DECRETO 140 2013

Síntesis:

MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL - MODIFICA EN FORMA PARCIAL - ESTRUCTURA ORGANIZATIVA DEL MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL - ORGANIGRAMA - RESPONSABILIDADES PRIMARIAS - ACCIONES Y OBJETIVOS - SE TRANSFIERE A LA DIRECCIÓN GENERAL SERVICIOS SOCIALES ZONALES - PERSONAL - PATRIMONIO Y PRESUPUESTO DE LA ÓRBITA DE LA SUBSECRETARÍA DE PROMOCIÓN SOCIAL  A LA SUBSECRETARÍA DE FORTALECIMIENTO FAMILIAR Y COMUNITARIO

Publicación:

25/04/2013

Sanción:

18/04/2013

Organismo:

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES


VISTO:

Las Leyes Nros. 4.013 y 4.036, los Decretos Nros. 684/09, 660/11 y 423/12, el

Expediente N° 590978/13, y

CONSIDERANDO:

Que la actual administración del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

tiene por objetivo desarrollar diversas políticas públicas para mejorar la eficiencia y la

eficacia de su gestión, siendo la implementación y mejora constante de sus estructuras

organizativas una de las acciones centrales para la consecución de los objetivos antes

mencionados;

Que dichas políticas, entre otros aspectos, se han enfocado en pos del desarrollo de

un plan operativo estratégico creando nuevas políticas de recursos humanos,

promoción de una nueva cultura de trabajo, modernización de procesos y mecanismos

administrativos, así como la creación y el establecimiento de nuevas estructuras

orgánico funcionales;

Que por Decreto N° 684/09 se reglamentó el Régimen Gerencial para los cargos más

altos de la Administración Pública previstos en el artículo 34 de la Ley N° 471;

Que por la Ley N° 4.013 se sancionó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad

de Buenos Aires contemplándose entre los Ministerios del Poder Ejecutivo, al

Ministerio de Desarrollo Social;

Que por Decreto N° 660/11 se aprobó la estructura orgánico funcional del Poder

Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, hasta el nivel Dirección General;

Que mediante Decreto N° 423/12, se modificó la estructura organizativa del Ministerio

de Desarrollo Social, aprobándose la estructura correspondiente al Régimen Gerencial

del mencionado Ministerio, quedando modificado parcialmente el Decreto N° 660/11;

Que atento las responsabilidades primarias asignadas a la Subsecretaría de

Fortalecimiento Familiar y Comunitario, se estima conveniente la creación en su órbita

de la Gerencia Operativa Coordinación Logística ante la Emergencia, como instancia

encargada de coordinar en forma integrada y transversal la respuesta del Ministerio de

Desarrollo Social ante cualquier caso de emergencia ocurrida en el ámbito de la

Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que entre las responsabilidades primarias asignadas a la Dirección General Servicios

Sociales Zonales se encuentra el "Establecer pautas de articulación con las distintas

dependencias comprometidas en la gestión de los programas del Ministerio y otras

esferas del gobierno, a fin de propiciar la movilización transversal de los recursos

estatales destinados a satisfacer la necesidades de la comunidad";

Que el artículo 28 de la Ley N° 4.036 establece el sistema de ventanilla única a

disposición de beneficiarios de programas sociales en los Servicios Sociales Zonales,

para la solicitud de prestaciones, el registro, la presentación de la documentación, el

cumplimiento las corresponsabilidades requeridas y el acompañamiento de los

beneficiarios;

Que como resultado de la experiencia recogida en el cumplimento de las

responsabilidades primarias de la Dirección General Servicios Sociales Zonales, surge

que las necesidades de la población social asistida se vinculan en mayor medida con

las problemáticas alimentaria, de insuficiencia de ingreso familiar y de emergencia

socio-habitacional, por lo que resultan satisfechas en el marco de programas

dependientes de la Subsecretaría de Fortalecimiento Familiar y Comunitario;

Que en virtud de lo expuesto el Ministerio de Desarrollo Social propicia transferir la

Dirección General de Servicios Sociales Zonales con su personal, patrimonio y

presupuesto, de la órbita de la Subsecretaría de Promoción Social, a la órbita de la

Subsecretaría de Fortalecimiento Familiar y Comunitario del citado Ministerio;

Que en virtud de lo expuesto corresponde modificar parcialmente la estructura

organizativa del Ministerio de Desarrollo Social, quedando modificado en tal sentido el

Decreto N° 660/11.

Por ello, y en uso de facultades conferidas por los artículos 102 y 104 de la

Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

EL JEFE DE GOBIERNO

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA

Artículo 1°.- Modifícase parcialmente la estructura organizativa del Ministerio de

Desarrollo Social del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, quedando

modificado en tal sentido el Decreto N° 660/11 , de acuerdo con los Anexos I

(Organigrama) y II (Responsabilidades Primarias, Acciones y Objetivos), los que a

todos sus efectos forman parte integrante del presente Decreto.

Artículo 2°.- Transfiérese la Dirección General Servicios Sociales Zonales, con su

personal, patrimonio y presupuesto, de la órbita de la Subsecretaría de Promoción

Social, a la órbita de la Subsecretaría de Fortalecimiento Familiar y Comunitario del

Ministerio de Desarrollo Social.

Artículo 3°.- El Ministerio de Hacienda, a través de la Dirección General Oficina de

Gestión Pública y Presupuesto, arbitrará las medidas presupuestarias pertinentes a fin

de dar cumplimiento a lo dispuesto en el presente Decreto.

Artículo 4°.- El presente Decreto es refrendado por la señora Ministra de Desarrollo

Social, por el señor Ministro de Modernización, y por el señor Jefe de Gabinete de

Ministros.

Artículo 5°.- Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos

Aires, comuníquese a la Dirección General Oficina de Gestión Pública y Presupuesto

del Ministerio de Hacienda, y a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos y a

las Direcciones Generales de Estructuras del Gobierno y Relaciones Laborales y

Operaciones y Tecnología del Ministerio de Modernización, y para su conocimiento y

demás efectos, remítase al Ministerio de Desarrollo Social. Cumplido, archívese.

MACRI - Stanley - Ibarra - Rodríguez Larreta


ANEXOS

El texto de la presente norma puede ser consultado en el Boletin Oficial N 4139

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
Dto 140-13 modifica parcialmente la estructura organizativa del Ministerio de Desarrollo Social quedando modificado en forma parcial el Dto 660-11