LEY DE APROBACIÓN INICIAL 2013
Síntesis:
CATALOGA NIVEL DE PROTECCIÓN ESTRUCTURAL - TEATRO TABARIS - SITO AV CORRIENTES 831-829 - CÓDIGO DE PLANEAMIENTO URBANO
Publicación:
20/08/2013
Sanción:
01/08/2013
Organismo:
LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
Artículo 1°.- Catalógase con Nivel de Protección "Estructural" en los términos del
Artículo 10.3.3, correspondiente al Capítulo 10.3 "Catalogación" del Código de
Planeamiento Urbano, el Teatro Tabaris sito en Av. Corrientes 831/829, Nomenclatura
Catastral: Sección 1, Manzana 005, Parcela 029.
Art. 2°.- Declárase Monumento, según los términos del Artículo 4° de la ley 1227, el
inmueble catalogado por el Artículo 1°.
Deberá preservarse su denominación histórica "Tabaris", como así también el uso
teatro, admitiéndose usos complementarios a los mismos que no afecten ni alteren el
carácter del inmueble.
Art. 3°.- Incorpórase el inmueble catalogado por el Artículo 1° al Listado de Inmuebles
Catalogados Singulares de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, previsto en el
Capítulo 10.3 "Catalogación" del Código de Planeamiento Urbano.
Art. 4°.- El Poder Ejecutivo, a través de la Dirección General Registro de Obras y
Catastro dependiente del Ministerio de Desarrollo Urbano, deberá asentar en la
Documentación Catastral correspondiente, la catalogación establecida por el Artículo
1°.
Art. 5°.- La Ficha de Catalogación N° 01-005-029 forma parte de la presente Ley como
Anexo l.
Art. 6°.- Publíquese y cúmplase con lo dispuesto en los Artículos 89° y 90° de la
Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Vidal - Pérez
ANEXOS
El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 4218