RESOLUCIÓN 323 2013 MINISTERIO DE MODERNIZACION
Síntesis:
EXTENSIÓN DE ADICIONAL POR ASISTENCIA - DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN Y LIQUIDACIÓN DE HABERES - MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN - LISTADO DE AGENTES - REMUNERACIONES DEL PERSONAL
Publicación:
17/05/2013
Sanción:
08/05/2013
Organismo:
MINISTERIO DE MODERNIZACION
VISTO:
La ley Nro. 471, el Decreto Nro. 465/04, las Resoluciones Nro. 1230/MHGC/2009,
495/MM/12 y 25/SECRH/11, la Disposición Nro. 04/DGCHU/13, el Acta de
Negociación Colectiva de la Comisión Paritaria Central Nro. 40/08 y el Expediente Nro.
1160852/2011, y
CONSIDERANDO:
Que a través del Acta de Negociación Colectiva citada en el visto, celebrada en el
marco de las negociaciones colectivas instituidas en el Título II de la Ley N° 471, se
acordó extender a los edificios del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
que implementen sistemas de controles automáticos de ingreso del personal, el
adicional por asistencia de PESOS TRESCIENTOS CINCUENTA ($ 350,00);
Que el control de ingreso y asistencia del personal que presta tareas en el edificio de
Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires ubicado en Carlos Pellegrini 211 4° y 5° piso,
ha sido homologado por la Disposición Nro. 04/DGCHU/13 a partir del 1 de noviembre
de 2012;
Que el beneficio mencionado se otorga a los trabajadores contemplados en la Ley 471
de la planta permanente del escalafón general y a los agentes contratados bajo el
régimen del Decreto 948/05 y la Resolución 1924/MHGC/07;
Que consecuentemente y a los efectos de su retribución, corresponde incluir al
personal de la Dirección General de Administración y Liquidación de Haberes, del
Ministerio de Modernización, que presta tareas en dicho edificio y utiliza el sistema de
control de asistencia homologado por la Disposición Nro. 04/DGCHU/13, dentro de los
alcances del artículo 12° de la Resolución N° 1230/MHGC/2009, la que reguló idéntico
adicional para el personal dependiente del Ministerio de Educación que labora en el
edificio de la calle Paseo Colón N° 255 de esta Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que el gasto que demande el cumplimiento de la presente Resolución ha sido avalado
oportunamente a través de un informe técnico emitido por la Dirección General de
Planeamiento y Control de Gestión del Ministerio de Modernización;
Por ello, en uso de las facultades que le son propias,
Artículo 1.- Extiéndese a partir del 1° de noviembre de 2012 el Adicional por
Asistencia, no remunerativo, determinado en el artículo 12° de la Resolución N°
1230/MHGC/2009, al personal que presta servicios en la Dirección General de
Administración y Liquidación de Haberes, de este Ministerio y que labora en forma
normal y habitual en el edificio de Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires ubicado en
Carlos Pellegrini 211 4° y 5° piso respectivamente, detallado en el anexo I, el cual
forma parte de la presente Resolución.
Artículo 2.- El Adicional referenciado en el artículo precedente tendrá un valor mensual
de PESOS TRESCIENTOS CINCUENTA ($ 350,00) y su percepción estará sujeta a
las siguientes condiciones:
a) se abona mensualmente con la modalidad de liquidación a mes vencido.
b) se otorga al personal contemplado en la Ley 471 de la planta permanente del
escalafón general y a los agentes contratados bajo el régimen del Decreto 948/05 y la
Resolución 1924/MHGC/07.
c) cualquier inasistencia (según Ley 471, Convenio Colectivo de Trabajo y normas de
regulación vigentes) generará el descuento íntegro del adicional, a excepción de las
correspondientes a accidentes de trabajo y licencia anual ordinaria. En esta última
causal solo se exceptuarán las licencias ordinarias que se prorrateen en períodos no
menores a diez días dentro del período anual vigente.
Artículo 3.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,
comuníquese a la Dirección General de Administración y Liquidación de Haberes y,
para su conocimiento y demás efectos remítase a la Dirección General Legal e
Institucional y a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de
Modernización. Cumplido, archívese. Ibarra
ANEXOS