DECRETO 885 2002
Síntesis:
DESIGNACIÓN AD HONOREM DE LOS INTEGRANTES DE LA COMISIÓN DE PROTECCIÓN Y PROMOCIÓN DE LOS CAFÉS, BARES, BILLARES Y CONFITERÍAS NOTABLES DE LA CIUDAD - JORGE TELERMAN - JORGE PURCIARIELLO - SILVIA FAJRE - MARÍA DE LAS NIEVES ARIAS INCOLLÁ - LETICIA MARONESE
Publicación:
12/08/2002
Sanción:
31/07/2002
Organismo:
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
Visto el Expediente N° 21.661/2002, y
CONSIDERANDO:
Que mediante la Ley N° 35 (B.O. N° 484) se creó la Comisión de Protección y Promoción de los Cafés, Bares, Billares y Confiterías Notables de la Ciudad de Buenos Aires;
Que el artículo 1° de la citada norma, incisos a) y d), establece que la mencionada Comisión estará integrada por cuatro (4) representantes del Poder Ejecutivo de este Gobierno, incluyendo al Secretario de Cultura, y al Director de Turismo y un (1) representante de la Comisión para la Preservación del Patrimonio Histórico Cultural de la Ciudad de Buenos Aires;
Que consecuentemente se hace necesario proceder a la designación de las personas que desempeñarán dicha función;
Por ello y en uso de las atribuciones y facultades conferidas por los artículos 102 y 104 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Artículo 1°- Desígnanse ad honorem a las personas que a continuación se mencionan para integrar la Comisión de Protección y Promoción de los Cafés, Bares, Billares y Confiterías Notables de la Ciudad de Buenos Aires, creada por Ley N° 35:
- Lic. Jorge Alberto Telerman - Secretario de Cultura o el funcionario/a que éste designe en su representación.
- Sr. Jorge Oscar Purciariello - Subsecretario de Turismo o el funcionario/a que éste designe en su representación.
- Arq. Silvia Marta Fajre - Subsecretaria de Patrimonio Cultural o el funcionario/a que ésta designe en su representación.
- Arq. María de las Nieves Arias Incollá.
- Lic. Leticia Maronese -Secretaria General Comisión para la Preservación del Patrimonio Histórico Cultural de la Ciudad de Buenos Aires.
Artículo 2°- El presente Decreto será refrendado por los señores Secretarios de Cultura, de Hacienda y Finanzas y Jefe de Gabinete.
Artículo 3°- Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás fines, pase a la Secretaría de Cultura y a la Subsecretaría de Turismo.