RESOLUCIÓN 173 2013 FISCALÍA GENERAL
Síntesis:
CONCURSOS DE INGRESO Y PROMOCIÓN DEL PERSONAL - MINISTERIO PÚBLICO FISCAL - MODIFICA REGLAMENTO ARTÍCULOS 19 Y 21 RESOLUCIÓN FG 165-2012-ANEXO II - APRUEBA PRIMERA GUÍA DEL INGRESANTE-ANEXO III - FORMULARIO DE INGRESO-ANEXO IV - INSCRIPCIÓN 20 Y 30 MAYO DE 2013 - ASPIRANTES LEY 1502 - HACER SABER A FACULTADES DE DERECHO CON ASIENTO CIUDAD - REGLAMENTO INTERNO CCAMP 18-2009 - SECRETARÍA GENERAL DE COORDINACIÓN ENCOMIENDA PUBLICACIÓN MASIVA - COMISIÓN EXAMINADORA JORGE LUIS CEVASCO - FERNANDO YURI - MARTÍN LOSADA - FERNANDO OLTRA SANTA CRUZ - JUAN PABLO ALVAREZ - FISCALÍA GENERAL
Publicación:
31/05/2013
Sanción:
10/05/2013
Organismo:
FISCALÍA GENERAL
VISTO:
Los artículos 1, 2, 3, 18 inciso 2) y 21 inciso 1) de la Ley 1903, el Reglamento Interno
de Personal del Ministerio Público aprobado por la Resolución CCAMP N° 18/2009, la
Resolución FG N° 201/10 y 19/12, la Resolución CCAMP N° 27/11, y las actuaciones
internas FG N° 20305/11 y 21109/11 del registro de esta Fiscalía General,
Y CONSIDERANDO:
Que mediante la presente resolución se avanza en la implementación para el ingreso
como empleado en el Ministerio Público Fiscal de la CABA (establecido por Resolución
FG 165/12 del 9 de mayo de 2012), en la aprobación de exámenes a través de los
cuales se verifique la idoneidad técnica de los postulantes, con el fin de garantizar la
posibilidad de acceder a dichos cargos igualitariamente. Ello garantizará a su vez, el
ingreso democrático a la carrera judicial, lo que redundará en un mejor servicio de
justicia al vecino de la Ciudad.
Que el Reglamento Interno de Personal del Ministerio Público de la Ciudad Autónoma
de Buenos Aires, aprobado por Resolución CCAMP N° 18/2009, establece que los/as
funcionarios/as y los empleados/as tienen derecho a una carrera, orientada a facilitar
la incorporación, el desarrollo y la promoción de los recursos humanos que permitan al
Ministerio Público cumplir con efectividad sus objetivos y responsabilidades.
Asimismo, señala que la carrera del Ministerio Público se orientará según los
siguientes principios: idoneidad funcional; atención adecuada al vecino; formación
profesional; igualdad de oportunidades, de trato y no discriminación; progreso en la
carrera; libre participación en los concursos; transparencia en los procedimientos de
selección y/o promoción; responsabilidad de cada funcionario/a y empleado/a en el
desarrollo de su carrera individual; evaluación de las capacidades, méritos y
desempeños; experiencia efectiva en el cumplimiento de sus funciones en el Poder
Judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; y experiencia laboral.
Que mediante actuación interna FG N° 211/11, el Departamento de Relaciones
Laborales de esta Fiscalía General efectuó un proyecto de Reglamento para
Concursos de Ingreso y Promoción del personal en el ámbito del Ministerio Público
Fiscal.
Que para elaborar dicho proyecto se invitó a las distintas entidades que defienden los
intereses de los empleados, funcionarios y magistrados, a fin de poder contar con sus
opiniones y aportes.
De este modo, fueron invitados a participar el Colegio de Magistrados, Integrantes del
Ministerio Público y Funcionarios del Poder Judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires, la Asociación de Magistrados y Funcionarios del Poder Judicial de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires (MAFUCABA), la Unión de Empleados de la Justicia de la
Nación (UEJN) y la Asociación de Empleados del Poder Judicial de la CABA (AEJBA),
realizándose cuatro reuniones que comenzaron el día 22 de noviembre de 2011 en las
oficinas de esta Fiscalía General, con participación del Sr. Fiscal General.
Que el Departamento de Relaciones Laborales recibió el borrador del proyecto de
reglamento con las modificaciones propuestas por las asociaciones gremiales,
conforme surge de los correos electrónicos que obran a fojas 16 y 18.
Que mediante Resolución FG N° 19/12 se aprobó el anteproyecto del reglamento
"Anteproyecto de reglamento para concursos de ingreso y promoción del personal en
el ámbito del ministerio público fiscal de la ciudad de buenos aires. Descripciones de
puestos y programa de incentivos al personal".
Que posteriormente dicho reglamento fue enviado a integrantes de la justicia de la
Ciudad de Buenos Aires, quienes en la mayoría de los casos analizaron el
mencionado reglamento y realizaron propuestas superadoras del mismo.
Que, finalmente, el REGLAMENTO PARA CONCURSOS DE INGRESO Y
PROMOCIÓN DEL PERSONAL EN EL ÁMBITO DEL MINISTERIO PÚBLICO FISCAL
DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES. DESCRIPCIONES DE PUESTOS Y
PROGRAMA DE RECONOCIMIENTOS AL PERSONAL fue aprobado mediante
Resolución FG N° 165/12 del 9 de mayo de 2012.
Que el mencionado reglamento cuenta con un primer capítulo que regula el ingreso de
personal al Ministerio Público Fiscal, determinando que el mismo deberá realizarse por
concurso público, debiendo los aspirantes realizar:
a) Un curso de capacitación
b) Aprobar un examen de aptitud
c) Ser propuesto por autoridad competente
d) Cumplir con las condiciones y requisitos previstos en el Reglamento Interno del
Ministerio Público de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Asimismo, en virtud a lo establecido en la ley 1502, se dispone que aquellas unidades
en las que exista una vacante y no estando cumplido el cupo mínimo del 5% de
personal en condiciones de planta permanente establecido en la mencionada Ley, se
deberá efectuar una propuesta de cobertura dándole prioridad a su cumplimiento.
En esta línea, esta gestión del Ministerio Público Fiscal ha tenido como mandato
cumplir con el cupo establecido en la ley 1502, habiéndolo alcanzado el día 20 de
octubre de 2009, conforme lo establecido en la Resolución FG N° 322/09,
circunstancia que fuera oportunamente destacada y reconocida por la COPIDIS a la
Fiscalía General. En el Año 2010, la COPIDIS entregó certificados de agradecimiento
por su compromiso, dedicación y trabajo realizado para hacer de Buenos Aires una
ciudad más inclusiva, a quien suscribe y al Sr. Jefe del Departamento de Relaciones
Laborales.
El segundo capítulo, determina como se realizarán las promociones hasta el cargo de
Prosecretario Coadyuvante, estableciendo para ello que deberán realizarse las
capacitaciones que establezca el Plan Anual de Carreras para cada franja de carrera.
De esta forma se garantiza que cada una de las personas que forman parte del
Ministerio Publico Fiscal, estén debidamente capacitadas para el cargo que ejerzan.
En el tercer capítulo se regula la manera en que se realizará la incorporación del
personal a la planta permanente del Ministerio Público Fiscal, estableciendo
expresamente la participación de los magistrados en el proceso de regularización del
personal.
En el capítulo cuarto se establece un procedimiento para la cobertura interina del
cargo de Fiscal del Ministerio Público Fiscal de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
mediante el cual se realiza un concurso de funcionarios, para luego realizar la
confección de un orden de mérito, que permitirá al Fiscal General designar
interinamente al funcionario más apropiado para el cargo. A tales fines se ha dispuesto
que en el mencionado concurso podrán participar funcionarios del Poder Judicial de la
CABA, de Nación o de las Provincias, en virtud del proceso de transferencias de
competencias jurisdiccionales que han sido aprobadas a lo largo de los últimos años
en conjunto por el Congreso de la Nación y la Legislatura de la CABA, habiéndose
realizado por parte del Congreso Nacional en el mes de septiembre de 2011 una
nueva transferencia de competencias penales a la Ciudad de Buenos Aires,
continuando de esta manera con el reconocimiento de autonomía propia de la Ciudad
de Buenos Aires establecida en la Constitución Nacional y en el artículo sexto de la
Constitución de la CABA, aspirando de esta manera a que se arribe prontamente a
una plena autonomía judicial de la Ciudad.
En el capítulo quinto se trabaja sobre el reconocimiento a los diferentes agentes del
Ministerio Publico Fiscal, estableciendo en una primera parte los programas de
reconocimientos para que los agentes del Ministerio Público Fiscal realicen actividades
de capacitación tendientes a motivar al empleado para que continúe aportando la
máxima eficiencia a su función, reconociendo la dedicación y el esfuerzo destinado a
la formación profesional y su impacto en el servicio público de justicia. Su finalidad es
que el personal incorpore los conocimientos, habilidades y aptitudes requeridas para
desenvolverse con mayor eficacia en su ámbito de trabajo, en beneficio de la
institución a la que representa y, sobre todo, de quienes son destinatarios del servicio
de justicia. En la segunda parte de este capítulo se reconoce a los titulares de
unidades mediante la realización de encuestas de satisfacción y de evaluaciones
realizadas por sus empleados, las que fueron realizadas por primera vez durante el
año pasado de manera electrónica mediante la implementación del sistema
Payroll/Ombú, lo que garantiza una mayor rapidez y procesamiento de la información.
Por otra parte, estas evaluaciones se han realizado de manera anónima para el
evaluado, lo cual resguarda al evaluador y objetiviza el resultado de la misma a fin de
poder adecuar capacitaciones tendientes a solucionar cualquier tipo de foco de
situación detectada.
Finalmente en el capítulo sexto se establece el procedimiento que se llevará adelante
para que aquellos agentes que se encuentren en condiciones de realizarlo, inicien los
correspondientes trámites jubilatorios.
Que la Unión de Empleados de la Justicia de la Nación (UEJN) ha valorado este
proceso y solicitó a la Defensoría General de la CABA y a la Asesoría General Tutelar
de la CABA la apertura de una mesa de discusión con representación gremial a los
fines de elaborar un reglamento de ingreso y de carrera, destacando que con el
Ministerio Público Fiscal se ha realizado una experiencia gratificante en la que se
pudieron abordar los mencionados temas. En virtud de ello, el Sr. Defensor General de
la CABA, mediante Resolución DG N° 95/12 resolvió que es pertinente y necesaria la
apertura de la mesa de discusión antes mencionada, así como la designación de un
grupo de representantes del Ministerio Público de la Defensa para actuar en dichas
reuniones. Por su parte la Asesoría General Tutelar, elevó una nota a la Comisión
Conjunta de Administración recomendando el análisis de este tema para su eventual
incorporación en la normativa vigente en el Ministerio Público.
Que mediante Resolución CM N° 514/12 fue modificado el escalafón del Poder Judicial
de la CABA, por lo que corresponde modificar las franjas de carrera establecidas en el
artículo 19° del mencionado reglamento.
Asimismo corresponde modificar el Art. 21 en cuanto a las correspondientes franjas de
carrera para las capacitaciones obligatorias para promocionar.
Que el Departamento de Asuntos Jurídicos del Ministerio Público Fiscal elaboró un
dictamen N° 134/2013 en el que se manifiesta que "...no se observan impedimentos
para la suscripción del mismo por parte de esta Fiscalía General..." de conformidad a
lo establecido en la ley 1903, y en el REGLAMENTO PARA CONCURSOS DE
INGRESO Y PROMOCIÓN DEL PERSONAL EN EL ÁMBITO DEL MINISTERIO
PÚBLICO FISCAL DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES.
Asimismo, conforme informa el Departamento de Presupuesto y Contabilidad mediante
Informe DPC N° 290/2013, existen en la actualidad partidas presupuestarias
suficientes para realizar las erogaciones indicadas en la presente resolución.
Por ello, y con arreglo a lo dispuesto por artículos 1, 2, 18 inciso 2), 21 inciso 1) y
concordantes de la Ley 1903, el Reglamento Interno de Personal del Ministerio Público
aprobado por las Resoluciones CCAMP N° 18/2009 y 27/11, y las Resolución FG N°
201/2010, 19/12 y 165/12.
Artículo 1.- Modificar las franjas de carrera estipuladas en el Artículo 19° del
REGLAMENTO PARA CONCURSOS DE INGRESO Y PROMOCIÓN DEL
PERSONAL EN EL ÁMBITO DEL MINISTERIO PÚBLICO FISCAL DE LA CIUDAD DE
BUENOS AIRES, aprobado mediante Resolución FG N° 165/2012, conforme lo
manifestado en el Anexo I de la presente.
Artículo 2.- Modificar las franjas de carrera estipulada en el Artículos 21° del
REGLAMENTO PARA CONCURSOS DE INGRESO Y PROMOCIÓN DEL
PERSONAL EN EL ÁMBITO DEL MINISTERIO PÚBLICO FISCAL DE LA CIUDAD DE
BUENOS AIRES, aprobado mediante Resolución FG N° 165/2012, conforme lo
manifestado en el Anexo II de la presente.
Artículo 3.- Aprobar la primera versión de la guía del ingresante que figura como
Anexo III de la presente, la cual será actualizada periódicamente por la Secretaria
General de Acceso a Justicia y Derechos Humanos.
Artículo 4.- Aprobar el formulario de ingreso a la Carrera en el Ministerio Público Fiscal
de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires que figura como Anexo IV de la presente.
Artículo 5.- Invitar a las organizaciones gremiales de los trabajadores y las entidades
que nuclean magistrados y funcionarios a fin de que cada una proponga un veedor y/o
un representante que podrá integrar la Comisión Examinadora, en los términos
establecidos en el REGLAMENTO PARA CONCURSOS DE INGRESO Y
PROMOCIÓN DEL PERSONAL EN EL ÁMBITO DEL MINISTERIO PÚBLICO FISCAL
DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES.
Artículo 6.- Aprobar los siguientes contenidos del examen de ingreso para aspirantes a
la Carrera en el Ministerio Público Fiscal de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires:
a. Guía del ingresante al Ministerio Público Fiscal de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires.
b. Constitución Nacional.
c. Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
d. Leyes CABA 7, 31, 1903 y sus modificatorias.
e. Uso de Sistemas informáticos
i. Procesador de textos.
ii. Planilla de cálculos.
iii. Correo electrónica.
iv. Agenda de datos.
Artículo 7.- Disponer que la Comisión Examinadora estará integrada por:
a. Dr. Jorge Luis CEVASCO, como su Presidente.
b. Dr. Fernando YURI.
c. Dr. Martín LOSADA.
d. Dr. Fernando OLTRA SANTA CRUZ.
e. Dr. Juan Pablo ALVAREZ.
Artículo 8.- Fijar como período de inscripción el comprendido entre el 20 y el 30 de
mayo de 2013.
Artículo 9.- Establecer, en base a la proyección de treinta ingresos anuales, un cupo
máximo de trescientos aspirantes que podrán presentarse a capacitarse y rendir el
examen de ingreso para la Carrera en el Ministerio Público Fiscal de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires.
Artículo 10.- Disponer en caso de exceder el cupo estipulado anteriormente, se
realizará el 7 de junio de 2013 un sorteo entre la totalidad de los inscriptos hasta
conformar una lista de trescientos inscriptos, la cual será publicada en la página web
del Ministerio Público Fiscal.
Artículo 11.- Disponer que el 5% de los aspirantes deberá, en lo posible, estar
compuesto por personas con discapacidad conforme lo establecido en la ley 1502.
Artículo 12.- Disponer que la lista de los aspirantes sorteados será publicada el día 10
de junio de 2013 en la página web del Ministerio Público Fiscal.
Artículo 13.- Establecer que el dictado del curso de capacitación para los aspirantes
inscriptos para la Carrera en el Ministerio Público Fiscal de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires se dividirá en seis días a razón de cincuenta aspirantes por día,
notificándose por correo electrónico a cada uno de ellos la fecha, hora y el lugar en
donde se realizará cada uno de ellos.
Artículo 14.- Disponer que aquellos inscriptos que no se presentasen en el curso de
capacitación, o desaprobasen el examen de ingreso o no se presentasen en él, serán
excluidos del Registro de Aspirantes, sin perjuicio de la posibilidad de volver a
inscribirse en el mismo.
Artículo 15.- Disponer que mediante correo electrónico se notificará a los aspirantes la
fecha y el lugar del examen.
Artículo 16.- Disponer que el 30 de julio de 2013 serán publicadas las listas de los
aspirantes que hayan aprobado el examen de ingreso.
Artículo 17.- Disponer que una vez finalizada esta etapa para el ingreso como Auxiliar
de Servicio o Auxiliar Administrativo, se iniciará el correspondiente llamado para
ingresar como Relator en el Ministerio Público Fiscal de la CABA.
Artículo 18.- Hacer saber a las Facultades de Derecho con asiento en la Ciudad de
Buenos Aires que aquellos alumnos que tengan más de veinte (20) materias
aprobadas y un promedio superior a los 8 (ocho) puntos, podrán solicitar ser incluidos
en una lista de aspirantes a Auxiliares Administrativos.
Artículo 19.- Establecer que todas las comunicaciones y notificaciones se realizarán
por correo electrónico, como único medio de notificación.
Artículo 20.- Hacer saber a los inscriptos que rigen las incompatibilidades previstas en
el art. 6 del "Reglamento Interno de Personal del Ministerio Público", aprobado por
Resolución CCAMP N° 18/2009.
Artículo 21.- Establecer que para participar del examen se requiere cumplir con todos
los requisitos establecidos en el art. 11 del Reglamento Interno de Personal del
Ministerio Público de la Ciudad Autónoma De Buenos Aires
Artículo 22.- Publíquese esta convocatoria en el portal web institucional
(http://www.fiscalias.gob.ar).
Artículo 23.- Solicítese su difusión a la Corte Suprema de Justicia de la Nación, al
Consejo de la Magistratura de la Nación, al Tribunal Superior de Justicia de la CABA,
al Consejo de la Magistratura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a la Jefatura
de Gabinete del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a la Legislatura de
la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a las diferentes asociaciones gremiales y a las
entidades que nuclean a magistrados y funcionarios.
Artículo 24.- Encomendar a la Secretaría General de Coordinación que arbitre los
medios necesarios para la publicación de un aviso en periódicos de circulación masiva
informando la presente convocatoria.
Artículo 25.- Encomendar al Departamento de Tecnología y Comunicaciones que se
encuentre disponible en la página oficial del Ministerio Público Fiscal la guía del
Ingresante que se acompaña en el Anexo III de la presente, tanto para descarga como
para poder ser visualizada.
Artículo 26.- Encomendar a la Secretaría General de Coordinación que arbitre los
medios necesarios para iniciar el proceso para la publicación de mil ejemplares de la
guía del Ingresante que se acompaña en el Anexo III de la presente.
Regístrese, publíquese en la página de Internet del MINISTERIO PÚBLICO FISCAL de
la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y en el Boletín Oficial de la CABA; comuníquese,
a la Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires, al Consejo de la Magistratura de la
Ciudad de Buenos Aires, a la Dirección de Factor Humano del CMCABA, al Sr.
Defensor General de la CABA, a la Sra. Asesora General Tutelar de la CABA, a la
Comisión Conjunta de Administración del Ministerio Público, al Centro de Formación
Judicial de la CABA, al Departamentos de Relaciones Laborales de esta Fiscalía
General de la CABA. Cumplido, archívese. Garavano
ANEXOS
ANEXO