RESOLUCIÓN 292 2013 SUBSECRETARÍA DE DEPORTES
Síntesis:
APROBACIÓN - PROCESO PARA PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO INHERENTE - TRATAMIENTO PARA REGULARIZACIÓN DE TODAS LAS DEUDAS PENDIENTES DE RENDICIÓN CORRESPONDIENTE A LOS SUBSIDIOS QUE SE OTORGUEN EN EL MARCO DE LA LEY 1624 - GESTIÓN PARA LA RENDICIÓN DE CUENTAS Y CANCELACIÓN DE DEUDAS POR SUBSIDIOS NO RENDIDOS PROCESOS REGULARIZACIÓN DE DEUDORES MOROSOS POR SUBSIDIOS NO RENDIDOS Y SANCIÓN E INICIACIÓN DE ACCIONES LEGALES A MOROSOS INCOBRABLES POR SUBSIDIOS NO RENDIDOS
Publicación:
16/08/2013
Sanción:
26/07/2013
Organismo:
SUBSECRETARÍA DE DEPORTES
VISTO:
La Ley N° 4.013, el Decreto Reglamentario N° 660/GCABA/2011, el Decreto N°
724/GCABA/2011, el Decreto N° 1.510//1997, la Ley N° 1.624 y sus modificatorias la
Ley N° 3.218 y la Ley N° 4.059, el Decreto Reglamentario N° 1.416/07, la Resolución
N° 48/SSDEP/08, la Resolución N° 50/SSDEP/10, el Expediente N° 1613055-2013, y
CONSIDERANDO:
Que, por la Ley N° 4.013 se aprobó la Ley de Ministerios de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires;
Que, mediante el Decreto N° 236/2012, se aprobó la estructura organizativa,
dependiente del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires, y se estableció entre otras responsabilidades primarias de la Subsecretaría de
Deportes: "Diseñar políticas de administración y control de cumplimiento de las normas
deportivas en materia de subsidios a instituciones y organizaciones del sector";
Que mediante Decreto N° 724/11 ha sido ratificado el suscripto, en su cargo, como
Subsecretario de la Subsecretaría de Deportes;
Que la Ley del Deporte N° 1.624 y sus modificatorias Leyes N° 3.218 y 4.059; y su
Decreto Reglamentario N° 1.416/2007, tiene por objeto regular, promover, fiscalizar, y
coordinar el deporte amateur y profesional y la actividad físico-recreativa a nivel
comunitario y en edad escolar de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que mediante la Resolución N° 48/GCABA/SSDEP/2008 y su modificatoria Resolución
N° 50/GCABA/SSDEP2010, se reglamenta el otorgamiento y rendición de cuentas de
subsidios;
Que, esta Subsecretaría se ha fijado -entre otros objetivos en materia de
procedimientos administrativos- continuar con la identificación, diagnóstico y diseño de
los procesos que se desarrollan en el ámbito del organismo;
Que entre otros proyectos en estudio, se trabajó en el referente al tratamiento que
debe otorgársele a aquellos beneficiarios de subsidios que, una vez finalizado el plazo
estipulado para la rendición de cuentas de los fondos recibidos, no hubieran efectuado
la presentación, en tiempo y forma, de los comprobantes de gastos que respalden las
erogaciones realizadas ante esta Subsecretaría de Deportes;
Que dado su condición de autoridad de aplicación, es función de la Subsecretaría de
Deportes, intervenir en la formulación de los reclamos e intimaciones
correspondientes, hasta lograr la regularización respectiva por parte de los que se
encuentren incursos en situación de morosidad; o bien, de persistir esa condición
como deudores incobrables, realizar las gestiones pertinentes ante la Procuración
General del Gobierno de la Ciudad, para que se inicien las acciones legales y
judiciales que pudieran corresponder ante la Justicia;
Que los principales actores del proceso, como referentes de las áreas que tienen
intervención en las diferentes acciones que hacen al mismo, han participado de las
reuniones necesarias para formular el proyecto, determinando el diagnóstico e
incorporando las modificaciones pertinentes y finalmente, efectuar el diseño del
proceso;
Que fueron consideradas las normas de aplicación general y particular, respecto del
proceso y de cada una de las acciones que hacen al mismo;
Que dicho Proceso ha sido ratificado por cada uno de los funcionarios intervinientes y
validado por los mismos, habiéndolo autorizado las Dirección General de
Infraestructura y Administración y Dirección General Deporte Social y Desarrollo
Deportivo, según puede apreciarse a fojas 39 del ANEXO I - IF N° 2258831-SSDEP-
2013- que forma parte integrante de la presente;
Que conforme lo expuesto, surge la necesidad que se otorgue la debida
institucionalidad al mencionado proceso, mediante el dictado de una norma que así lo
determine.
Por ello, y en uso de las facultades legales que le son propias,
Articulo 1°.- Apruébase el proceso para el procedimiento administrativo inherente al
tratamiento que se aplicará en esta Subsecretaría, para la regularización de todas las
deudas pendientes de rendición, correspondiente a los subsidios que se otorguen en
el marco de la Ley N° 1.624 y modificatorias, cuyo Grupo de Procesos se denominara
"GESTIÓN PARA LA RENDICIÓN DE CUENTAS Y CANCELACIÓN DE DEUDAS
POR SUBSIDIOS NO RENDIDOS" e integrado por los Procesos: "REGULARIZACIÓN
DE DEUDORES MOROSOS POR SUBSIDIOS NO RENDIDOS" y "SANCIÓN E
INICIACIÓN DE ACCIONES LEGALES A MOROSOS INCOBRABLES POR
SUBSIDIOS NO RENDIDOS", según se detalla en el Anexo I que antecede, y que a
todos sus efectos forma parte integrante de la presente Resolución.
Articulo 2°.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires y comuníquese para su conocimiento y demás efectos a la Dirección
General de Deporte Social y Desarrollo Deportivo, a la Dirección General de
Infraestructura y Administración y a la Dirección General Técnica Administrativa y
Legal del Ministerio de Desarrollo Económico. Cumplido, archívese. Irarrazaval
ANEXOS