RESOLUCIÓN 156 2012 JEFATURA DE POLICÍA METROPOLITANA
Síntesis:
CREAN REGISTRO DE CÁMARAS DE VIDEOVIGILANCIA PRIVADAS - BASE DE DATOS DE CÁMARAS DE VIDEOVIGILANCIA PRIVADAS - LEY 2602 INCORPORADO POR LEY 3998 - DESIGNACIÓN COMO RESPONSABLE - SUPERINTENDENTE EDUARDO JORGE MARTINO - SUPERINTENDENCIA DE COMUNICACIONES Y SERVICIOS TÉCNICOS - CIUDADANOS PUEDEN EJERCER DERECHOS RECONOCIDOS POR LEY 1845-06 - JEFATURA DE POLICÍA METROPOLITANA
Publicación:
30/04/2013
Sanción:
04/12/2012
Organismo:
JEFATURA DE POLICÍA METROPOLITANA
Estado:
No vigente
VISTO:
Las Leyes N° 2.894, 2.602, 3.998 (Modificatoria de la Ley 2.602) 1.845, Decretos
716/GCABA/09, 1119/GCABA/09, el Expediente N° 2.208.104/2012, y
CONSIDERANDO:
Que, la Ley N° 2.894, establece en su artículo 35 inciso a), que el Jefe de Policía,
debe: "Conducir orgánica y funcionalmente la Fuerza, siendo su responsabilidad la
organización, prestacion y supervisión de los servicios policiales de la Ciudad, en el
marco de la Constitución, de la presente Ley y de las restantes normas aplicables", y
por su parte, su inciso b) prescribe que el Jefe de la Policía Metropolitana está
facultado para: "Dictar resoluciones, impartir directivas y Ordenes generales o
particulares necesarias para el cumplimiento de su misión";
Que, la Ley N° 2602 regula dentro del ámbito de la Ciudad de Buenos Aires, la
utilización por parte del Poder Ejecutivo de videocámaras para grabar imágenes en
lugares públicos y su tratamiento, estableciendo en su artículo 18 bis -incorporado por
la Ley N° 3998- la exigencia, para los titulares de establecimientos privados que
posean cámaras de videovigilancia tipo domo o de tecnología similar que capten
imágenes exclusivamente del espacio público, de efectuar la inscripción de las mismas
en el registro a crearse al efecto por la autoridad de aplicación;
Que, por Decreto 716/GCABA/09 -reglamentario de la Ley N° 2602- se designa como
autoridad de aplicación de la Ley N° 2602 al Ministerio de Justicia y Seguridad de la
C.A.B.A. o al organismo que eventualmente lo reemplace en el futuro;
Que, conforme surge del "considerando" del Decreto 1119/GCABA/09 las funciones y
responsabilidades establecidas en la Ley N° 2602 y su decreto reglamentario N°
716/09 han sido trasladadas a la Policía Metropolitana, organismo que cuenta con
personal capacitado pare realizar y supervisar las actividades en cuestión, a través del
Centro de Monitoreo Urbano;
Que, en atención a la normativa enunciada, la Superintendencia de Comunicaciones y
Servicios Técnicos de la Policía Metropolitana, de quien depende el Centro de
Monitoreo Urbano, solicitó la creación de un Registro y su pertinente Base de Datos,
destinados a dar cumplimiento al artículo 18 bis de la Ley N° 2602 (incorporado por
Ley 3998) y proceder al registro de cámaras de videovigilancia del sector privado que
se encuentren emplazadas capturando exclusivamente imágenes del espacio público;
Que, tal como dispone la norma citada dichas cameras serán susceptibles de formar
parte de la red de cámaras de video vigilancia pertenecientes al Gobierno de la Ciudad
de Buenos Aires cuando la autoridad de aplicación así lo requiera;
Que, es menester dejar asentado que en lo pertinente, y con referencia a la Base de
Datos del mentado Registro, deberán observarse las previsiones de la Ley 1845 de
Protección de Datos Personales, la cual regula el tratamiento de datos personales
referidos a personas físicas o de existencia ideal, asentados o destinados a ser
asentados en archivos, registros, bases o bancos de datos del sector público de la
ciudad;
Que en virtud de lo expuesto, resulta necesario dictar una norma a efectos de
proceder a la creación del Registro y Base de Datos enunciados y asegurar el correcto
asiento y desenvolvimiento de actividades vinculadas a los mismos;
Que, la Dirección General Administrativa y Leal de la Policía Metropolitana, ha tomado
la intervención de su competencia.
Artículo 1.- Créase, en el ámbito del Centro de Monitoreo Urbano dependiente de la
Superintendencia de Comunicaciones y Servicios Técnicos perteneciente a la Policía
Metropolitana del Ministerio de Justicia y Seguridad de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires, el "REGISTRO DE CÁMARAS DE VIDEOVIGILANCIA PRIVADAS" y en
consecuencia la "BASE DE DATOS DE CÁMARAS DE VIDEOVIGILANCIA
PRIVADAS" dándose de este modo cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 18 bis
de la Ley N° 2602, incorporado por Ley N° 3998, y a los fines y efectos previstos en la
mentada ley, sus modificaciones y decretos afines.
Articulo 2.-Establézcase como finalidad de la base, producir un asiento sistematizado,
con una estructura básica informatizada para su rápida registración y acceso, que
logre la unicidad y seguridad del registro de cámaras de videovigilancia del sector
privado que se encuentren emplazadas capturando exclusivamente imagines del
espacio público, en cumplimiento de lo establecido en la Ley N° 2602 (modificada por
Ley N° 3998) por cuanto los titulares de los establecimientos privados deben proceder
a su inscripción en el registro que por el presente se crea. Dichos datos se obtendrán y
actualizarán conforme los procedimientos de estilo propios de las fuerzas de
seguridad.
Articulo 3.- Designase como responsable al Superintendente Eduardo Jorge Martino
de la Superintendencia de Comunicaciones y Servicios Técnicos de la Policía
Metropolitana, dependencia ante la cual los ciudadanos pueden ejercer los derechos
reconocidos por la Ley 1845/06.
Articulo 4.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,
pase a la Dirección General Administrativa y Legal de la Policía Metropolitana para su
intervención y demás efectos. Comuníquese. Cumplido, archívese. Giménez