RESOLUCIÓN 1022 2013 MINISTERIO DE SALUD
Síntesis:
CONVOCATORIA - LLAMA A CONCURSO A PROFESIONALES PARA CUBRIR BECAS DE CAPACITACIÓN - DIEZ BECAS - SELECCIÓN DE CANDIDATOS - INTEGRACIÓN DEL JURADO - REQUISITOS - BECARIOS - HORARIO - TEMAS PROPUESTOS - ATENCIÓN PRIMARIA DE LA SALUD - ATENCIÓN INTEGRADA - SALUD MENTAL
Publicación:
30/08/2013
Sanción:
20/08/2013
Organismo:
MINISTERIO DE SALUD
VISTO:
La Ordenanza N° 40.406 y su modificatoria N° 41.296, y el Expediente Electrónico N°
3106312-MGEYA-DGDOIN-2013, y
CONSIDERANDO:
Que el régimen para el otorgamiento de becas de capacitación por parte del Gobierno
de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a través del Ministerio de Salud se encuentra
contemplado en la Ordenanza N° 40.406 y su modificatoria N° 41.296;
Que el artículo 3 del Anexo de la citada Ordenanza establece que la entonces
Secretaría de Salud, hoy Ministerio de Salud, llamará anualmente a concurso para
otorgar becas fijando el cupo y las áreas que juzgue necesarias;
Que, asimismo, el mencionado artículo prevé que la Dirección de Capacitación y
Docencia a través de la Dirección General de Docencia e Investigación, elevará las
propuestas respectivas al Ministerio de Salud, con la suficiente antelación a dicho
llamado a concurso;
Que la Dirección de Capacitación y Docencia, elevó la propuesta y propicia el llamado
a concurso para otorgar diez (10) becas de capacitación;
Que, asimismo, la mencionada Ordenanza establece que el Jurado que intervendrá en
la selección de los candidatos estará integrado por un (1) representante del Ministerio
de Salud, que lo presidirá, dos (2) miembros de la Dirección de Capacitación y
Docencia, dos (2) miembros de los Comités de Docencia e Investigación de los
Hospitales, seleccionados por el Ministerio de Salud;
Que en el presupuesto del ejercicio en vigor se han previsto los recursos para afrontar
los gastos que demande el llamado que se propicia por la presente.
Por ello, y en uso de las facultades que le son propias,
Artículo 1.- Llámase a concurso para profesionales a fin de cubrir diez (10) becas de
capacitación a desarrollarse en reparticiones u organismos dependientes del Ministerio
de Salud del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de acuerdo a lo
establecido por la Ordenanza N° 40.406 y su modificatoria Ordenanza N° 41.296,
conforme a las bases y condiciones que se establecen en los Anexos I (IF 3129754-
DGDOIN), II (IF-3129847-DGDOIN) y III (IF-3130343-DGDOIN) que a todos sus
efectos forman parte integrante de la presente.
Artículo 2.- El presente llamado a concurso deberá publicarse por dos (2) días en el
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en la página Web Oficial
Asimismo, deberá publicarse en los Comités de Docencia e Investigación de los
efectores dependientes del Ministerio de Salud y en la página Web de la Dirección de
Capacitación y Docencia.
Artículo 3.- Los gastos que demande el presente llamado a concurso serán imputados
a las partidas presupuestarias de los ejercicios 2012 y 2013.
Artículo 4.- Facúltase a la Dirección General de Docencia e Investigación, a través de
la Dirección de Capacitación y Docencia, a dictar las normas operativas e
interpretativas necesarias para hacer efectivo el llamado a concurso convocado por el
artículo 1° de la presente, fijando las condiciones y cronogramas que regulan el
desarrollo del mismo.
Artículo 5.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires y, para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Dirección
General de Docencia e Investigación y a la Dirección de Capacitación y Docencia.
Reybaud
ANEXOS
El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 4226