RESOLUCIÓN 639 2013 MINISTERIO DE SALUD
Síntesis:
APRUEBA PROGRAMA DOCENTE - RESIDENCIA CLÍNICA MÉDICA - ORIENTACIÓN EN HEMOTERAPIA E INMUNOHEMATOLOGÍA - MINISTERIO DE SALUD
Publicación:
05/07/2013
Sanción:
19/06/2013
Organismo:
MINISTERIO DE SALUD
VISTO:
La Ordenanza N° 40.997, la Ley N° 153, el Expediente N° 1.884.465/MGEYA-
DGDOIN/2013, y
CONSIDERANDO:
Que la Ordenanza N° 40.997 regula el Sistema de Residencias del Equipo de Salud en
sus distintas especialidades básicas y posbásicas de formación de los recursos
humanos en salud en el Nivel de Postgrado;
Que el programa de la Residencia de Clínica Médica con orientación en Hemoterapia
e Inmunohematología tiene por objetivo disponer de recursos humanos altamente
calificados que amplíe las garantías de seguridad transfusional y autosuficiencia en
sangre y componentes, en cumplimiento de lo preceptuado en la Ley de Sangre N°
3328;
Que, en ese sentido, la Dirección de Capacitación y Docencia dependiente de la
Dirección General de Docencia e Investigación propicia la aprobación del Programa
Docente de la Residencia de Clínica Médica con orientación en Hemoterapia e
Inmunohematología;
Que el diseño curricular del mencionado Programa Docente pretende, a través de un
proceso estructurado y formal, la adquisición de competencias que avalen el ejercicio
de la especialidad contemplando los avances científicos - tecnológicos y los problemas
del sistema de salud, constituyendo la herramienta esencial para cumplimentar los
extremos de la precitada Ordenanza y la Ley Básica de Salud N° 153.
Por ello, en uso de las facultades legales que le son propias,
Artículo 1.- Apruébase el Programa Docente de la Residencia de Clínica Médica con
orientación en Hemoterapia e Inmunohematología, el que como Anexo forma parte
integrante de la presente.
Artículo 2.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires, y para su conocimiento y demás efectos pase a la Dirección General
Docencia e Investigación y a la Dirección de Capacitación y Docencia. Cumplido,
archívese. Reybaud
ANEXOS
El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 4188