RESOLUCIÓN 82 2013 SUBSECRETARÍA DE DESARROLLO ECONÓMICO
Síntesis:
CONVOCATORIA - PRIMER LLAMADO DE INSCRIPCIONES - CONCURSO PYMES 2.0 - EDICIÓN 2013 - PROGRAMA FOMENTO AL DESARROLLO DE LAS PYMES PORTEÑAS - PARTICIPANTES - COMISIONES - FORMULARIO - DATOS
Publicación:
15/05/2013
Sanción:
10/05/2013
Organismo:
SUBSECRETARÍA DE DESARROLLO ECONÓMICO
VISTO:
los Decretos Nros. 660/GCABA/2011, 236/GCBA/2012 y 587/GCBA/2009, las
Resoluciones N° 26/SSDE/2013, 40/SSDE/2013, 71/SSDE/2013, el informe IF-2013-
01678664-SSDE, y el Expediente N° 641744/2013 y;
CONSIDERANDO:
Que por medio del Decreto N° 660/GCBA/2011, y su modificatorio 236/GCBA/2012, se
estableció la estructura orgánico funcional del Gobierno de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires, determinándose que la Subsecretaría de Desarrollo Económico,
dependiente del Ministerio de Desarrollo Económico, tiene entre sus responsabilidades
primarias entender en los planes, programas y proyectos dirigidos a promover
empresas y emprendedores porteños, así como también instrumentar y coordinar los
programas, proyectos y actividades necesarias para promover la innovación
tecnológica, la consolidación y el desarrollo del sistema productivo de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires;
Que mediante el Decreto N° 587/GCABA/2009, se creó el Programa "Fomento al
Desarrollo de las Pymes Porteñas", en el ámbito del Ministerio de Desarrollo
Económico, con el objetivo de favorecer tanto el surgimiento y/o consolidación de
emprendimientos productivos en los sectores industrial, comercial, y de servicios,
como la implementación de mejoras pro competitivas; orientadas a desarrollar
innovaciones a nivel de productos y/o procesos, que contribuyan a incrementar la
capacidad competitiva de las pequeñas y medianas empresas; como así también,
potenciar la incorporación de nuevos recursos tecnológicos y/o humanos;
Que, el citado Decreto estableció en su artículo 2° como Autoridad de Aplicación a la
actual Subsecretaría de Desarrollo Económico, facultándola para realizar
convocatorias periódicas a concursos por temas específicos, para la presentación de
proyectos, conforme surge del Anexo II del citado Decreto inciso a) y b);
Que en este marco, mediante la Resolución 26/SSDE/2013 se convocó al Concurso
"PYMES 2.0"; estableciéndose que se seleccionarían hasta un máximo de once (11)
entidades no gubernamentales, educativas, cámaras sectoriales representativas y
entidades especializadas en el diseño y prestación de servicios a PyMEs las cuales
podrían ser de carácter privado sin fines de lucro o mixto, con antecedentes y
capacidades técnicas que hubieran cumplimentado la totalidad de lo establecido en el
punto 3.1 del Anexo I, IF 2013-01493791-SSDE, denominado "Entidades
Concursantes",;
Que asimismo, se estipuló que para resultar seleccionadas las entidades que se
postularán para participar en el Concurso "PYMES 2.0" deberían alcanzar un puntaje
mínimo de setenta y cinco sobre cien puntos (75/100) puntos en la evaluación de su
propuesta; debiendo disponer de los recursos humanos y de infraestructura necesarios
para el exitoso desarrollo de las actividades del programa, con el objeto de crear las
condiciones que permitan a los participantes un efectivo desarrollo de la infraestructura
física y tecnológica para la realización de las actividades que se prevén;
Que la iniciativa, tiene como objetivo contribuir a mejorar las capacidades y
tecnologías de gestión digital de las PyMEs de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
potenciando la eficiencia y la escalabilidad de las mismas, ampliando los
conocimientos relativos a herramientas basadas en el uso de Internet por parte de las
empresas porteñas, con el fin de promocionar sus actividades y mejorar la
comunicación interna y externa de las mismas;
Que para el logro de dicho objetivo, esta convocatoria esta orientada a empresas y
emprendedores, que estén interesadas en acceder a servicios de capacitación y
asistencia técnica destinados a generar y/o fortalecer su estrategias de promoción,
marketing, comunicación y ventas a través de Internet y redes sociales;
Que en este marco, por intermedio de la Resolución 40/SSDE/ 2013 se aprobaron las
Herramientas de Evaluación para la selección de las propuestas de las Entidades y se
establecieron los Recursos humanos que se desempeñaron en atención a ellas;
Que así, habiéndose expedido los evaluadores, mediante la Resolución N°
71/SSDE/2013 fue aprobado el orden de mérito de las propuestas técnicas de las
instituciones orientadas a mejorar las capacidades y tecnologías de gestión digital de
las PyMEs de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, seleccionándose once (11)
entidades a fin de participar de la presente convocatoria;
Que, en este contexto, resulta pertinente convocar al primer llamado a inscripciones al
Concurso "PyMES 2.0", para su edición 2013, destinado a aquellas PyMES
interesadas en acceder a servicios de capacitación y asistencia técnica destinados a
generar y/o fortalecer su estrategia de promoción, marketing, comunicación y ventas a
través de internet;
Por ello, y en uso de las facultades que le son propias,
Artículo 1°.- Convócase al primer llamado de inscripciones al Concurso "PYMES 2.0",
para su edición 2013, en el marco del Programa "Fomento al Desarrollo de las Pymes
Porteñas", creado por Decreto N° 587/GCABA/2009.
Artículo 2°.- Establécese que a los efectos del desarrollo del primer componente -
Anexo I, Punto 2.1 de la Resolución 26/SSDE/2013-, los participantes que se inscriban
serán agrupados en comisiones, conforme surge de la oferta descripta en el Anexo I,
IF-2013-01678664-SSDE, que se adjunta como parte integrante de la presente. Una
comisión podrá ser puesta en marcha cuando exista un mínimo de veinte (20)
inscriptos.
Artículo 3°- Determínese que para participar del concurso los interesados deberán
inscribirse por Internet, completando el formulario disponible en
http://www.buenosaires.gob.ar/pymes20, con los datos de la empresa, personales y
profesionales que se soliciten, como así también:
· Seleccionar la sede a través de la cual desea participar del programa, para lo cual se
le desplegará un listado de los diferentes lugares con sus respectivos días y horarios.
· Describir la actividad de la empresa y la posición de el/los interesado/s en participar
dentro de ella;
Artículo 4°.- Dése al registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos
Aires y, para su conocimiento y demás efectos, pase a la Dirección General Técnica
Administrativa y Legal del Ministerio de Desarrollo Económico. Cumplido, archívese.
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"2013, Año del 30 aniversario de la vuelta a la democracia"
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