RESOLUCIÓN 584 2013 DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS
Síntesis:
NUEVA FECHA DE VENCIMIENTO - CONTRIBUYENTES ADHERIDOS AL PAGO MEDIANTE DÉBITO - IMPUESTO INMOBILIARIO Y TASA RETRIBUTIVA - SERVICIOS DE ALUMBRADO BARRIDO Y LIMPIEZA MANTENIMIENTO Y CONSERVACIÓN DE SUMIDEROS - LA PRESENTE RESOLUCIÓN RIGE DESDE EL DÍA DE SU PUBLICACIÓN - DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS
Publicación:
16/05/2013
Sanción:
10/05/2013
Organismo:
DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS
VISTO:
LA RESOLUCIÓN N° 1670/MHGC/2012 (BOCBA N° 4051), Y
CONSIDERANDO:
Que a través de la referida norma se establecieron las fechas de vencimiento de los
distintos tributos que percibe el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires,
correspondientes al ejercicio fiscal del corriente año;
Que el temporal acaecido en esta Ciudad el pasado día 02 de Abril ha generado
inundaciones derivadas de las intensas precipitaciones registradas en determinados
sectores de la misma, viéndose afectados los servicios públicos básicos de
electricidad y gas, entre otros;
Que es intención de esta Administración contemplar la situación de aquellos
contribuyentes del Impuesto Inmobiliario y Tasa Retributiva de los Servicios de
Alumbrado, Barrido y Limpieza, Mantenimiento y Conservación de Sumideros que
hubieran sido afectados por dicho fenómeno;
Que tal circunstancia ha generado dificultades en el cumplimiento de las obligaciones
tributarias administradas por este organismo;
Que como consecuencia de dichas dificultades y entre las distintas acciones que se
encuentran en ejecución para paliar los inconvenientes operativos resulta aconsejable
diferir el vencimiento de la Cuota 05 del Impuesto Inmobiliario para los contribuyentes
adheridos al sistema de pago mediante débito directo;
Que es propósito de la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos mantener
una fluida relación con sus contribuyentes que permita a ambos cumplir en tiempo y
forma con sus obligaciones.
Por ello, en virtud de las facultades conferidas por el Artículo 28 de la Resolución N°
1670/MHGC/2012,
Artículo 1.- Establécese como nueva fecha de vencimiento el día 21 de mayo de 2013
para aquellos contribuyentes del Impuesto Inmobiliario y Tasa Retributiva de los
Servicios de Alumbrado, Barrido y Limpieza, Mantenimiento y Conservación de
Sumideros que estuvieran adheridos al sistema de pago mediante débito directo.
Artículo 2.- La presente Resolución rige desde el día de su publicación.
Artículo 3.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires y comuníquese a la Subdirección General de Sistemas dependiente de
la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos, al Banco de la Ciudad de
Buenos Aires y a las Subdirecciones Generales y demás áreas dependientes de esta
Dirección General para su conocimiento y demás efectos. Cumplido, archívese.
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