RESOLUCIÓN 7 2013 MINISTERIO JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS

Síntesis:

 ESTABLECE PROCEDIMIENTO - TRÁMITES POR EXPEDIENTE ELECTRÓNICO - EE - TRATAS -  SADE - CONVOCATORIA EMPRESAS CUENCA MATANZA RIACHUELO - CERTIFICADO DE APTITUD AMBIENTAL -  CATEGORIZACIÓN CERTIFICADO DESRATIZACIÓN DE DEMOLICIÓN - AGENTES DE REAUDACIÓN - REGISTRO ACTIVIDADES INDUSTRIALES  - LEY 257 CONSERVACIÓN Y MANTENIMIENTO EDILICIO - LEY 4268 DEMOLICIÓN Y EXCAVACIÓN - SOLICITUD DE ESTACIONAMIENTO TARJETA CONTROL  - PERMISO DE CARGAS ESPECIALES

Publicación:

27/06/2013

Sanción:

19/06/2013

Organismo:

MINISTERIO JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS


VISTO:

Las Leyes Nros. 3.304 y 4.013, los Decretos Nros. 589/09 y 196/11, la Resolución N°

190/MMGC/12 y el Expediente N°2013-01933942-MGEYA-DGMAD y,

CONSIDERANDO:

Que en el marco de la política de modernización de la Administración Pública, este

Gobierno ha impulsado distintas medidas tendientes a adoptar el uso de herramientas

tecnológicas que permitan agilizar y racionalizar considerablemente los trámites

administrativos, al tiempo de dotarlos de una mayor transparencia y accesibilidad para

su control, al hacerlos disponibles por medios informáticos;

Que una de las medidas adoptadas en esta línea fue la aprobación, mediante el

Decreto N° 589/09, del Sistema de Administración de Documentos Electrónicos -

SADE- que, asimismo, facultó a la Secretaría Legal y Técnica a dictar las normas

necesarias para la implementación y funcionamiento de dicho sistema;

Que posteriormente, la Ley N° 3.304 estableció el Plan de Modernización de la

Administración Pública del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires a fin de encarar un

proceso de modernización administrativa;

Que en el Capítulo III, Título II del Anexo de la Ley antes mencionada, denominado

"Del Gobierno Electrónico y nuevas Tecnologías de la Información y Comunicación",

se dispuso entre sus actividades "...desarrollar la arquitectura tecnológica para la

implementación del expediente electrónico";

Que en ese marco, por Decreto N° 196/11 se ordenó la implementación del

"Expediente Electrónico", en los términos de la Ley N° 3.304;

Que dicho Decreto encomendó a la Jefatura de Gabinete de Ministros y a la Secretaría

Legal y Técnica a dictar las normas reglamentarias, aclaratorias y complementarias

que resulten necesarias;

Que por su parte el artículo 26 de la Ley de Ministerios N° 4.013 designa al Ministerio

de Modernización como la Autoridad de Aplicación del referido Plan de Modernización

de la Administración Pública, quedando además facultado a diseñar e implementar las

políticas de incorporación y mejoramiento de los procesos, tecnologías, infraestructura

informática y sistemas y tecnologías de gestión, del Gobierno de la Ciudad Autónoma

de Buenos Aires;

Que asimismo dicha Ley establece que le corresponde a la Jefatura de Gabinete, en

forma conjunta con el Ministerio de Modernización, diseñar, coordinar y verificar la

implementación de las políticas de gobierno electrónico y tecnologías de la información

para el Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad;

Que las políticas que encabeza el Ministerio de Modernización se caracterizan por ser

transversales a las funciones del resto de las unidades de Gobierno, lo cual ha sido

receptado en la Resolución N° 190/MMGC/12;

Que en ese marco y con el objeto de fomentar la planificación, la eficiencia y la

transparencia a fin de poder potenciar su labor, este Gobierno ha buscado

estandarizar procesos, procedimientos y tareas inherentes a diferentes trámites

administrativos;

Que asimismo distintas normas han previsto la incorporación de trámites

administrativos al Expediente Electrónico como herramienta de gestión administrativa;

Que en esta instancia resulta pertinente avanzar en el proceso de incorporación de

trámites al Expediente Electrónico, a fin de dar cumplimiento al Decreto N° 196/11.

Por ello y en uso de las facultades que les son propias,

EL MINISTRO DE MODERNIZACIÓN, EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS

Y EL SECRETARIO LEGAL Y TÉCNICO

RESUELVEN:

Artículo 1°.- Establécese que deberán tramitar por Expediente Electrónico, utilizando el

Módulo "EE" del Sistema de Administración de Documentos Electrónicos -SADE-, de

conformidad con lo establecido en el Decreto N° 196/11, los procedimientos de:

Convocatoria Empresas Cuenca Matanza Riachuelo

Certificado de Aptitud Ambiental y Categorización

Certificado Desratización de Demolición

Rotación en el Exterior de Agente Municipal

Programa Apoyo a la Competitividad Pyme

Recursos Humanos - Cese de Servicios Art. 48 Inc.B

Recursos Humanos-Designación de Residentes

Registro Actividades Industriales

Ley 257 Conservación y Mantenimiento Edilicio

Ley 4268 Demolición y Excavación

Descargo de Actuaciones

Demolición Total

Ejecución Obra Publica

Subsidio para Cooperativa - Reciclado

Reserva de Espacio para transporte de Caudales

Solicitud de Estacionamiento Tarjeta Control

Permiso de Cargas Especiales

Limpieza Altas y Bajas - Camiones

Limpieza Altas y Bajas - Contenedores

Agentes de Recaudación

Agentes de Recaudación Reintegro Saldo a Favor

Agentes de Recaudación Exclusión a los Regímenes

Agentes de Recaudación Reducción de Alícuota

Agentes de Recaudación Consulta/Interpretación de Normativa Vigente

Agentes de Recaudación Autorización Compensación Saldo a Favor

Agentes de Recaudación Descargo por Intimaciones

Agentes de Recaudación Solicitud Prorroga de Inicio al Régimen

Agentes de Recaudación Pedido de Repetición

Agentes de Recaudación Inicio de Sumario Administrativo

Artículo 2°.- Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos

Aires, comuníquese a todos los Ministerios y Secretarías del Poder Ejecutivo, a todas

las reparticiones con rango o nivel equivalente, a la Procuración General de la Ciudad

de Buenos Aires, a la Sindicatura General de la Ciudad de Buenos Aires y a los

Organismos Descentralizados del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires. Cumplido,

archívese. Ibarra - Rodríguez Larreta - Clusellas

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

REGLAMENTA
Res.7-MJGGC-MMGC-SECLYT incorpora código de trata para el Módulo EE del SADE de conformidad con lo establecido en el Dec.196-11