RESOLUCIÓN 16 2013 MINISTERIO JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
Síntesis:
ESTABLECEN PROCEDIMIENTOS QUE DEBERÁN TRAMITAR POR EXPEDIENTE ELECTRÓNICO - PROYECTO DE DECRETO - SOLICITUD DE PERMISO DE RESERVA DE DOCUMENTOS - CORTE DE TRANSITO - APRA - GENERADOR EVENTUAL DE RESIDUOS PELIGROSOS - INSPECCIÓN DE ESPACIO PÚBLICO - MECENAZGO - EVALUACIÓN CURSOS POSTÍITULOS DOCENTES - VALIDEZ NACIONAL TÍTULOS Y ESTUDIO - PATENTES - IMPUESTO INMOBILIARIO - ABL
Publicación:
12/09/2013
Sanción:
05/09/2013
Organismo:
MINISTERIO JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
VISTO:
Las Leyes Nros. 3.304 y 4.013, los Decretos Nros. 589/09 y 196/11 y el Expediente N°
04042398-MGEYA-DGMAD/2013, y
CONSIDERANDO:
Que en el marco de la política de modernización de la Administración Pública, este
Gobierno ha impulsado distintas medidas tendientes a adoptar el uso de herramientas
tecnológicas que permitan agilizar y racionalizar considerablemente los trámites
administrativos, al tiempo de dotarlos de una mayor transparencia y accesibilidad para
su control, al hacerlos disponibles por medios informáticos;
Que una de las medidas adoptadas en esta línea fue la aprobación, mediante el
Decreto N° 589/09, del Sistema de Administración de Documentos Electrónicos -
SADE- que, asimismo, facultó a la Secretaría Legal y Técnica a dictar las normas
necesarias para la implementación y funcionamiento de dicho sistema;
Que posteriormente, la Ley N° 3.304 estableció el Plan de Modernización de la
Administración Pública del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires a fin de encarar un
proceso de modernización administrativa;
Que en el Capítulo III, Título II del Anexo de la Ley antes mencionada, denominado
"Del Gobierno Electrónico y nuevas Tecnologías de la Información y Comunicación",
se dispuso entre sus actividades "...desarrollar la arquitectura tecnológica para la
implementación del expediente electrónico";
Que en ese marco, por Decreto N° 196/11 se ordenó la implementación del
"Expediente Electrónico", en los términos de la Ley N° 3.304;
Que dicho Decreto encomendó a la Jefatura de Gabinete de Ministros y a la Secretaría
Legal y Técnica a dictar las normas reglamentarias, aclaratorias y complementarias
que resulten necesarias;
Que por su parte la Ley de Ministerios N° 4.013, establece que le corresponde a la
Jefatura de Gabinete diseñar, coordinar y verificar la implementación de las políticas
de gobierno electrónico y tecnologías de la información para el Poder Ejecutivo del
Gobierno de la Ciudad;
Que en ese marco y con el objeto de fomentar la planificación, la eficiencia y la
transparencia a fin de poder potenciar su labor, este Gobierno ha buscado
estandarizar procesos, procedimientos y tareas inherentes a diferentes trámites
administrativos
Que asimismo distintas normas han previsto la incorporación de trámites
administrativos al Expediente Electrónico como herramienta de gestión administrativa;
Que en esta instancia resulta pertinente avanzar en el proceso de incorporación de
trámites al Expediente Electrónico, a fin de dar cumplimiento al Decreto N° 196/11.
Por ello y en uso de las facultades que les son propias,
Artículo 1°.- Establécese que deberán tramitar por Expediente Electrónico, a partir del
15 de septiembre del corriente, utilizando el Módulo "EE" del Sistema de
Administración de Documentos Electrónicos -SADE-, de conformidad con lo
establecido en el Decreto N° 196/11, los procedimientos de:
1. Proyecto de Decreto
2. Solicitud de Permiso de Reserva de Documentos
3. Transito - Corte de Transito
4. APRA - Generador Eventual de Residuos Peligrosos
5. APRA - Generador Eventual de Residuos Peligrosos por PCB´S
6. APRA - Generador Eventual de Residuos Peligrosos por Asbestos
7. APRA - Generador Eventual de Residuos Peligrosos por Sitios Contaminados
8. Ambiente y Espacio Público - Inspección de Espacio Público
9. Cultura - Mecenazgo
10. Educación - Evaluación Cursos Docentes
11. Educación - Evaluación Postítulos Docentes
12. Educación - Planes De Estudio Educación A Distancia
13. Educación - Escuelas Comicios
14. Educación - Validez Nacional Títulos Y Estudios
Artículo 2°.- Establécese que deberán tramitar por Expediente Electrónico, a partir del
1° de octubre del corriente, utilizando el Módulo "EE" del Sistema de Administración de
Documentos Electrónicos -SADE-, de conformidad con lo establecido en el Decreto N°
196/11, los procedimientos de:
15. Patentes Reclamo Guarda Habitual
16. Patentes Desistimiento de Deuda
17. Patentes Descargo/Solicitud de Contribuyente
18. Patentes Imputaciones
19. Impuesto Inmobiliario Tasa Retributiva de los Servicios de ABL, Mantenimiento y
Conservación de Sumideros
20. Impuesto Inmobiliario Compensación de Pago de Matriz a Horizontal
21. Impuesto Inmobiliario Reunión de Partidas Horizontal a Horizontal
22. Impuesto Inmobiliario Certificado de Liberación de Deuda
23. Impuesto Inmobiliario Compensación de Pagos en plan de Facilidades 606
24. Impuesto Inmobiliario Pago Bajo Protesto
25. Impuesto Inmobiliario Boletas con Nuevo Vencimiento
26. Impuesto Inmobiliario Transferencia de Deuda Puntual
27. Impuesto Inmobiliario Diferencias de Avaluó
Artículo 3°.- Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos
Aires, comuníquese a todos los Ministerios y Secretarías del Poder Ejecutivo, a todas
las reparticiones con rango o nivel equivalente, a la Procuración General de la Ciudad
de Buenos Aires, a la Sindicatura General de la Ciudad de Buenos Aires y a los
Organismos Descentralizados del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires. Cumplido,
archívese. Rodríguez Larreta - Clusellas