RESOLUCIÓN 207 2013 MINISTERIO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD

Síntesis:

ACTUALIZACIÓN DE VALOR DE BECA MENSUAL - ESTUDIANTES - ALUMNOS DEL CURSO DE CAPACITACIÓN PARA LA SEGURIDAD PÚBLICA - MINISTERIO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD

Publicación:

09/05/2013

Sanción:

30/04/2013

Organismo:

MINISTERIO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD


VISTO:

Las Leyes N° 2.894 y N° 2.895, las Resoluciones N° 50/MJYSGC/11, N°

186/MJYSGC/12, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley N° 2894 establece las bases jurídicas e institucionales del Sistema de

Seguridad Pública de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y encomienda al Gobierno

de la Ciudad, a través del Ministerio de Justicia y Seguridad, la conducción política e

institucional de dicho Sistema y crea, entre otros organismos, a la Policía

Metropolitana y al Instituto Superior de Seguridad Pública;

Que la citada norma determina en su Artículo 40 que el ingreso a la Policía

Metropolitana se produce previa aprobación de la capacitación para la seguridad

pública a efectuarse y de los exámenes que al efecto se establezcan en las normas

reglamentarias en el Instituto Superior de Seguridad Pública;

Que en el segundo párrafo del artículo precitado se establece que los/as estudiantes

no tendrán estado policial durante su formación inicial y serán becarios/as según el

régimen que se establezca al efecto;

Que por Decreto N° 989/09 se determinó a partir del 1° de octubre de 2009, el valor de

la beca mensual a otorgar a los estudiantes que realicen el curso de capacitación para

la seguridad pública, en la suma de pesos un mil ($ 1.000,00) y se delegó en el

Ministerio de Justicia y Seguridad la facultad de actualizar el valor de la beca, cuando

ello resulte necesario;

Que, asimismo, por Resolución N° 50/MJYSGC/11 se actualizó a partir del 1° de enero

de 2011 el valor de la beca citada ut supra en la suma de pesos un mil quinientos

($ 1.500,00);

Que, por Resolución N° 186/MJYSGC/12 se actualizó a partir del 1° de enero de 2012

el valor de la beca citada ut supra en la suma de pesos un mil ochocientos ($ 1.800);

Que corresponde actualizar el valor de la beca prevista en el Artículo 40 de la Ley N°

2894 en la suma de pesos dos mil doscientos ($ 2.200) mensuales, toda vez que el

monto fijado mediante Resolución N° 186/MJYSGC/12 devino en insuficiente a los

fines de satisfacer las necesidades básicas de los cadetes cursantes en dicho Instituto.

Por ello, y en uso de las facultades conferidas por el Artículo 1° del Decreto N° 989/09,

EL MINISTRO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD

RESUELVE

Artículo 1.- Actualícese a partir del 1° de enero de 2013 el valor de la beca mensual a

otorgar a los estudiantes que realicen el curso de capacitación para la seguridad

pública previsto en el Artículo 40 de la Ley N° 2894, en la suma de pesos dos mil

doscientos ($ 2.200).

Artículo 2.- El gasto que irrogue el otorgamiento de las becas referidas en el Artículo 1

de la presente, será imputado en la partida presupuestaria correspondiente del

Instituto Superior de Seguridad Pública.

Artículo 3.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,

comuníquese al Ministerio de Hacienda, Jefatura de Gabinete de Ministros, Jefatura de

la Policía Metropolitana, Subsecretaría de Administración de la Policía Metropolitana,

Instituto Superior de Seguridad Pública y a la Dirección General de Contaduría y

Tesorería. Cumplido, archívese. Montenegro

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
<p>Art. 1 de la Resolución 207-MJYSGC/13 actualiza, a partir del 1 de enero de 2013 el valor de la beca mensual a otorgar a los estudiantes que realicen el curso de capacitación para la seguridad pública previsto en el Artículo 40 de la Ley N° 2894, quedando modificado el establecido por Decreto 989/09.</p>
MODIFICADA POR
Art 1 de la Res 210-MJYS-14 actualiza el valor de la beca mensual a otorgar a los estudiantes que realicen el curso de capacitación para la seguridad pública, previamente establecida por Res 207-MJYS-13.
MODIFICA
Art 1 de la Res 207-MJYS-13 actualiza el valor de la beca mensual a otorgar a los estudiantes que realicen el curso de capacitación para la seguridad, previamente establecido por Res 186-MJYS-12