RESOLUCIÓN 2606 2013 MINISTERIO DE EDUCACION
Síntesis:
AMPLÍAN LOS TÉRMINOS DE LA RESOLUCIÓN 700-MEGC-13 - CARGOS - CARGA HORARIA - PERSONAL QUE CUBRIRÁ PUESTOS EN EL PROGRAMA SOCIOEDUCATIVO CENTRO DE ACTIVIDADES CULTURALES Y ORQUESTAS JUVENILES E INFANTILES - APRUEBA ÍNDICE SALARIAL
Publicación:
16/08/2013
Sanción:
31/07/2013
Organismo:
MINISTERIO DE EDUCACION
VISTO:
El Expediente N° 1.286.691/13, y
CONSIDERANDO:
Que mediante la Ley N° 3.623 se ha incorporado dentro del Título I, Capítulo I, Artículo
3° de la Ordenanza N° 40.593, como inciso I), el Área de Programas Socioeducativos;
Que mediante la Resolución N° 700-MEGC/13 y su modificatoria, Resolución 2097-
MEGC/13, se establecen las cantidades de cargos, la carga horaria y el personal que
cubrirá dichos puestos en el Programa Socioeducativo "Centro de Actividades
Culturales y Orquestas Juveniles e Infantiles";
Que se han detectado errores y omisiones en las resoluciones mencionadas;
Que aún no ha concluido el proceso de traspaso de la Planta Transitoria a los
interinatos de los Programas Socioeducativos;
Que la Dirección General de Coordinación Legal e Institucional ha tomado la
intervención que le compete.
Por ello, y en uso de las facultades que le son propias,
Artículo 1.- Amplíanse los términos de a Resolución N° 700-MEGC/13 (Programa
"Centro de Actividades culturales y Orquestas Juveniles e Infantiles), modificada por la
Resolución 2097-MEGC/13 incluyendo en sus alcances a los agentes que se detallan
en el Anexo (IF 2013-03167061-DGCLEI) que a todos sus efectos forma parte
integrante de la presente Resolución.
Artículo 2.- Rectifícase el cargo asignado a la agente SILVA Ana Laura, CUIL 27-
29543295-6 -como aplicación de la ley 3623- consignado en el Anexo de la Resolución
700-MEGC/2013 debiendo el mismo ser "Asistente HC" y no "Profesor HC".
Artículo 3.- Rectifícase el cargo asignado a las agentes CERVETTO Daniela, CUIL 27-
27241257-5 y MEZA Isabel CUIL 27-35254742-0 -como aplicación de la ley 3623-
consignados en el Anexo II de la Resolución 2097-MEGC/2013 debiendo el mismo ser
"Profesor HC" y no "Asistente HC".
Artículo 4.- Rectifícanse los bloques asignados al cargo de Asistente de la agente
GIUSTI María Julieta, CUIL 27-25696883-0, consignados en el Anexo II de la
Resolución 2097-MEGC/2013 debiendo los mismos ser "9+9+3" y no "9+4+3".
Artículo 5.- Determínase que las designaciones del personal incluido en la presente
Resolución están supeditadas a la acreditación de su capacidad psicofísica mediante
el certificado extendido por el servicio médico del Gobierno de la Ciudad de Buenos
Aires, dentro de los sesenta (60) días corridos desde la notificación de la designación
conforme el artículo 14 del Estatuto del Docente así como la acreditación ante los
organismos competentes de las condiciones exigidas en el artículo 6 inciso c) y
reglamentación del cuerpo normativo.
Artículo 6.- Determínase que a los efectos de dar cumplimiento al artículo 8 de la Ley
3623, se les asignarán 10 puntos índices más por cada hora cátedra, remunerativo y
bonificable por antigüedad, a los agentes mencionados en el Anexo mientras
continúen designados en las horas cátedra que revisten en el marco del Programa
mencionado.
Artículo 7.- Déjase constancia que el gasto que demande la ejecución de la presente
Resolución se transfiere de la Jurisdicción 55 -Inciso 1- Partida Principal 2 a la misma
Jurisdicción e Inciso -Partida Principal 1-.
Artículo 8.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, y
efectúense las Comunicaciones Oficiales pertinentes a las Subsecretarías de Gestión
Educativa y Coordinación Pedagógica, de Políticas Educativas y Carrera Docente, de
Equidad Educativa y de Gestión Económico Financiera y Administración de Recursos,
a las Direcciones Generales de Estrategias para la Educabilidad, de Personal Docente
y no Docente, de Planeamiento y Control de Gestión, de Administración de Recursos y
de Estrategias para la Educabilidad, a la Gerencia Operativa de Recursos Humanos
Docentes, y a la Oficina de Gestión Sectorial (Ministerio de Educación), a la Dirección
General de Planeamiento y Control de Gestión, de Administración y Liquidación de
Haberes (Ministerio de Modernización), y a la Gerencia Operativa de Administración
del Régimen Docente (Ministerio de Modernización). Cumplido, archívese. Bullrich
ANEXOS
El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 4217