RESOLUCIÓN 451 2013 SUBSECRETARÍA DE TRANSPORTE
Síntesis:
TRANSFERENCIA DE LICENCIAS DE TAXIS - CERTIFICADO DE LIBRE DEUDA DE OBRA SOCIAL - DEJA SIN EFECTO LA RESOLUCIÓN 392-SSTRANS-13
Publicación:
30/07/2013
Sanción:
26/07/2013
Organismo:
SUBSECRETARÍA DE TRANSPORTE
VISTO:
Las Leyes Nros. 2.148, 3.622, Los Decretos Nros. 498/08,143/12 y el Expediente N°
1242235/13, y
CONSIDERANDO:
Que el Código de Tránsito y Transporte de la Ciudad de Buenos Aires aprobado por la
Ley N° 2.148 y modificado por la Ley 3622, establece en el Artículo 12.4.4.2 inc. h) de
su Anexo pertinente que a los efectos de la transferencia de licencias de taxi, se
deberá presentar como requisito previo, un Certificado de Libre Deuda de Obra Social;
Que la Ley N° 23.660 regula las obras sociales sindicales correspondientes a las
asociaciones gremiales de trabajadores con personería gremial y los derechos que a
las mismas le corresponden;
Que la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) mediante Resolución
General RG 3329 y concordantes establece el modo de determinación de la deuda por
obra social y el procedimiento correspondiente;
Que resulta necesario determinar las responsabilidades que por aportes a obras
sociales se establecen en las relaciones laborales entre los titulares de licencias de
taxi y los conductores empleados;
Que resulta propicio que tales determinaciones se efectúen al momento de la
transferencia de las licencias de taxi, oportunidad en que suele producirse el distracto
en la relación laboral;
Que se encuentra pendiente de establecerse las formalidades y procedimientos para
la obtención del Certificado de Libre de Deuda Obra social exigido por la normativa.
Que por un error material e involuntario se firmó con fecha 5 de Julio de 2013, la
Resolución N° 392-SSTRANS-2013, cuando no estaban perfeccionados los términos
de la misma.
Que por esa razón, debería dejarse sin efecto la resolución mencionada en el párrafo
anterior.
Por ello, en uso de las facultades conferidas los Decretos N° 498/08 y 143/12;
Articulo 1°.- Dejase sin efecto la Resolución N° 392-SSTRANS-2013, ya que por un
error material e involuntario se firmó con fecha 5 de Julio de 2013, la Resolución N°
392-SSTRANS-2013, cuando no estaban perfeccionados los términos de la misma.
Artículo 2°. - Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
y remítase a la Dirección General de Transporte. Cumplido. Archívese. Dietrich