DECRETO 275 2013
Síntesis:
MODIFICA ESTRUCTURA ORGÁNICA DEL MINISTERIO DE DESARROLLO URBANO - CREA EL ORGANISMO FUERA DE NIVEL - UNIDAD DE PROYECTOS ESPECIALES OBRAS RED DE SUBTERRÁNEOS - UPE - RANGO NIVEL Y ATRIBUCIONES DE DIRECCIÓN GENERAL - ORGANIGRAMA - OBJETIVOS
Publicación:
17/07/2013
Sanción:
10/07/2013
Organismo:
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
VISTO:
Las Leyes Nros. 4.013 y 4.472, los Decretos Nros. 660/11 y 101/13, y el Expediente N°
1.524.287/13, y
CONSIDERANDO:
Que por la Ley N° 4.013 se sancionó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad
de Buenos Aires contemplándose entre los Ministerios del Poder Ejecutivo, al
Ministerio de Desarrollo Urbano;
Que la citada norma estableció como competencia del Ministerio de Desarrollo Urbano
la de "Entender en la supervisión, planificación, programación y diseño de flujos de
movilidad, obras viales y subterráneas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires";
Que la Ley N° 4.472 tiene por objeto la regulación y la reestructuración del Sistema de
Transporte Ferroviario de Pasajeros de Superficie y Subterráneo de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires (SUBTE), teniendo como objetivo la prestación idónea,
eficiente y de calidad del servicio público, la puesta en valor de la líneas ferroviarias de
superficie y subterráneas existentes, el desarrollo de la infraestructura ferroviaria de
superficie y subterráneas así como la seguridad operativa de la prestación del servicio
público;
Que mediante el Decreto N° 101/13 se transfirió el Organismo Fuera de Nivel
Subterráneos de Buenos Aires Sociedad del Estado del ámbito del Ministerio de
Desarrollo Urbano, al ámbito de la Jefatura de Gabinete de Ministros y se estableció
que el Ministerio de Desarrollo Urbano podrá intervenir en la elaboración de los
anteproyectos y/o proyectos ejecutivos de las obra públicas relacionadas con la
infraestructura urbana y en la programación, dirección, supervisión, ejecución y control
de las obras públicas nuevas y en curso de ejecución de arquitectura, ingeniería e
infraestructura urbana en lo concerniente al SUBTE que le encomiende la Comisión
creada en el artículo 3° del decreto citado e intervendrá con los alcances allí
mencionados en las obras públicas vinculadas con la Línea "H" y el Nodo Obelisco;
Que en virtud de las funciones asignadas al Ministerio de Desarrollo Urbano por el
citado Decreto, resulta necesario contar con una instancia organizativa adecuada para
efectuar las tareas allí indicadas;
Que a los efectos de desarrollar dichas tareas resulta idónea la creación en el ámbito
del Ministro de Desarrollo Urbano, como Organismo Fuera de Nivel, la Unidad de
Proyectos Especiales (UPE) "Obras Red de Subterráneos", quedando parcialmente
modificado el Decreto N° 660/11.
Por ello, y en uso de las facultades conferidas por los artículos 102 y 104 de la
Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
Artículo 1°.- Créase en el ámbito del Ministerio de Desarrollo Urbano como Organismo
Fuera de Nivel, la Unidad de Proyectos Especiales (UPE) "Obras Red de
Subterráneos", con rango, nivel y atribuciones de Dirección General de acuerdo con
los Anexos I (Organigrama) y II (Objetivos), los que a todos sus efectos forman parte
integrante del presente, quedando modificado parcialmente el Decreto N° 660/11,
Artículo 2°.- El Ministerio de Hacienda a través de la Dirección General Oficina de
Gestión Pública y Presupuesto arbitrará las medidas pertinentes a fin de dar
cumplimiento a lo dispuesto en el presente Decreto.
Artículo 3°.- El presente Decreto es refrendado por los señores Ministros de Desarrollo
Urbano y de Modernización y por el Señor Jefe de Gabinete de Ministros.
Artículo 4.- Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos
Aires, comuníquese a Subterráneos de Buenos Aires Sociedad del Estado, y a las
Direcciones Generales Oficina de Gestión Pública y Presupuesto del Ministerio de
Hacienda, y a la Dirección General de Capital Humano del Ministerio de
Modernización, y para su conocimiento y demás efectos, remítase a Ministerio de
Desarrollo Urbano. Cumplido, archívese. MACRI - Chaín - Ibarra - Rodríguez Larreta