RESOLUCIÓN 2097 2013 MINISTERIO DE EDUCACION

Síntesis:

RECTIFICA LA PLANTA ORGÁNICO-FUNCIONAL 2012 APROBADA POR RESOLUCIÓN 700-MEGC-13 - CENTRO DE ACTIVIDADES CULTURALES Y ORQUESTAS JUVENILES E INFANTILES - DESIGNACIONES SUPEDITADAS A LA ACREDITACIÓN DE CAPACIDAD PSICOFÍSICA - ASIGNA PUNTOS ÍNDICES POR CADA HORA CÁTEDRA - MINISTERIO DE EDUCACIÓN

Publicación:

14/06/2013

Sanción:

03/06/2013

Organismo:

MINISTERIO DE EDUCACION


VISTO:

El Expediente N° 880.263/13, y

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley N° 3.623 se ha incorporado dentro del Título I, Capítulo I, Artículo

3 de la Ordenanza N° 40.593, como inciso i), el Área de Programas Socioeducativos;

Que mediante la Resolución N° 700-MEGC/13 se establecen las cantidades de

cargos, la carga horaria y el personal que cubrirá dichos puestos en el Programa

Socioeducativo "Centro de Actividades Culturales y Orquestas Juveniles e Infantiles";

Que se han detectado errores y omisiones en la Resolución mencionada;

Que la Dirección General de Coordinación Legal e Institucional ha tomado la

intervención que le compete.

Por ello, y en uso de las facultades que le son propias,

EL MINISTRO DE EDUCACIÓN

RESUELVE

Artículo 1.- Rectifícase la Planta Orgánico-Funcional 2012 aprobada por Resolución

700-MEGC/13 para el Programa "Centro de Actividades Culturales y Orquestas

Juveniles e Infantiles", de acuerdo a lo expresado en el Anexo I (IF-2013-01493275-

DGCLEI), que a todos sus efectos forma parte integrante de la presente Resolución.

Artículo 2.- Amplíanse los términos de la Resolución N° 700-MEGC/13 (Programa

"Centro de Actividades Culturales y Orquestas Juveniles e Infantiles"), incluyendo en

sus alcances a los agentes que se detallan en el Anexo II, que a todos sus efectos

forma parte integrante de la presente Resolución.

Artículo 3.- Determínase que las designaciones del personal incluido en la presente

Resolución están supeditadas a la acreditación de su capacidad psicofísica mediante

el certificado extendido por el servicio médico del Gobierno de la Ciudad de Buenos

Aires, dentro de los sesenta (60) días corridos desde la notificación de la designación,

conforme el articulo 14 del Estatuto del Docente, así como la acreditación ante los

organismos competentes de las condiciones exigidas en el artículo 6 inciso c) y

reglamentación del cuerpo normativo.

Artículo 4.- Determínase que a los efectos de dar cumplimiento al artículo 8 de la Ley

3623, se les asignarán 10 puntos índices más por cada hora cátedra, remunerativo y

bonificable por antigüedad, a los agentes mencionados en el Anexo II mientras

continúen designados en las horas cátedra que revisten en el marco del Programa

mencionado.

Artículo 5.- Déjase constancia que el gasto que demande la ejecución de la presente

Resolución será imputado a la partida Jurisdicción 55, Inciso 1, Partida Principal 1.

Artículo 6.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, y pase para

su conocimiento y demás efectos a las Subsecretarías de Gestión Educativa y

Coordinación Pedagógica, de Políticas Educativas y Carrera Docente, de Equidad

Educativa y de Gestión Económico Financiera y Administración de Recursos; a las

Direcciones Generales de Personal Docente y No Docente, de Planeamiento y Control

de Gestión, de Administración de Recursos y de Estrategias para la Educabilidad, a la

Gerencia Operativa de Recursos Humanos Docentes, y a la Oficina de Gestión

Sectorial (Ministerio de Educación); a la Dirección General de Planeamiento y Control

de Gestión, de Administración y Liquidación de Haberes (Ministerio de Modernización)

y a la Gerencia Operativa de Administración del Régimen Docente (Ministerio de

Modernización). Cumplido, archívese. Bullrich

ANEXO

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
Art. 1 de la Res. 2097-MEGC-13 rectifica la Planta Orgánico-Funcional 2012 aprobada por Resolución 700-MEGC-13.- Art. 2 amplia los términos de la misma Resolución.