DECRETO 341 2013
Síntesis:
MODIFICA LA ESTRUCTURA ORGANIZATIVA DEL MINISTERIO DE AMBIENTE Y ESPACIO PÚBLICO - CREACIÓN - CREA EL ORGANISMO FUERA DE NIVEL UNIDAD DE PROYECTOS ESPECIALES PLAN MICROCENTRO - EN EL ÁMBITO DE LA SUBSECRETARÍA DE USO DEL ESPACIO PÚBLICO - APRUEBA RESPONSABILIDADES PRIMARIAS - ACCIONES Y OBJETIVOS
Publicación:
26/08/2013
Sanción:
20/08/2013
Organismo:
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
VISTO:
La Ley N°4.013, los Decretos Nros. 660/11, 339/12, 425/12, 66/13, 170/13, el
Expediente N° 2.368.057/13, y
CONSIDERANDO:
Que la actual administración del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
tiene por objetivo desarrollar diversas políticas públicas para mejorar la eficiencia y la
eficacia de su gestión, siendo la implementación y mejora constante de sus estructuras
organizativas una de las acciones centrales para la consecución de los objetivos antes
mencionados;
Que dichas políticas, entre otros aspectos, se han enfocado en pos del desarrollo de
un plan operativo estratégico creando nuevas políticas de recursos humanos,
promoción de una nueva cultura de trabajo, modernización de procesos y mecanismos
administrativos, así como la creación y el establecimiento de nuevas estructuras
orgánico funcionales;
Que por la Ley N° 4.013 se sancionó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad
de Buenos Aires, contemplándose entre los Ministerios del Poder Ejecutivo, al
Ministerio de Ambiente y Espacio Público;
Que por el Decreto N° 660/11 se aprobó la estructura organizativa dependiente del
Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, hasta el nivel de
Dirección General;
Que el citado Decreto fue modificado parcialmente por el Decreto N° 339/12, el cual
aprobó la estructura correspondiente al Régimen Gerencial del Ministerio de Ambiente
y Espacio Público en sus dos niveles, Gerencia y Subgerencia Operativa, la que fue
posteriormente modificada por los Decretos Nros. 425/12, 66/13 y 170/13;
Que conforme a lo dispuesto por los citados Decretos la Subsecretaría de Uso del
Espacio Público del Ministerio de Ambiente y Espacio Público tiene entre sus
Responsabilidades Primarias las de "Entender en la conservación, cuidado y
renovación del Mobiliario Urbano", "Entender en las políticas de uso, ocupación y
control del Espacio Público en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires...",
"Entender en los planes y políticas para la administración y control de cartelería y
publicidad y usos en el espacio público de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires",
entre otras;
Que en virtud de las mencionadas responsabilidades primarias el citado Ministerio
propicia la creación de una instancia que coordine políticas con las distintas áreas de
gobierno tendientes a la reorganización y adecuación del área microcentro de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires con un criterio racional y de ciudad sustentable;
Que los principales objetivos de la precitada instancia consisten en proyectar e
implementar un plan para la puesta en valor integral del área microcentro en
coordinación con las áreas competentes del Gobierno de la Ciudad; promover el
reordenamiento del tránsito y el transporte del área microcentro, propiciando el
aumento de áreas peatonales, en coordinación con la Subsecretaría de Transporte
dependiente de la Jefatura de Gabinete de Ministros; ejecutar las obras civiles en
fachadas de los edificios que posean valor patrimonial en el área microcentro; entre
otras cuestiones;
Que en este sentido, se propicia crear en el ámbito de la Subsecretaría de Uso del
Espacio Público del Ministerio de Ambiente y Espacio Público el Organismo Fuera de
Nivel Unidad de Proyectos Especiales "Plan Microcentro", modificándose parcialmente
la estructura organizativa del Ministerio de Ambiente y Espacio Público, quedando
modificado en tal sentido el Decreto N° 660/11.
Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 102 y 104 de la
Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
Artículo 1°.- Modifícase parcialmente la estructura organizativa del Ministerio de
Ambiente y Espacio Público del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
quedando modificado el Decreto N° 660/11, de acuerdo con los Anexos I
(Organigrama) y II (Responsabilidades Primarias, Acciones y Objetivos), los que a
todos sus efectos forman parte integrante del presente Decreto.
Artículo 2°.- Créase la Unidad de Proyectos Especiales "Plan Microcentro", como
Organismo Fuera de Nivel en la órbita de la Subsecretaría de Uso del Espacio Público
del Ministerio de Ambiente y Espacio Público, de conformidad con los Objetivos que se
detallan en el Anexo II que a todos sus efectos forman parte integrante del presente
Decreto.
Artículo 3°.- El Ministerio de Hacienda, a través de la Dirección General Oficina de
Gestión Pública y Presupuesto, arbitrará las medidas pertinentes para dar
cumplimiento al presente decreto.
Artículo 4°.- El presente decreto es refrendado por los señores Ministros de Ambiente
y Espacio Público y Modernización, y por el señor Jefe de Gabinete de Ministros.
Artículo 5°.- Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos
Aires, comuníquese a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos del
Ministerio de Modernización y a la Dirección General Oficina de Gestión Pública y
Presupuesto del Ministerio de Hacienda, a la Dirección General Capital Humano del
Ministerio de Modernización, y para su conocimiento y demás efectos, remítase al
Ministerio de Ambiente y Espacio Público. Cumplido, archívese. MACRI - Santilli -
Ibarra - Rodríguez Larreta
ANEXOS
El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 4222