidos los
PNBT que resultaron seleccionados en el marco del Concurso Baitec 2012
(Resolución N° 90/SSDE/2012), para ser incubados durante el año 2013 y que
asimismo, se estableció que deberían si lo consideraran necesario solicitar una
prórroga en la incubación; instituyéndose a esos efectos dos instancias de
presentación: Instancia A) con fecha límite el 19 de abril de 2013 e Instancia B) con
vencimiento el 7 de junio de 2013, la que quedará sin efecto si como resultado del
proceso de evaluación llevado a cabo en la Instancia A) se ocupara el total del espacio
disponible destinado a la incubación de PNBT;
Que, en éste marco, mediante la normativa que rige el concurso, se facultó a esta
Subsecretaría a establecer los procedimientos y criterios para la evaluación técnica
tanto de las propuestas presentadas por las organizaciones especializadas en la
prestación de servicios a PyMES o emprendedores, como las solicitudes de
incubación de los nuevos proyectos presentados, y los prorrogados, a la luz de las
herramientas que oportunamente estableciera a esos efectos;
Que consecuentemente, y con el objeto de garantizar la mayor transparencia en los
procesos de evaluación y selección de las propuestas de las entidades; resulta
imprescindible explicitar los criterios, las pautas, y las herramientas de evaluación a
través de las cuales se realizarán los mismos, a las cuales se accederá a través de:
http://programabae.mdebuenosaires.gov.ar, asi como también, los recursos humanos
afectados a la tarea;
Por ello, y en uso de facultades que le son propias;
Artículo 1°.- Apruébanse las Herramientas de Evaluación para la selección de las
Entidades Patrocinadoras de proyectos de negocios de base tecnológica (PNBT),
presentadas para el concurso "BAITEC 2013" convocado por Resolución N°
243/SSDE/2012, en el marco del Programa "Fomento al Desarrollo de las Pymes
Porteñas"; que se identifican como Anexo I "Criterios de Evaluación y Selección de
Entidades Patrocinadoras y sus Propuestas de Patrocinio", IF-2013-01046692-SSDE,
Anexo II "Calificación y Selección de las propuestas de las Entidades Patrocinadoras",
IF-2013-01047020-SSDE las que a todos los efectos forman parte integrante de la
presente resolución.
Artículo 2°.- Apruébanse las Herramientas de Evaluación para la selección de los
Proyectos de Negocios de Base Tecnológica (PNBT), presentadas para el concurso
"BAITEC 2013" convocado por Resolución N° 243/SSDE/2012, en el marco del
Programa "Fomento al Desarrollo de las Pymes Porteñas"; que se identifican como
Anexo III "Herramientas de Evaluación de PNBT", IF-2013-01047399-SSDE, la que a
todos los efectos forma parte integrante de la presente resolución.
Artículo 3°.- Establécese que los recursos humanos que se individualizan en el Anexo
IV "Evaluadores Convocatoria "BAITEC 2013", IF-2013-01047443-SSDE, que forma
parte integrante de la presente resolución participarán como evaluadores de las
propuestas de patrocinio de la Entidades Patrocinadoras de proyectos de negocios de
base tecnológica (PNBT) y de los proyectos de negocios de base tecnológica (PNBT),
presentados en el marco del concurso "BAITEC 2013", en el marco del Programa
"Fomento al Desarrollo de las Pymes Porteñas".
Artículo 4°.- Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma
de Buenos Aires. Cumplido, archívese. Svarzman
ANEXOS
El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 4126