DISPOSICIÓN 14 2012 DIRECCION GENERAL DE OFICINA DE GESTION PUBLICA Y PRESUPUESTO

Síntesis:

SE ESTABLECE CÓDIGO PARA ACCIONES RELACIONADAS CON EL PLAN INTEGRAL DE SANEAMIENTO DE LA CUENCA MATANZA RIACHUELO - OFICINAS DE GESTIÓN SECTORIAL - OGESE - APERTURA PROGRAMÁTICA - ACUMAR - CONTROL PRESUPUESTARIO - INVERSIONES - FORMULACIÓN DEL PRESUPUESTO 2013

Publicación:

27/06/2012

Sanción:

18/06/2012

Organismo:

DIRECCION GENERAL DE OFICINA DE GESTION PUBLICA Y PRESUPUESTO


VISTO:

la Ley N° 70 de Sistemas de Gestión, Administración Financiera y Control del Sector

Público de la Ciudad, el Decreto N° 1.000-GCBA-1999 reglamentario de la citada

norma, el Decreto N° 235-GCABA-12, y

CONSIDERANDO:

Que, el Juzgado Federal de Quilmes a cargo del Dr. Luis ARMELLA en autos

"AUDITORIA GENERAL DE LA NACIÓN s/ CONTROL PRESUPUESTARIO ACUMAR

anexo de los actuados "MENDOZA, Beatriz Silva y otros c /ESTADO NACIONAL y

otros s/ ejecución de sentencia", requiere el control público de los fondos vinculados a

la ejecución del Plan Integral de Saneamiento de la Cuenca Matanza Riachuelo;

Que, asimismo, el citado Juzgado Federal exige tener identificado el volumen de

inversión que la Ciudad de Buenos Aires realiza al citado plan de saneamiento, por lo

cual se hace imperioso identificar a través de la apertura programática del gasto, las

acciones directas o indirectas relacionadas con dicho plan ;

Que, con el objeto de poder contribuir a una adecuada recopilación, procesamiento y

seguimiento de estos gastos, es necesario que las Oficinas de Gestión Sectorial, al

formular su apertura programática para el ejercicio 2013, identifiquen las acciones

relacionadas con el Plan Integral de Saneamiento de la Cuenca Matanza Riachuelo

con una codificación especifica;

Que, esta Dirección General en su carácter de Órgano Rector del Sistema

Presupuestario, se encuentra, junto con los responsables de programas y las Oficinas

de Gestión Sectorial en la etapa de identificación de la estructura productiva y

definición de la apertura programática de las Jurisdicciones que consolidan en el

Presupuesto General de la Ciudad, de acuerdo con el Cronograma de Formulación

aprobado por el Decreto N° 235-GCABA-12 y según los objetivos estratégicos

establecidos para el año 2013.

Por ello, y en función de lo dispuesto por el Art. 40 inciso d) de la Ley 70 y su

reglamentación Decreto N° 1000-GCABA-1999;

EL DIRECTOR GENERAL DE LA OFICINA

DE GESTIÓN PÚBLICA Y PRESUPUESTO

DISPONE:

Articulo 1°.- Las Oficinas de Gestión Sectorial, al formular la apertura programática

para el ejercicio 2013 deberán identificar aquellas acciones directas, indirectas, totales

y parciales relacionadas con el Plan Integral de Saneamiento de la Cuenca Matanza

Riachuelo con el código "60 ACUMAR", cualquiera fuere el nivel de apertura que

planifiquen, ya sea programa, actividad, proyecto u obra.

Articulo 2°.-Regístrese; publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires.

Cumplido, archívese. Callegari

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

COMPLEMENTADA POR
<p>Art. 1 de la Resolución 111-APRA-19 aprueba el Procedimiento para la planificación y ejecución presupuestaria Código 60 ACUMAR, establecido por Disposición 14-DGOGPP-12.</p>
COMPLEMENTADA POR
<p>Art. 1 de la Disposición 12-DGOGPP-13 establece que las Oficinas de Gestión Sectorial, en ocasión de formular la apertura programática para cada ejercicio presupuestario, deberán identificar aquellas acciones directas e indirectas relacionadas con el Plan Integral de Saneamiento de la Cuenca Matanza Riachuelo con el código 60 ACUMAR, establecido por Disposición 14-DGOGPP-12, cualquiera fuese el nivel de apertura que planifiquen, ya sea programa, actividad, proyecto u obra.</p>
COMPLEMENTA
<p>Art. 1 de la Disposición 14-DGOGPP-12 establece que las OGESE al formular la apertura programáticapara el ejercicio 2013 deberán identificar aquellas acciones directas, indirectas, totalesy parciales relacionadas con el Plan Integral de Saneamiento de la Cuenca MatanzaRiachuelo con el código 60 ACUMAR, por Decreto 235-12.-</p>