DECRETO 326 2013
Síntesis:
CREACIÓN DE CENTROS - CFP - CREA EL CENTRO DE FORMACIÓN PROFESIONAL 37 - CON FUNCIONAMIENTO EN LA CALLE PEDRO CHUTRO 3003 - DEPENDENCIA DE LA GERENCIA OPERATIVA DE EDUCACIÓN Y TRABAJO - SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN EDUCATIVA Y COORDINACIÓN PEDAGÓGICA - MINISTERIO DE EDUCACIÓN - CREA LA PLANTA ORGÁNICO FUNCIONAL - POF - PROGRAMA PROYECTOS DE FORMACIÓN PROFESIONAL - FUNDACIÓN UOCRA
Publicación:
06/08/2013
Sanción:
30/07/2013
Organismo:
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
VISTO:
Los Decretos Nros. 238/99, 666/06 y 294/12, el Expediente N° 509.572/11, y
CONSIDERANDO:
Que por la actuación citada en el Visto, la Fundación UOCRA solicita la creación de un
Centro de Formación Profesional (CFP) con las especialidades que se deberían
desarrollar en dicha Unidad Educativa tendiente a brindar la oferta a los trabajadores
de la construcción, articulando la terminación de estudios y la formación para el
trabajo;
Que por Decreto N° 238/99 y normas modificatorias se creó el Programa "Proyectos
de Formación Profesional" cuyo objeto consiste en posibilitar la vinculación de la
educación con el sistema productivo, articulando servicios destinados a favorecer y
concretar la realización de cursos y actividades de capacitación para el empleo y
perfeccionamiento laboral;
Que mediante Decreto N° 666/06 se dispuso que el Programa "Proyectos de
Formación Profesional" citado, vincule la educación con el sistema productivo,
articulando servicios de formación, capacitación profesional y el perfeccionamiento
laboral en el marco del Sistema Integrado de Formación Técnico Profesional;
Que la Fundación UOCRA considera a la educación para los trabajadores de la
construcción un factor determinante para garantizar el crecimiento de los mismos y
mejorar la calidad en servicios de los recursos humanos;
Que la Dirección General de Educación de Gestión Estatal no formuló objeción alguna
respecto del proyecto de creación del Centro de Formación Profesional N° 37;
Que mediante el Decreto N° 294/12 se aprobó el Convenio de Permiso de Uso
Precario y Gratuito que posibilita concretar la obtención del espacio físico necesario
para el emplazamiento del CFP N° 37;
Que la creación propiciada cuenta con el correspondiente reflejo presupuestario.
Por ello, y en uso de las facultades conferidas por los Artículos 102 y 104 de la
Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
Aríiculo 1°.- Créase, en el ámbito de la Gerencia Operativa de Educación y Trabajo,
dependiente de la Subsecretaría de Gestión Educativa y Coordinación Pedagógica del
Ministerio de Educación, el Centro de Formación Profesional N° 37, que funcionará en
la calle Pedro Chutro N° 3003 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Artículo 2°.- Apruébase la Planta Orgánica Funcional para el establecimiento
mencionado en el artículo que antecede, conforme el Anexo I, que a todos sus efectos
forma parte integrante del presente Decreto.
Artículo 3°.- El gasto que demande la presente gestión será deducido del presupuesto
del corriente ejercicio.
Artículo 4°.- El presente Decreto es refrendado por los señores Ministros de
Educación, de Modernización y de Hacienda y por el señor Jefe de Gabinete de
Ministros.
Artículo 5°.- Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos
Aires y pase para su conocimiento y demás efectos a la Dirección General de
Contaduría del Ministerio de Hacienda, a la Subsecretaría de Gestión de Recursos
Humanos del Ministerio de Modernización y al Ministerio de Educación. Cumplido,
archívese. MACRI - Bullrich - Ibarra - Grindetti - Rodríguez Larreta
ANEXOS
El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 4209