DECRETO 940 2002

Síntesis:

DESESTIMA RECURSOS POR LOS QUE SE SOLICITO LA INCLUSIÓN DE VEHÍCULOS EN EL PADRON DE TAXIS

Publicación:

16/08/2002

Sanción:

31/07/2002

Organismo:

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES


Visto el Expediente N° 45.623/92 y los acumulados sin agregar, Expedientes Nros. 45.618/92, 45.634/92, 45.606/92, 45.633/92, 45.607/92, 45.641/92, 45.625/92, 45.631/92, 59.586/92, 45.622/92 y 45.624/92, por los que tramitan recursos solicitando la inclusión de vehículos al Registro de Licencias de Automóviles de Alquiler con Taxímetro, y

CONSIDERANDO:

Que de la documentación agregada a las actuaciones surge la eventual comisión de una clara maniobra por la que se intenta obtener el reconocimiento de un derecho inexistente;

Que los informes adjuntos de la Comisión de Estudio creada por Resolución N° 14/SSTYT/2000 (B.O.C.B.A. N° 880) en el ámbito de la Subsecretaría de Tránsito y Transporte, determinan que de la compulsa de las copias de los títulos de propiedad del automotor, agregadas en los expedientes, guardan similitud con aquellos obrantes en otros, en especial las marcas que han sido resaltadas;

Por ello, de acuerdo con lo dictaminado por la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires en cada actuación y en uso de las facultades legales que le son propias (artículo 104 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires),

EL JEFE DE GOBIERNO DE LA CIUDAD

AUTONOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA:

Artículo 1° Desestímanse los reclamos interpuestos en las actuaciones individualizadas en el Anexo I, que a todos sus efectos forma parte integrante del presente, solicitando la inclusión de vehículos en el Padrón de Licencias de Automóviles de Alquiler con Taxímetro.

Artículo 2° Dése intervención a la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires, a los fines de formular las pertinentes denuncias penales que correspondieren.

Artículo 3° El presente Decreto será refrendado por los señores Secretarios de Obras y Servicios Públicos, de Hacienda y Finanzas y por el señor Jefe de Gabinete.

Artículo 4° Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a la Subsecretaría de Tránsito y Transporte y a Empresa Concesionaria SACTA S.A., notifíquese a los reclamantes por intermedio de la Dirección General Mesa General de Entradas, Salidas y Archivo y pase a la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires, a los fines dispuestos en el artículo 2° del presente Decreto.


ANEXOS

ANEXO I

Expediente Titular Dominio
Exp. N° 45.623/92 Gramajo, Luis Roque C 1.292.487
Exp. N° 45.618/92 Iglesias, Julio Eugenio C 1.035.235
Exp. N° 45.634/92 Pérez, Alberto José C 1.133.159
Exp. N° 45.606/92 D'Assaro, Javier José C 1.210.133
Exp. N° 45.633/92 Barone, Antonio C 1.102.419
Exp. N° 45.607/92 Santillán, Nely Haydée C 1.398.962
Exp. N° 45.641/92 Delgado, María Quiroga de C 1.171.948
Exp. N° 45.625/92 García Villamil, Alejandro C 1.035.114
Exp. N° 45.631/92 Trovero, Rumilda C 1.314.560
Exp. N° 59.586/92 Abalos, Mario Oscar C 1.134.000
Exp. N° 45.622/92 Sicolo, Jorge Salvador C 1.101.394
Exp. N° 45.624/92 García Villamil, Alejandro C 1.243.033

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle