RESOLUCIÓN 100 2013 AGENCIA GUBERNAMENTAL DE CONTROL - LEY 2624

Síntesis:

FIJA PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO  - HABILITACIONES PARA LOS ESTABLECIMIENTOS INSCRIPTOS Y-O QUE ACREDITEN HABER INICIADO TAL TRÁMITE - REGISTRO NACIONAL DE PRESTADORES - SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN DE SERVICIOS ASISTENCIALES - MINISTERIO DE SALUD DE LA NACIÓN

Publicación:

09/04/2013

Sanción:

22/03/2013

Organismo:

AGENCIA GUBERNAMENTAL DE CONTROL - LEY 2624


VISTO:

LA RESOLUCION N° 424/SSPLAN/2010 Y SU AMPLIATORIA RESOLUCION N°

911/SSPLAN/2011, LA DISPOSICION N° 9870/DGHP/2010, EL REGISTRO N°

124.425/COPIDIS/2010 Y EL EXPEDIENTE N° 218785/2012, Y

CONSIDERANDO:

Que mediante Resolución N° 424/SSPLAN/10 y N° 911/SSPLAN/2011, la

Subsecretaria de Planeamiento Urbano procedió a asimilar distintas actividades

reguladas por el Ministerio de Salud de la Nación mediante la Resolución N°

1328/MSN/06, a las consignadas expresamente en el Cuadro de Usos N° 5.2.1 del

Código de Planeamiento Urbano, Ley N° 449;

Que la citada Resolución N° 1328/MSN/06, regula el Sistema de Prestaciones Básicas

de Atención Integral a Favor de Personas con Discapacidad y crea el Marco Básico de

Organización y Funcionamiento de Prestaciones y Servicios de Atención a Personas

con Discapacidad;

Que el Órgano de Planeamiento se expide a petición de la solicitud que efectuara la

Comisión para la Plena Participación de las Personas con Discapacidad (COPIDIS)

dependiente de la Secretaria de Inclusión y Derechos Humanos de la Jefatura de

Gabinete de Ministros;

Que tal iniciativa tiene sustento en el hecho que las actividades o prestaciones que se

mencionan en la Resolución N° 1328/MSN/06, no se encuentran expresamente

consignadas en el Cuadro de Usos N° 5.2.1 a) del Código de Planeamiento Urbano, y

ello impide tramitar y obtener las habilitaciones que les solicita el Servicio Nacional de

Rehabilitación para su inscripción en su Registro Nacional de Prestadores;

Que como consecuencia de ello y a los fines de proceder a aplicar la Resolución N°

424/SSPLAN/10 en el ámbito de competencia de esta Dirección General de

Habilitaciones y Permisos, se procedió a dictar la Disposición N° 9870/DHGP/10;

Que mediante Registro N° 1246425/COPIDIS/2010 y Expediente N° 2178785/2012, la

Comisión para la Plena Participación e Inclusión de las Personas con Discapacidad,

notifica el listado producido por el Servicio Nacional de Rehabilitación de los

establecimientos que se encuentran inscriptos o pendiente de inscripción definitiva en

el Registro Único de Prestadores Básicas de Atención Integral a favor de personas con

discapacidad;

Que en tal sentido y a efectos de proceder a la implementación de lo establecido por

Resolución N° 424/SSPLAN/10 y su ampliatoria Resolución N° 911/SSPLAN/2011 y

Disposición N° 9870/DHGP/10, corresponde establecer lineamientos que determinen

el procedimiento administrativo en materia de habilitaciones para los establecimientos

involucrados;

Que asimismo, y en pos de dar una solución expeditiva dentro del marco legal vigente,

deviene congruente contemplar en el mentado procedimiento administrativo, la

inclusión de aquellos establecimientos no incluidos en la presente Resolución, y que

presenten servicios a personas con discapacidad, en las modalidades de: Centro de

Día y Centro de Día para personas con discapacidad visual, Centro Educativo

Terapéutico, Residencia, Hogar y Pequeño Hogar que se encuentren inscriptas en el

Registro Nacional de Prestadores y soliciten habilitación bajo los rubros contemplados

en Resolución N° 424/SSPLAN/10 y su ampliatoria Resolución N° 911/SSPLAN/2011;

Que con tal acto se propende dar respuesta a lo oportunamente solicitado mediante

Registro N° 1246425/COPIDIS/2010 y de permitir regularizar la situación de

habilitación de numerosos establecimientos que prestan servicios en el Marco Básico

de Organización y Funcionamiento de Prestaciones y Servicios de Atención a

Personas con Discapacidad regulado por la mencionada Resolución N° 1328/MSN/06;

Por ello y en virtud de las facultades conferidas,

EL DIRECTOR EJECUTIVO

DE LA AGENCIA GUBERNAMENTAL DE CONTROL

RESUELVE:

Artículo 1.- Fijase el procedimiento administrativo en materia de habilitaciones para los establecimientos inscriptos y/o que acrediten haber iniciado tal trámite ante el Registro Nacional de Prestadores, dependiente de la Subsecretaría de Gestión de Servicios

Asistenciales del Ministerio de Salud de la Nación, que soliciten habilitación bajo los

rubros contemplados en Resolución N° 424/SSPLAN/10 y su ampliatoria Resolución

N° 911/SSPLAN/2011, conforme los lineamientos establecidos en el Anexo I que

conforman parte integral de la presente.

Artículo 2.- Arbítrese los medios necesarios a los fines de permitir la recepción de la

documentación de habilitación bajo los rubros señalados en el Anexo I, debiendo

asignar número de nomenclador interno de habilitaciones y proceder a su debida

inclusión en el sistema informático de gestión de solicitudes de habilitación de la

Dirección General de Habilitaciones y Permisos.

Artículo 3.- Regístrese. Dese conocimiento a la Dirección General de Habilitaciones y

Permisos, a la Dirección General de Fiscalización y Control y a la Comisión para la

Plena Participación de las Personas con Discapacidad (COPIDIS) dependiente de la

Secretaria de Inclusión y Derechos Humanos de la Jefatura de Gabinete de Ministros.

Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Fecho,

archívese. Gómez Centurión


ANEXOS

ANEXO

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 4127

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRA
Art. 1 de la Res. 110-AGC-13, fija el procedimiento administrativo en materia de habilitaciones para los establecimientos inscriptos y/o que acrediten haber iniciado tal trámite ante el Registro Nacional de Prestadores, dependiente de la Subsecretaría de Gestión de ServiciosAsistenciales del Ministerio de Salud de la Nación, que soliciten habilitación bajo losrubros contemplados en Resolución 424-SSPLAN-10.