RESOLUCIÓN 449 2013 MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL
Síntesis:
APRUEBA - MODELO DE CONVENIO A SUSCRIBIRSE CON ORGANIZACIONES DE LA SOCIEDAD CIVIL - PROGRAMA CENTROS DE PRIMERA INFANCIA -CPI- SE ESTIPULA -CONVENIOS CELEBRADOS BAJO EL MODELO APROBADO POR RESOLUCIÓN N° 609-MDSGC-2009 - CLÁUSULA ADICIONAL O MODIFICATORIA MANTENDRÁN SU VIGENCIA LEGAL HASTA FINALIZACIÓN DEL PLAZO ESTABLECIDO EN LOS MISMOS - DEJA SIN EFECTO RESOLUCIÓN N° 609-MDSGC-2009 A PARTIR DEL DICTADO DE LA PRESENTE - OBJETIVO - GARANTIZAR EL CRECIMIENTO Y DESARROLLO SALUDABLE DE LOS NIÑOS Y NIÑAS DE 45 DÍAS A 4 AÑOS - SITUACIÓN DE VULNERABILIDAD SOCIAL - HABITANTES DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES - ATENCIÓN INTEGRAL -CONTROLES DE SALUD - ESTIMULACIÓN TEMPRANA - FORMACIÓN Y ASISTENCIA NUTRICIONAL
Publicación:
17/05/2013
Sanción:
04/04/2013
Organismo:
MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL
VISTO: El Decreto N° 306-GCBA-2009, El Decreto N° 592-GCBA-2012, la Resolución
N° 609-MDSGC-2009, y el Expediente N° 468638/2013, y
CONSIDERANDO:
Que mediante el artículo 1° del Decreto N° 306-GCBA-2009 se creó el Programa
Centros de Primera Infancia, el cual tiene por objeto garantizar el crecimiento y
desarrollo saludable de los niños y niñas de 45 días a 4 años en situación de
vulnerabilidad social, habitantes de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, brindando
atención integral (controles de salud, estimulación temprana, formación y asistencia
nutricional);
Que en el Anexo I, punto V, de la norma indicada se establece la modalidad de gestión
asociada encomendado la ejecución e implementación del Programa citado
precedentemente a Organizaciones de la Sociedad Civil seleccionadas a tales efectos
bajo el control permanente, supervisión y lineamiento rector del GCBA;
Que en este orden de ideas, el GCABA otorga una beca mensual por todo concepto
que cubrirá la atención integral por cada niño o niña que asista a los Centros de
Primera Infancia, siendo la misma efectivizada mediante pagos mensuales;
Que resulta necesario suscribir un Convenio con cada una de ellas el cual deberá
contener los requisitos y condiciones propios del Programa Centros de Primera
Infancia y asegurar su cumplimiento efectivo;
Que el artículo 3° del Decreto N° 306-GCBA-2009, faculta al Ministerio de Desarrollo
Social, como autoridad de Aplicación, a dictar las normas complementarias y
reglamentarias y todo acto administrativo que fuera menester para la implementación
del aludido Programa;
Que, mediante Resolución N° 609-MDSGC-2009 se ha aprobado un modelo de
convenio tipo para suscribir con las Organizaciones de la Sociedad Civil en el marco
del Programa Centros de Primera Infancia.
Que, en atención ha que han transcurrido tres (3) años desde la creación del mentado
Programa, es menester adecuar los lineamientos y objetivos del mismo y en esa
inteligencia es imperiosa la necesidad de modificar el convenio aprobado por la
normativa mencionada.
Por ello, y en uso de las facultades conferidas por el artículo 3o del Decreto N° 306-
GCBA-2009;
Artículo 1°.- Apruébase el Modelo de Convenio a suscribirse con las Organizaciones
de la Sociedad Civil en el marco del Programa Centros de Primera Infancia (CPI), de
conformidad al texto consignado en el Anexo adjunto a la presente, que forma parte
integrante de la misma a todos sus efectos.
Artículo 2°.- Establécese que los convenios celebrados bajo el modelo aprobado por
Resolución N° 609-MDSGC-2009, así como toda cláusula adicional o cláusula
modificatoria, mantendrán su vigencia legal hasta la finalización del plazo estipulado
en los mismos.
Artículo 3°.- Déjese sin efecto la Resolución N° 609-MDSGC-2009 a partir del dictado
de la presente.
Artículo 4°.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires, y para su conocimiento y demás efectos, pase a la Subsecretaría de
Promoción Social y a la Dirección General Fortalecimiento de la Sociedad Civil.
Cumplido, archívese. Stanley
ANEXOS