RESOLUCIÓN 9 2013 SECRETARIA LEGAL Y TECNICA
Síntesis:
TRAMITAR EXPEDIENTE ELECTRÓNICO - A PARTIR 15-07-2013 - MÓDULO-EE - SISTEMA DE ADMINISTRACIÓN DE DOCUMENTOS ELECTRÓNICOS-SADE - APRA INSPECCIÓN INSPECCIÓN TÉCNICA-CLASIFICACIÓN Y GESTIÓN AMBIENTAL - HIGIENE Y SANEAMIENTO - RECURSOS HUMANOS-INSTRUCCIÓN SUMARIO - BÓVEDA-PANTEÓN TRANSFERENCIA - CEMENTERIOS PLANOS DE MESURA - PATRIMONIO HISTÓRICO REGISTRO PIEZAS ARQUEOLÓGICAS Y PALEONTOLÓGICAS - ESTADO OCUPACIONAL DEL DOMINIO PUBLICO - REVOCACIÓN CONCESIÓN Y/O PERMISO PRECARIO - INFRACCIÓN LEY 22802 - INFRACCIÓN LEY 24240 - TESORERÍA-COMISIONES PAGOS VOLUNTARIOS DE INFRACCIONES - SUCESIONES LICENCIAS TAXIS - TRANSFERENCIA LICENCIAS TAXIS - INFRACCIONES EN VÍA PÚBLICA TAXIS - DESTRABA LICENCIA - INSCRIPCIÓN EN REGISTRO DE ENTIDADES-SOLICITUD ONG-RECOMENDACIÓN AL CONSEJO DE PLANEAMIENTO ESTRATÉGICO DE LA LEGISLATURA - MDU-DUPLICADO CERTIFICADO FINAL DE OBRA-OBRAS ADICIONALES - SECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA - MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN - MINISTERIO JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
Publicación:
18/07/2013
Sanción:
12/07/2013
Organismo:
SECRETARIA LEGAL Y TECNICA
VISTO:
Las Leyes Nros. 3.304 y 4.013, los Decretos Nros. 589/09 y 196/11, la Resolución N°
190/MMGC/12 y el Expediente N° 2013-2766818-DGMAD y
CONSIDERANDO:
Que en el marco de la política de modernización de la Administración Pública, este
Gobierno ha impulsado distintas medidas tendientes a adoptar el uso de herramientas
tecnológicas que permitan agilizar y racionalizar considerablemente los trámites
administrativos, al tiempo de dotarlos de una mayor transparencia y accesibilidad para
su control, al hacerlos disponibles por medios informáticos;
Que una de las medidas adoptadas en esta línea fue la aprobación, mediante el
Decreto N° 589/09, del Sistema de Administración de Documentos Electrónicos -
SADE- que, asimismo, facultó a la Secretaría Legal y Técnica a dictar las normas
necesarias para la implementación y funcionamiento de dicho sistema;
Que posteriormente, la Ley N° 3.304 estableció el Plan de Modernización de la
Administración Pública del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires a fin de encarar un
proceso de modernización administrativa;
Que en el Capítulo III, Título II del Anexo de la Ley antes mencionada, denominado
"Del Gobierno Electrónico y nuevas Tecnologías de la Información y Comunicación",
se dispuso entre sus actividades "...desarrollar la arquitectura tecnológica para la
implementación del expediente electrónico";
Que en ese marco, por Decreto N° 196/11 se ordenó la implementación del
"Expediente Electrónico", en los términos de la Ley N° 3.304;
Que dicho Decreto encomendó a la Jefatura de Gabinete de Ministros y a la Secretaría
Legal y Técnica a dictar las normas reglamentarias, aclaratorias y complementarias
que resulten necesarias;
Que por su parte el artículo 26 de la Ley de Ministerios N° 4.013 designa al Ministerio
de Modernización como la Autoridad de Aplicación del referido Plan de Modernización
de la Administración Pública, quedando además facultado a diseñar e implementar las
políticas de incorporación y mejoramiento de los procesos, tecnologías, infraestructura
informática y sistemas y tecnologías de gestión, del Gobierno de la Ciudad Autónoma
de Buenos Aires;
Que asimismo dicha Ley establece que le corresponde a la Jefatura de Gabinete, en
forma conjunta con el Ministerio de Modernización, diseñar, coordinar y verificar la
implementación de las políticas de gobierno electrónico y tecnologías de la información
para el Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad;
Que las políticas que encabeza el Ministerio de Modernización se caracterizan por ser
transversales a las funciones del resto de las unidades de Gobierno, lo cual ha sido
receptado en la Resolución N° 190/MMGC/12;
Que en ese marco y con el objeto de fomentar la planificación, la eficiencia y la
transparencia a fin de poder potenciar su labor, este Gobierno ha buscado
estandarizar procesos, procedimientos y tareas inherentes a diferentes trámites
administrativos;
Que asimismo distintas normas han previsto la incorporación de trámites
administrativos al Expediente Electrónico como herramienta de gestión administrativa;
Que en esta instancia resulta pertinente avanzar en el proceso de incorporación de
trámites al Expediente Electrónico, a fin de dar cumplimiento al Decreto N° 196/11.
Por ello y en uso de las facultades que les son propias,
Artículo 1°.- Establécese que deberán tramitar por Expediente Electrónico, a partir del
15 de julio del corriente, utilizando el Módulo "EE" del Sistema de Administración de
Documentos Electrónicos -SADE-, de conformidad con lo establecido en el Decreto N°
196/11, los procedimientos de:
1. APRA Inspección
2. APRA Inspección Técnica - Higiene y Saneamiento
3. Recursos Humanos -Instrucción Sumario
4. Bóveda/Panteón Transferencia
5. Cementerios Planos de Mesura
6. Patrimonio Histórico Registro Piezas Arqueológicas y Paleontológicas
7. Estado Ocupacional del Espacio del Dominio Publico
8. Revocación Concesión y/o Permiso Precario
9. Infracción Ley 22802
10. Infracción Ley 24240
11. Tesorería - Comisiones Pagos Voluntarios de Infracciones
12. Sucesiones Licencias Taxis
13. Transferencia Licencias Taxis
14. Infracciones en vía Pública Taxis
15. Destraba Licencia Taxis
16. Solicitud de inscripción en el Registro de Entidades Miembros del Consejo de
Planeamiento Estratégico
17. Solicitud de ONG al Consejo de Planeamiento Estratégico.
18. Elevación de Recomendación del Consejo de Planeamiento Estratégico
19. Solicitud del Consejo de Planeamiento Estratégico a la Legislatura
20. APRA Clasificación y Gestión Ambiental de AED
21. MDU-Duplicado Certificado Final de Obra
22. MDU-Obras Adicionales de Obra.
Artículo 2°.- Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos
Aires, comuníquese a todos los Ministerios y Secretarías del Poder Ejecutivo, a todas
las reparticiones con rango o nivel equivalente, a la Procuración General de la Ciudad
de Buenos Aires, a la Sindicatura General de la Ciudad de Buenos Aires y a los
Organismos Descentralizados del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires. Cumplido,
archívese. Ibarra - Rodríguez Larreta - Clusellas