RESOLUCIÓN 83 2013 SUBSECRETARÍA DE DERECHOS HUMANOS Y PLURALISMO CULTURAL
Síntesis:
DESIGNACIÓN DE REPRESENTANTES - TITULAR LEONARDO FABIÁN SZUCHET - SUPLENTE SILVIA NOEMÍ LOSADA - FACULTADES DEL ANEXO-I RESOLUCIÓN 1291-GCABA-CDNNYA-12 - SUBSECRETARÍA DE DERECHOS HUMANOS Y PLURALISMO CULTURAL - COMISIÓN PARA LA PREVENCIÓN Y ERRADICACIÓN DEL TRABAJO INFANTIL DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
Publicación:
15/05/2013
Sanción:
10/05/2013
Organismo:
SUBSECRETARÍA DE DERECHOS HUMANOS Y PLURALISMO CULTURAL
VISTO:
Las Leyes N° 114, N° 937 N° 4.013, los Decretos N° 667-GCABA/09, N° 660-
GCABA/11 y N° 703-GCABA/11, la Resolución N° 1.291-GCABA-CDNNYA/12 y el
Expediente N° EX-2013-1672320-MGEYA-SSDHPC, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley N° 114, crea el Consejo de Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, el
cual tiene como función primordial la protección integral de los derechos de niñas,
niños y adolescentes, así como la promoción y articulación de las políticas destinadas
a población infantil, y adolescente en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires;
Que entre esas funciones está la de articular políticas públicas de protección integral
de esos derechos destacando entre muchos otros el derecho de las niñas, niños a no
ser explotados entre lo que está incurso el derecho a no trabajar;
Que la Ley N° 937 establece la necesidad de detección, prevención y erradicación del
trabajo infantil, así como la atención de los niños y niñas afectadas por esta
problemática en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y designa al
Consejo de los Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes como autoridad de
aplicación;
Que por la Ley N° 4.013 se aprobó la Ley de Ministerios;
Que el Decreto N° 660-GCABA/11 aprobó la estructura orgánica funcional del Poder
Ejecutivo y la estructura organizativa del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires;
Que por el Decreto N° 703-GCABA/11 se designó el funcionario a cargo de la
Subsecretaría de Derechos Humanos y Pluralismo Cultural en el ámbito de la Jefatura
de Gabinete de Ministros;
Que por el Decreto N° 667-GCABA/09 se creó la Comisión para la Prevención y
Erradicación del Trabajo Infantil con el objeto de evaluar, monitorear y promover las
políticas y acciones que se desarrollen a favor de la prevención y erradicación
progresiva y efectiva del trabajo infantil en el ámbito de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires;
Que dicha Comisión se encuentra integrada por un representante titular y otro suplente
de los Ministerios de Educación, de Salud, de Desarrollo Social, de Justicia y
Seguridad y de Desarrollo Económico y por la entonces Subsecretaría de Derechos
Humanos;
Que por la Resolución N° 1.291-GCABA-CDNNYA/12 se aprobó el Reglamento
Interno de Funcionamiento de la Comisión para la Prevención y Erradicación del
Trabajo Infantil de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que en razón de la importancia de las tareas a desarrollar es que se hace necesario
designar dos representantes, uno titular y uno suplente para que representen a ésta
Subsecretaría de Derechos Humanos y Pluralismo Cultural en la Comisión para la
Prevención y Erradicación del Trabajo Infantil de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires;
Que las personas designadas son idóneas para el cargo a cumplir.
Por ello, y en uso de las facultades conferidas por los Decretos N° 660-GCABA/11 y
N° 703-GCABA/11
Artículo 1.- Desígnese como representante titular de la Subsecretaría de Derechos
Humanos y Pluralismo Cultural en la Comisión para la Prevención y Erradicación del
Trabajo Infantil de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires al señor Leonardo Fabián
Szuchet - DNI N° 17.992.143 en la forma y con las facultades conferidas en el anexo I
de la Resolución N° 1.291-GCABA-CDNNYA/12.
Artículo 2.- Desígnese como representante suplente de la Subsecretaría de Derechos
Humanos y Pluralismo Cultural en la Comisión para la Prevención y Erradicación del
Trabajo Infantil de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a la señora Silvia Noemí
Losada - DNI N° 16.764.921 en la forma y con las facultades conferidas en el anexo I
de la Resolución N° 1.291-GCABA-CDNNYA/12.
Artículo 3.- Regístrese y publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires. Comuníquese al Consejo de Niñas, Niños y Adolescentes, al Ministerio
de Educación, al Ministerio de Salud, al Ministerio de Desarrollo Social, al Ministerio de
Justicia y Seguridad y al Ministerio de Desarrollo Económico. Cumplido, archívese.
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