DISPOSICIÓN 12 2013 DIRECCION GENERAL DE OFICINA DE GESTION PUBLICA Y PRESUPUESTO
Síntesis:
PAUTAS PARA IDENTIFICAR ACCIONES RELACIONADAS CON EL PLAN INTEGRAL DE SANEAMIENTO DE LA CUENCA MATANZA RIACHUELO- OFICINAS DE GESTIÓN SECTORIAL - OGESE - CONTROL PÚBLICO DE FONDOS - EJECUCIÓN DEL PLAN INTEGRAL DE SANEAMIENTO DE LA CUENCA MATANZA RIACHUELO -PISA- FORMULACIÓN DEL PRESUPUESTO DE LA ADMINISTRACIÓN DEL GOBIERNO DE LA CIUDAD - APERTURA PROGRAMÁTICA DEL GASTO - ACCIONES - CÓDIGO 60 ACUMAR - INVERSIÓN- CONTROL PRESUPUESTARIO
Publicación:
02/09/2013
Sanción:
26/08/2013
Organismo:
DIRECCION GENERAL DE OFICINA DE GESTION PUBLICA Y PRESUPUESTO
VISTO:
la Ley N° 70 de Sistemas de Gestión, Administración Financiera y Control del Sector
Público de la Ciudad y el Decreto N° 1.000-GCBA-1999 reglamentario de la citada
norma, y
CONSIDERANDO:
Que, en los autos caratulados "AUDITORIA GENERAL DE LA NACIÓN s/ CONTROL
PRESUPUESTARIO ACUMAR", anexo de los actuados "Mendoza, Beatriz Silva y
otros c/ ESTADO NACIONAL y otros s/ ejecución de sentencia", en trámite por ante el
Juzgado Federal de Quilmes, se dispuso el control público de los fondos vinculados a
la ejecución del Plan Integral de Saneamiento de la Cuenca Matanza Riachuelo
(PISA);
Que, de los citados autos resulta la exigencia de mantener identificado el volumen de
inversión que la Ciudad de Buenos Aires realiza al plan de saneamiento, razón por la
cual resulta imperioso identificar en el Presupuesto de la Administración del Gobierno
de la Ciudad, a través de la apertura programática del gasto, las acciones directas e
indirectas que llevan a cabo las distintas jurisdicciones y entidades, relacionadas con
dicho plan;
Que asimismo, con el objeto de poder contribuir a una adecuada recopilación,
procesamiento y seguimiento de tales erogaciones, resulta imperioso que las Oficinas
de Gestión Sectorial, en ocasión de formular la apertura programática para cada
ejercicio presupuestario, identifiquen las acciones vinculadas con el Plan Integral de
Saneamiento de la Cuenca Matanza Riachuelo a través de una codificación específica;
Que, en su carácter de Órgano Rector del Sistema Presupuestario, esta Dirección
General se encuentra facultada para dictar las normas técnicas para la formulación de
los presupuestos de la Administración de la Ciudad;
Por ello, y en uso de las competencias establecidas por el Art. 40 inciso c) de la Ley 70
y su reglamentación Decreto N° 1000-GCBA-1999,
Artículo 1°.- Las Oficinas de Gestión Sectorial, en ocasión de formular la apertura
programática para cada ejercicio presupuestario, deberán identificar aquellas acciones
directas e indirectas relacionadas con el Plan Integral de Saneamiento de la Cuenca
Matanza Riachuelo con el código "60 ACUMAR", cualquiera fuese el nivel de apertura
que planifiquen, ya sea programa, actividad, proyecto u obra.
Artículo 2°.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires.
Cumplido, archívese. Callegari