RESOLUCIÓN 344 2013 MINISTERIO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD
Síntesis:
APRUEBA PLIEGOS DE BASES Y CONDICIONES - AUTORIZA EL LLAMADO A LICITACIÓN PÚBLICA DE ETAPA MÚLTIPLE PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE CORRESPONDENCIA CON DESTINO A LA DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN DE INFRACCIONES
Publicación:
26/06/2013
Sanción:
19/06/2013
Organismo:
MINISTERIO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD
VISTO:
La Ley N° 2.095, y su Decreto Reglamentario N° 754-08 modificado por los Decretos
Nros 232/10,109/12 y 547/12, el Expediente N° 1.633.025/2.011, y
CONSIDERANDO:
Que por la citada actuación tramita la contratación del Servicio de Correspondencia
con destino a la Dirección General de Administración de Infracciones;
Que el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales ha sido aprobado por
Disposición N° 171/DGCYC/08 por la Dirección General de Compras y Contrataciones
en su carácter de Órgano Rector y de acuerdo a las facultades otorgadas por el
Artículo 85° de la Ley N° 2.095;
Que las características propias del servicio que se propicia contratar por la presente
gestión, como asimismo, su trascendencia, importancia y el interés público
comprometido han determinado la razonabilidad de que dichos pliegos sean
adquiridos por los proveedores interesados previo pago de una suma de dinero;
Que en el particular, la adquisición de los Pliegos de Bases y Condiciones
correspondientes a la presente Licitación Pública serán obtenidos previo pago de una
suma de Pesos Cinco Mil. ($ 5.000.-);
Que fundamenta este proceder de la administración, la protección de los intereses
económicos del Gobierno, que debe observar, en todas las etapas del proceso
licitatorio los criterios de austeridad y ahorro en el uso de sus recursos, tornándose la
gratuidad del pliego en una formalidad costosa e innecesaria. (Artículo 7 inc. 6) de la
Ley N° 2.095). Este recaudo se impone a todo aquel que pretenda presentarse como
oferente en la Licitación Pública de marras, sin que represente un óbice a la
concurrencia e igualdad de los potenciales interesados;
Que por su parte conforme el tipo y modalidad licitatoria gestionada, el referido servicio
será ejecutado mediante la implementación del procedimiento de Orden de Compra
abierta, regulada por el Artículo 40 de la Ley N° 2.095, correspondiendo establecer los
lineamientos presupuestarios que posibiliten su ejecución;
Que mediante el Decreto N° 109/12 se modificó el artículo 40 del Anexo 1 del Decreto
N° 754/08 que reglamenta la modalidad de contratación con Orden de Compra abierta,
estableciéndose que la afectación preventiva del crédito y el compromiso definitivo se
efectuarán en forma conjunta en el momento de la emisión de cada solicitud de
provisión y solamente por el monto de la misma;
Que atento la modalidad de esta contratación "orden de compra abierta" y el carácter
del gasto que nos ocupa, plurianual, la Gerencia Operativa Oficina de Gestión
Sectorial (OGESE) y la Dirección General Oficina de Gestión Pública y Presupuesto
(OGEPU), han tomado intervención tal como lo prescriben los Decretos N° 109/12 y N°
2/13, respectivamente.
Que la Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires ha tomado
intervención en los presentes actuados,
Por ello, de acuerdo a lo expuesto precedentemente y en uso de las facultades
conferidas por el Art.13° de la Ley N° 2095 y su Decreto Reglamentario N° 754/08
modificado por los Decretos Nros. 232/10, 109/12 y 547/12.
Artículo 1°.- Apruébanse los Pliegos de Bases y Condiciones Particulares Anexo N°
2564740/MJYSGC/13 y de Especificaciones Técnicas Anexo
N°
2564780/MJYSGC/13, que como Anexos forman parte de la presente Resolución, para
la prestación del Servicio de Correspondencia con destino a la Dirección General de
Administración de Infracciones, por un monto total estimado de PESOS DOSCIENTOS
VEINTISIETE MILLONES ($ 227.000.000.-).
Artículo 2°.- Autorízase a la Dirección General de Compras y Contrataciones a realizar
el pertinente llamado a Licitación Pública de Etapa Múltiple bajo la modalidad de
Orden de Compra abierta, al amparo de lo establecido en el artículo.31°, primera parte
del artículo 32° y 40 de la Ley N° 2.095 y conforme los Pliegos a los que se alude en el
artículo precedente.
Artículo 3°.- Déjase establecido que la autorización y el compromiso de gastos quedan
subordinados al crédito que para cada ejercicio se consigne en los presupuestos
correspondientes y que la afectación preventiva del crédito y el compromiso definitivo
se efectuaran en forma conjunta en el momento de la emisión de cada solicitud de
provisión y solamente por el monto de la misma.
Artículo 4°.- Desígnase a los integrantes de la Comisión Evaluadora de Ofertas de la
Licitación Pública, la cual estará conformada por el Dr. Martín Stratico (D.N.I. N°
27.309.597) en representación del Ministerio de Hacienda, y a los Sres. Leonardo
Marcelo Paszko (D.N.I. N° 20.611.571) y Juan Carlos González (D.N.I. N° 16.050.861),
por el Ministerio de Justicia y Seguridad.
Artíulo 5°.- Fíjase el valor del pliego de la presente licitación en Pesos Cinco Mil ($
5.000.-). Los mismos podrán ser consultados y/o adquiridos en Avda. Roque Sáenz
Peña N° 547 Piso 8° en el horario de 10.00 a 15.00 horas.
Artículo 6°.- Remítanse las invitaciones y comunicaciones previstas en los Arts. 93°,
97° y 98° de la Ley N° 2095 y su Decreto Reglamentario N° 754/08 modificado por los
Decretos Nros. 232/10, 109/12 y 547/12.
Artículo 7°.- Regístrese; publíquese en el Boletín Oficial y en el sitio de Internet de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, remítase a la Dirección General de Compras y
Contrataciones para la prosecución de su trámite. Montenegro
ANEXOS
El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 4181