RESOLUCIÓN 111 2019 AGENCIA DE PROTECCION AMBIENTAL LEY 2628

Síntesis:

SE APRUEBA PROCEDIMIENTO - PLANIFICACIÓN Y EJECUCIÓN PRESUPUESTARIA -  CÓDIGO 60 ACUMAR - AGENCIA DE PROTECCIÓN AMBIENTAL - APRA - PLAN INTEGRAL DE SANEAMIENTO AMBIENTAL - CUENCA MATANZA RIACHUELO - FORMULARIO - PRESUPUESTO - CÓDIGO ÚNICO - FORMULARIO

Publicación:

30/04/2019

Sanción:

16/04/2019

Organismo:

AGENCIA DE PROTECCION AMBIENTAL LEY 2628

Estado:

No vigente


VISTO: Las Leyes N° 70 y N° 2628 (texto consolidado según Ley N° 6.017), las

Disposiciones N°14/DGOGPP/12 y la N°12/DGOGPP/13, el Expediente EX-2019-

03959604-MGEYA-DGEVA y,

CONSIDERANDO:

Que mediante la ley N° 2.628 (texto consolidado según Ley N° 6.017) se creó la

Agencia de Protección Ambiental de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, como

entidad autárquica en el ámbito del Ministerio de Ambiente y Espacio Público de la

Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Que es responsabilidad de la Agencia de Protección Ambiental contribuir con la

salvaguarda de la calidad ambiental y la salud de los habitantes de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires.

Que de acuerdo con lo establecido en la Ley N° 70 de esta Ciudad, el Poder Ejecutivo

determina anualmente los lineamientos generales para la formulación del proyecto de

ley de Presupuesto General.

Que, en ese sentido, y a efectos de poder determinar las acciones que incorporará el

Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires al presupuesto correspondiente con

el Plan Integral de Saneamiento Ambiental de la Cuenca Matanza - Riachuelo (PISA),

la Dirección General de Oficina de Gestión Pública y Presupuesto dependiente de la

Subsecretaría de Gestión y Administración Económica del Ministerio de Economía y

Finanzas de esta Ciudad, emitió las Disposiciones N°14/DGOGPP/12 y la

N°12/DGOGPP/13 conforme las cuales cada oficina de gestión sectorial según

corresponda, al formular la apertura programática, deberá identificar aquellas acciones

directas, indirectas, totales y parciales relacionadas con el Plan Integral de

Saneamiento de la Cuenca Matanza Riachuelo con el Código "60 ACUMAR",

cualquiera fuere el nivel de apertura que planifiquen, ya sea programa, actividad,

proyecto u obra.

Que el código único dentro del Presupuesto Anual de Recursos y Gastos del Gobierno

de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires implica un avance en la organización y el

control interno de las distintas áreas para consolidar la información suministrada y la

correcta imputación de la fuente de financiamiento en las partidas presupuestarias, lo

que permitirá una real exposición de la ejecución presupuestaria.

Que es necesario señalar la importancia de discriminar las imputaciones

presupuestarias con el objeto de tener disponible una base fidedigna en tanto que las

mismas serán informadas tanto a otras reparticiones como a organismos públicos

externos y a la Corte Suprema de Justicia, con la finalidad de que éstos puedan

identificar las erogaciones presupuestarias que esta Agencia realiza en el marco del

Plan Integral de Saneamiento Ambiental de la Cuenca Matanza - Riachuelo (PISA).

Que como consecuencia de lo expuesto, se dicta la presente, con el objeto regular el

procedimiento para la planificación y ejecución presupuestaria respecto del Código "60

ACUMAR", a fin de poder identificar y realizar un seguimiento y monitoreo de las

acciones que desarrolla la Agencia de Protección Ambiental respecto al Saneamiento

en la Cuenca Matanza - Riachuelo (CMR).

Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por la Leyes N° 2.628 (texto

consolidado según Ley N° 6.017) y el Decreto N° 37/GCBA/16,

EL PRESIDENTE

DE LA AGENCIA DE PROTECCIÓN AMBIENTAL

RESUELVE

Artículo 1°.- Apruébese el "Procedimiento para la planificación y ejecución

presupuestaria Código "60 ACUMAR" que, como Anexo I, IF-2019-12110595-GCABA-

APRA forma parte integrante de la presente.

Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

comuníquese a las dependencias de la Agencia de Protección Ambiental y a la

Dirección General de la Oficina de Gestión Pública y Presupuesto dependiente de la

Subsecretaría de Gestión y Administración Económica del Ministerio de Economía y

Finanzas de esta Ciudad. Cumplido, archívese. Filgueira Risso


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 5607

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

DEROGADA POR
<p>Art. 1 de la Resolución 128-APRA-20 deroga la Resolución 111-APRA-19.</p>
COMPLEMENTA
<p>Art. 1 de la Resolución 111-APRA-19 aprueba el Procedimiento para la planificación y ejecución presupuestaria Código 60 ACUMAR, establecido por Disposición 14-DGOGPP-12.</p>