RESOLUCIÓN 978 2013 SUBSECRETARÍA DE TRABAJO

Síntesis:

CONVOCA AL CONCURSO BUENOS AIRES EFICIENCIA ENERGÉTICA Y PRODUCCIÓN SUSTENTABLE 2013 - APRUEBA LAS BASES Y CONDICIONES DEL PRESENTE CONCURSO - DESIGNA A  LA DIRECCIÓN GENERAL DE FOMENTO PRODUCTIVO E INNOVACIÓN TECNOLÓGICA COMO UNIDAD EJECUTORA - ENTIDADES PATROCINADORAS Y-O LAS EMPRESAS PARTICIPANTES - PRESENTACIÓN DE PROYECTOS - SUBSECRETARÍA DE DESARROLLO ECONÓMICO

Publicación:

01/08/2013

Sanción:

25/07/2013

Organismo:

SUBSECRETARÍA DE TRABAJO


VISTO:

Decretos Nros. 236/GCABA/2012, 587/GCABA/2009, las Resoluciones Nros.

100/SSDE/2012, 58/SSDE/2013, 522/MDEGC/2013, y los Expedientes N° EXP. E.-

2013-00881679 -MGEYA-DGFPIT, EXP. E.-2013-00919454 -MGEYA-DGFPIT, y

CONSIDERANDO:

Que por medio del Decreto N° 236/GCABA/12 se estableció la estructura orgánico

funcional del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, determinándose que

la Subsecretaría de Desarrollo Económico, dependiente del Ministerio de Desarrollo

Económico, tiene entre sus responsabilidades primarias entender en los planes,

programas y proyectos dirigidos a promover empresas y emprendedores porteños, así

como también instrumentar y coordinar las programas, proyectos y actividades

necesarias para promover la innovación tecnológica, la consolidación y el desarrollo

del sistema productivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que mediante el Decreto N° 587/GCABA/2009 se creó el Programa "Fomento al

Desarrollo de las PYMES Porteñas" en el ámbito del Ministerio de Desarrollo

Económico, destinado a favorecer tanto el surgimiento y/o consolidación de nuevos

emprendimientos productivos en los sectores industrial, comercial y de servicios, como

la implementación de mejoras pro competitivas en pequeñas y medianas empresas

que operan en el ámbito de la Ciudad Autónoma, designando a la Subsecretaría de

Desarrollo Económico como Autoridad de Aplicación del citado programa;

Que la Autoridad de Aplicación ha quedado facultada a realizar las convocatorias

periódicas para la presentación de proyectos, según se establece en el Anexo II del

Decreto 587/GCABA/2009;

Que en tal sentido, se deberán establecer las condiciones de elegibilidad y priorización

de los proyectos a los cuales se les brindará asistencia técnica y/o financiera con

actividad productiva en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que, el espíritu del programa es apoyar el desarrollo de proyectos económicamente

viables, de impacto positivo en la economía porteña y que sean compatibles con la

estrategia, las capacidades técnicas y de gestión, la infraestructura y la estructura

organizacional de la empresa;

Que, la higiene y seguridad industrial resultan aspectos largamente trabajados desde

la normativa y los controles del Estado;

Que, estimular a las PYMES para que desarrollen o mejoren las condiciones de

seguridad industrial e higiene de sus plantas, produce efectos multiplicadores en

cuanto a calidad de vida de quienes allí trabajan, como así también en cuanto al

consumo energético y eficiencia en los resultados;

Que, la adopción de tecnologías y procesos que permitan una convivencia más

armónica entre lo productivo, lo social y lo urbano, son cuestiones de interés prioritario

para el Gobierno de la Ciudad;

Que, la mejora en la gestión ambiental en las PYMES porteñas puede contribuir

fuertemente a remediar, atenuar o eliminar efectos nocivos para el resto de los

habitantes de la Ciudad, haciendo de este modo más sustentable el crecimiento de la

actividad económica en el mediano y largo plazo;

Que, la asistencia que el Estado pueda brindar en materia de mejora en la gestión

ambiental en las PyMEs, colaborará con la estrategia general de desarrollo de la

empresa, con su estructura técnica, productiva y de gestión;

Que, mediante la Resolución N° 100/SSDE/2012, se convocó al concurso "Buenos

Aires Eficiencia Energética y Producción Sustentable 2012", con el objeto de otorgar

Aportes No Reembolsables (ANR) a proyectos de mejora de condiciones de seguridad

y salud ocupacional en los lugares de trabajo, concretar acciones en materia de

gestión ambiental e implementar modificaciones u optimizaciones que permitan

incrementar la eficiencia en el uso de los recursos energéticos de las empresas que se

encuentren en el ejido de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que, en atención a la experiencia mencionada, mediante la Resolución N°

58/SSDE/2013 se convocó al concurso "Apoyo a la Competitividad Pyme 2013", a

través de la cual se convocó a las entidades para que participen como patrocinadoras

de negocios de MIPyMEs en las tres categorías del mencionado concurso;

Que, por lo tanto, resulta necesario fijar las bases y condiciones del concurso a través

del cual se brindará asistencia financiera a las PyMes porteñas, como así también los

lineamientos de evaluación de los proyectos que aspiren a acceder a los beneficios

establecidos en la presente;

Que por Resolución 522/MDEGC/2013, se encomendó al Subsecretario de Trabajo la

atención de los asuntos y firma del despacho de la Subsecretaría de Desarrollo

Económico a partir del 25 de Julio de 2013, hasta tanto se designe el titular de la

referida Subsecretaría.

Por ello, y en uso de las facultades que le son propias,

EL SUBSECRETARIO DE TRABAJO

RESUELVE

Artículo 1°.- Convócase al Concurso "Buenos Aires, Eficiencia Energética y Producción

Sustentable 2013", convocado por Resolución N° 58/SSDE/2013, en el marco del

Programa creado por el Decreto N° 587/GCABA/2009, destinado a otorgar aportes no

reembolsables a proyectos de mejora de condiciones de seguridad y salud

ocupacional en los lugares de trabajo, concretar acciones en materia de gestión

ambiental e implementar modificaciones u optimizaciones que permitan incrementar la

eficiencia en el uso de los recursos energéticos de las empresas que se encuentren en

el ejido de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Artículo 2°.- Apruébanse las Bases y Condiciones del presente Concurso (Anexo I) IF-

2013-03302332-SSTR, Listado de Actividades Excluidas (Anexo II-A) IF-2013-

03302337-SSTR, Listado Indicativo de Tópicos del Concurso (Anexo II-B) IF-2013-

03302344-SSTR, Listado de Documentación Requerida en formato físico (Anexo III A)

IF-2013-03302345-SSTR, Listado de Documentación Requerida en formato digital

(Anexo III B) IF-2013-03302347-SSTR, Carta de Presentación y Declaración Jurada

(Anexo IV) IF-2013-03302350-SSTR, Información General de la Empresa y Proyecto

(Anexo V - Formulario A) IF-2013-03302352-SSTR, Información Técnica de la

Empresa y Proyecto (Anexo V - Formulario B) IF-2013-03302360-SSTR y Cuadros

Técnicos (Anexo V - Formulario C) IF-2013-03302412-SSTR, Asentimiento Conyugal

(Anexo VI) IF-2013-03302416-SSTR, Acta Acuerdo Gobierno de la Ciudad Autónoma

de Buenos Aires y la Empresa Beneficiaria (Anexo VII) IF-2013-03302452-SSTR, y

Carta Acuerdo entre Entidad Patrocinadora y Empresa Patrocinada (Anexo VIII) IF-

2013-03302457-SSTR, Listado de Documentación Requerida para la Firma del Acta

Acuerdo (Anexo IX) IF-2013-03302460-SSTR y el Instructivo para elaborar el informe a

presentar por Personas Físicas y Sociedades que no Confeccionan Estados Contables

(Anexo X) IF-2013-03302462-SSTR, todos ellos, integrantes de la resolución en

tratamiento.

Artículo 3°.- Establécese que la Subsecretaría de Desarrollo Económico, en su

carácter de Autoridad de Aplicación, tendrá a su cargo las tareas de:

a) Determinar el orden de mérito de los proyectos presentados.

b) Administrar los fondos presupuestarios destinados al Programa.

c) Suscribir las Actas Acuerdo con las empresas ganadoras.

d) Interpretar y resolver toda cuestión no prevista en la presente normativa.

Artículo 4°.- Desígnase a la Dirección General de Fomento Productivo e Innovación

Tecnológica, dependiente de la Subsecretaría de Desarrollo Económico, como Unidad

Ejecutora. Establécese que la Unidad Ejecutora tendrá a su cargo:

a) Recibir y registrar los proyectos que se presenten a esta convocatoria en los

términos y alcances establecidos en el Anexo I de la presente.

b) Evaluar los proyectos presentados de acuerdo a la metodología establecida en el

Anexo I.

c) Interactuar con otras dependencias del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos

Aires, para un mejor análisis de proyectos específicos, en los casos que ellos se

correspondan con temáticas específicas vinculadas con la competencias de las

mismas.

d) Dictaminar acerca de la procedencia de aprobar o rechazar cada proyecto

presentado, recomendando a la Autoridad de Aplicación la decisión a adoptar.

e) Notificar a las empresas participantes de la decisión adoptada por la Autoridad de

Aplicación respecto de los respectivos proyectos.

f) Solicitar la intervención de la Dirección General de Contaduría con el objeto de hacer

efectivo el desembolso del subsidio otorgado a los ganadores.

g) Auditar el cumplimiento de las actividades y la correcta asignación de los recursos

por parte de las firmas beneficiarias en un todo de acuerdo con las responsabilidades

asumidas por las empresas.

h) Aprobar eventuales prórrogas y/o modificaciones a los proyectos declarados

ganadores, siempre y cuando no modifiquen los objetivos y finalidades que tuvieron en

mira.

i) Proceder a realizar las intimaciones necesarias para el cumplimiento del proyecto,

dar por finalizados los mismos y en consecuencia autorizar la devolución del seguro de

caución al que hace referencia el Anexo I de la presente Resolución, en el caso que

corresponda, o la ejecución de los seguros de caución que se hayan otorgado para

garantizar los proyectos.

Artículo 5°.- Asígnase para el presente Concurso la suma total de PESOS UN MILLÓN

($ 1.000.000) proveniente de las partidas presupuestarias vigentes.

Artículo 6°.- Establécese que las entidades patrocinadoras y/o las empresas

participantes podrán presentar los proyectos a partir del día siguiente de la publicación

de la presente Resolución en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires hasta el

día día 9 de septiembre de 2013, para lo cual deberán dar de alta al proyecto vía Web

en el aplicativo creado para tal efecto en la dirección

www.programabae.mdebuenosaires.gob.ar, adjuntando los documentos solicitados en

el Anexo III B, confirmada el alta del proyecto en el aplicativo deberán presentar la

documentación enumerada en el Anexo III A de la presente Resolución, en original y

copia, sin anillar, ni engrampar. Debiendo realizarse dicha presentacion en la sede de

la Dirección General de Fomento Productivo e Innovación Tecnológica, dependiente

de la Subsecretaría de Desarrollo Económico, sita en Avenida Roque Sáenz Peña

832, Piso 7°, de ésta Ciudad, en el horario de 10 hs a 15 hs.

Artículo 7°.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,

y comuníquese para su conocimiento y demás efectos, a la Dirección General de

Fomento Productivo e Innovación Tecnológica dependiente de esta Subsecretaría, a la

Unidad de Auditoría Interna, a la Dirección General Técnica Administrativa y Legal de

este Ministerio y a la Dirección General de Contaduría y de Tesorería dependientes del

Ministerio de Hacienda. Cumplido, archívese. Sabor


ANEXOS

ANEXO

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 4206

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRA
Art. 1 de la Res. 978-SSTR-13, convoca al Concurso Buenos Aires, Eficiencia Energética y Producción Sustentable 2013, en el marco de la Resolución 58-SSDE-13.
MODIFICADA POR
Res. 998-SSTR-13 Rectifica el Art.6 y el Anexo III A de la Res. 978-SSTR-13
COMPLEMENTADA POR
Art 2 de la Res 169-SSDE-13 aprueba las Herramientas de Evaluación para la calificación y selección de los proyectos de negocios presentados en el Concurso Buenos Aires, Eficiencia Energética y Producción Sustentable 2013 , convocado por Res 978-SSTR-13
INTEGRADA POR
Art. 2 de la Res.173-SSDE-13, aprueba las Herramientas de Evaluación para la calificación y selección de los proyectos de negocios de las PyMEs, presentados en el concurso Buenos Aires Eficiencia Energética y Producción Sustentable 2013, convocado por Res. 978-SSTR-13.