DECRETO 326 2013

Síntesis:

CREACIÓN DE CENTROS -  CFP - CREA EL CENTRO DE FORMACIÓN PROFESIONAL  37 -  CON FUNCIONAMIENTO EN LA CALLE PEDRO CHUTRO 3003 - DEPENDENCIA DE LA  GERENCIA OPERATIVA DE EDUCACIÓN Y TRABAJO  -  SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN EDUCATIVA Y COORDINACIÓN PEDAGÓGICA - MINISTERIO DE EDUCACIÓN - CREA LA PLANTA ORGÁNICO FUNCIONAL - POF -   PROGRAMA PROYECTOS   DE FORMACIÓN PROFESIONAL - FUNDACIÓN UOCRA

Publicación:

06/08/2013

Sanción:

30/07/2013

Organismo:

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES


VISTO:

Los Decretos Nros. 238/99, 666/06 y 294/12, el Expediente N° 509.572/11, y

CONSIDERANDO:

Que por la actuación citada en el Visto, la Fundación UOCRA solicita la creación de un

Centro de Formación Profesional (CFP) con las especialidades que se deberían

desarrollar en dicha Unidad Educativa tendiente a brindar la oferta a los trabajadores

de la construcción, articulando la terminación de estudios y la formación para el

trabajo;

Que por Decreto N° 238/99 y normas modificatorias se creó el Programa "Proyectos

de Formación Profesional" cuyo objeto consiste en posibilitar la vinculación de la

educación con el sistema productivo, articulando servicios destinados a favorecer y

concretar la realización de cursos y actividades de capacitación para el empleo y

perfeccionamiento laboral;

Que mediante Decreto N° 666/06 se dispuso que el Programa "Proyectos de

Formación Profesional" citado, vincule la educación con el sistema productivo,

articulando servicios de formación, capacitación profesional y el perfeccionamiento

laboral en el marco del Sistema Integrado de Formación Técnico Profesional;

Que la Fundación UOCRA considera a la educación para los trabajadores de la

construcción un factor determinante para garantizar el crecimiento de los mismos y

mejorar la calidad en servicios de los recursos humanos;

Que la Dirección General de Educación de Gestión Estatal no formuló objeción alguna

respecto del proyecto de creación del Centro de Formación Profesional N° 37;

Que mediante el Decreto N° 294/12 se aprobó el Convenio de Permiso de Uso

Precario y Gratuito que posibilita concretar la obtención del espacio físico necesario

para el emplazamiento del CFP N° 37;

Que la creación propiciada cuenta con el correspondiente reflejo presupuestario.

Por ello, y en uso de las facultades conferidas por los Artículos 102 y 104 de la

Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

EL JEFE DE GOBIERNO

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA

Aríiculo 1°.- Créase, en el ámbito de la Gerencia Operativa de Educación y Trabajo,

dependiente de la Subsecretaría de Gestión Educativa y Coordinación Pedagógica del

Ministerio de Educación, el Centro de Formación Profesional N° 37, que funcionará en

la calle Pedro Chutro N° 3003 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Artículo 2°.- Apruébase la Planta Orgánica Funcional para el establecimiento

mencionado en el artículo que antecede, conforme el Anexo I, que a todos sus efectos

forma parte integrante del presente Decreto.

Artículo 3°.- El gasto que demande la presente gestión será deducido del presupuesto

del corriente ejercicio.

Artículo 4°.- El presente Decreto es refrendado por los señores Ministros de

Educación, de Modernización y de Hacienda y por el señor Jefe de Gabinete de

Ministros.

Artículo 5°.- Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos

Aires y pase para su conocimiento y demás efectos a la Dirección General de

Contaduría del Ministerio de Hacienda, a la Subsecretaría de Gestión de Recursos

Humanos del Ministerio de Modernización y al Ministerio de Educación. Cumplido,

archívese. MACRI - Bullrich - Ibarra - Grindetti - Rodríguez Larreta


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 4209

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRA
Dec. 326-13 el funcionamiento del CFP 37 se realizará en el Predio sito en P. Chutro 3003, cedido en comodato a la Fundación UOCRA por Dec. 294-12
INTEGRA
Dec. 326-13 crea el CFP 37 M. de Educación , en el marco del Dec. 666-06