RESOLUCIÓN 9 2013 SECRETARIA LEGAL Y TECNICA

Síntesis:

TRAMITAR EXPEDIENTE ELECTRÓNICO - A PARTIR 15-07-2013 - MÓDULO-EE - SISTEMA DE ADMINISTRACIÓN DE DOCUMENTOS ELECTRÓNICOS-SADE - APRA INSPECCIÓN INSPECCIÓN TÉCNICA-CLASIFICACIÓN Y GESTIÓN AMBIENTAL - HIGIENE Y SANEAMIENTO - RECURSOS HUMANOS-INSTRUCCIÓN SUMARIO - BÓVEDA-PANTEÓN TRANSFERENCIA - CEMENTERIOS PLANOS DE MESURA - PATRIMONIO HISTÓRICO REGISTRO PIEZAS ARQUEOLÓGICAS Y PALEONTOLÓGICAS - ESTADO OCUPACIONAL DEL DOMINIO PUBLICO - REVOCACIÓN CONCESIÓN Y/O PERMISO PRECARIO - INFRACCIÓN LEY 22802 - INFRACCIÓN LEY 24240 - TESORERÍA-COMISIONES PAGOS VOLUNTARIOS DE INFRACCIONES - SUCESIONES LICENCIAS TAXIS - TRANSFERENCIA LICENCIAS TAXIS - INFRACCIONES EN VÍA PÚBLICA TAXIS - DESTRABA LICENCIA - INSCRIPCIÓN EN REGISTRO DE ENTIDADES-SOLICITUD ONG-RECOMENDACIÓN AL CONSEJO DE PLANEAMIENTO ESTRATÉGICO DE LA LEGISLATURA - MDU-DUPLICADO CERTIFICADO FINAL DE OBRA-OBRAS ADICIONALES - SECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA - MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN - MINISTERIO JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS

Publicación:

18/07/2013

Sanción:

12/07/2013

Organismo:

SECRETARIA LEGAL Y TECNICA


VISTO:

Las Leyes Nros. 3.304 y 4.013, los Decretos Nros. 589/09 y 196/11, la Resolución N°

190/MMGC/12 y el Expediente N° 2013-2766818-DGMAD y

CONSIDERANDO:

Que en el marco de la política de modernización de la Administración Pública, este

Gobierno ha impulsado distintas medidas tendientes a adoptar el uso de herramientas

tecnológicas que permitan agilizar y racionalizar considerablemente los trámites

administrativos, al tiempo de dotarlos de una mayor transparencia y accesibilidad para

su control, al hacerlos disponibles por medios informáticos;

Que una de las medidas adoptadas en esta línea fue la aprobación, mediante el

Decreto N° 589/09, del Sistema de Administración de Documentos Electrónicos -

SADE- que, asimismo, facultó a la Secretaría Legal y Técnica a dictar las normas

necesarias para la implementación y funcionamiento de dicho sistema;

Que posteriormente, la Ley N° 3.304 estableció el Plan de Modernización de la

Administración Pública del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires a fin de encarar un

proceso de modernización administrativa;

Que en el Capítulo III, Título II del Anexo de la Ley antes mencionada, denominado

"Del Gobierno Electrónico y nuevas Tecnologías de la Información y Comunicación",

se dispuso entre sus actividades "...desarrollar la arquitectura tecnológica para la

implementación del expediente electrónico";

Que en ese marco, por Decreto N° 196/11 se ordenó la implementación del

"Expediente Electrónico", en los términos de la Ley N° 3.304;

Que dicho Decreto encomendó a la Jefatura de Gabinete de Ministros y a la Secretaría

Legal y Técnica a dictar las normas reglamentarias, aclaratorias y complementarias

que resulten necesarias;

Que por su parte el artículo 26 de la Ley de Ministerios N° 4.013 designa al Ministerio

de Modernización como la Autoridad de Aplicación del referido Plan de Modernización

de la Administración Pública, quedando además facultado a diseñar e implementar las

políticas de incorporación y mejoramiento de los procesos, tecnologías, infraestructura

informática y sistemas y tecnologías de gestión, del Gobierno de la Ciudad Autónoma

de Buenos Aires;

Que asimismo dicha Ley establece que le corresponde a la Jefatura de Gabinete, en

forma conjunta con el Ministerio de Modernización, diseñar, coordinar y verificar la

implementación de las políticas de gobierno electrónico y tecnologías de la información

para el Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad;

Que las políticas que encabeza el Ministerio de Modernización se caracterizan por ser

transversales a las funciones del resto de las unidades de Gobierno, lo cual ha sido

receptado en la Resolución N° 190/MMGC/12;

Que en ese marco y con el objeto de fomentar la planificación, la eficiencia y la

transparencia a fin de poder potenciar su labor, este Gobierno ha buscado

estandarizar procesos, procedimientos y tareas inherentes a diferentes trámites

administrativos;

Que asimismo distintas normas han previsto la incorporación de trámites

administrativos al Expediente Electrónico como herramienta de gestión administrativa;

Que en esta instancia resulta pertinente avanzar en el proceso de incorporación de

trámites al Expediente Electrónico, a fin de dar cumplimiento al Decreto N° 196/11.

Por ello y en uso de las facultades que les son propias,

EL MINISTRO DE MODERNIZACIÓN, EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS

Y EL SECRETARIO LEGAL Y TÉCNICO

RESUELVEN:

Artículo 1°.- Establécese que deberán tramitar por Expediente Electrónico, a partir del

15 de julio del corriente, utilizando el Módulo "EE" del Sistema de Administración de

Documentos Electrónicos -SADE-, de conformidad con lo establecido en el Decreto N°

196/11, los procedimientos de:

1. APRA Inspección

2. APRA Inspección Técnica - Higiene y Saneamiento

3. Recursos Humanos -Instrucción Sumario

4. Bóveda/Panteón Transferencia

5. Cementerios Planos de Mesura

6. Patrimonio Histórico Registro Piezas Arqueológicas y Paleontológicas

7. Estado Ocupacional del Espacio del Dominio Publico

8. Revocación Concesión y/o Permiso Precario

9. Infracción Ley 22802

10. Infracción Ley 24240

11. Tesorería - Comisiones Pagos Voluntarios de Infracciones

12. Sucesiones Licencias Taxis

13. Transferencia Licencias Taxis

14. Infracciones en vía Pública Taxis

15. Destraba Licencia Taxis

16. Solicitud de inscripción en el Registro de Entidades Miembros del Consejo de

Planeamiento Estratégico

17. Solicitud de ONG al Consejo de Planeamiento Estratégico.

18. Elevación de Recomendación del Consejo de Planeamiento Estratégico

19. Solicitud del Consejo de Planeamiento Estratégico a la Legislatura

20. APRA Clasificación y Gestión Ambiental de AED

21. MDU-Duplicado Certificado Final de Obra

22. MDU-Obras Adicionales de Obra.

Artículo 2°.- Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos

Aires, comuníquese a todos los Ministerios y Secretarías del Poder Ejecutivo, a todas

las reparticiones con rango o nivel equivalente, a la Procuración General de la Ciudad

de Buenos Aires, a la Sindicatura General de la Ciudad de Buenos Aires y a los

Organismos Descentralizados del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires. Cumplido,

archívese. Ibarra - Rodríguez Larreta - Clusellas

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

REGLAMENTA
Res. 9-SECLYT-MMGC-MJGGC-13 incorpora códigos de trata para tramitar Expediente Electrónico utilizando Módulo EE -SADE-, establecido en Decreto 196-11