RESOLUCIÓN 657 2013 MINISTERIO DE MODERNIZACION
Síntesis:
RATIFICA EL USO DEL MÓDULO LEGAJO ÚNICO ELECTRÓNICO -LUE- POR PARTE DE LA SECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA
Publicación:
12/09/2013
Sanción:
04/09/2013
Organismo:
MINISTERIO DE MODERNIZACION
VISTO:
Las Leyes N° 3.304 y N° 4.013, los Decreto Nros. 589/GCBA/09 y 765/GCBA/10 y el
Expediente N° EX-2013-03703972-SSGPM y
CONSIDERANDO:
Que la Ley N° 3.304 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires creó el Plan de
Modernización de la Administración Pública del Gobierno de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires a fin de encarar un proceso de modernización administrativa;
Que la citada ley en el Capítulo III, Título II del Anexo I refiere a "Del Gobierno
Electrónico y nuevas Tecnologías de la Información y Comunicación";
Que en el punto 6.2 "Firma Electrónica y Digital" de dicho capítulo se expresa que el
objetivo de la ley es "Agilizar la gestión de la administración pública (...) garantizando
la autoría e integridad de los documentos electrónicos, emanados tanto de la
administración como de los administrados, mediante el uso de la firma electrónica y la
firma digital";
Que en ese marco, entre las actividades del punto 6.3 "Digitalización de procesos
administrativos" se dispuso en el punto 3: "Documento electrónico: propiciar la
utilización de documentos administrativos
electrónicos firmados digital o
electrónicamente";
Que asimismo dicha Ley en el Capítulo IV Título II del Anexo I refiere a "De la Gestión
Integral de los Recursos Humanos";
Que en el punto 7.1 "Legajo Único del Personal Informatizado" de dicho capítulo se
expresa que el objetivo de la ley es "Satisfacer necesidades de información y guarda
de la documentación certificadora, correspondiente a las personas que prestan
servicios personales a la Administración Pública de la Ciudad, así como el
cumplimiento de diversas exigencias normativas que ésta debe honrar como
empleadora o contratista, mediante la implantación de un régimen actualizado e
integral de administración del Legajo Único Personal Informatizado";
Que en ese marco, entre las actividades se dispuso en los puntos 1 y 2 "Establecer un
régimen de Administración Integral del Legajo Unico Personal Informatizado
obligatorio, para toda persona que mantenga vinculación en la prestación de servicios
personales a favor de la Administración Pública de la Ciudad" y "Digitalizar
progresivamente y validar mediante firma electrónica la documentación requerida por
exigencias legales o de auditoría";
Que por su parte la Ley de Ministerios N° 4.013 en el artículo n° 26, designa al
Ministerio de Modernización como la autoridad de aplicación del referido Plan de
Modernización de la Administración Pública, quedando además facultado a diseñar e
implementar las políticas de incorporación y mejoramiento de los procesos,
tecnologías, infraestructura informática y sistemas y tecnologías de gestión del
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que asimismo dicho artículo establece que corresponde al Ministerio de
Modernización diseñar e implementar las políticas de gestión y administración de los
recursos humanos del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que este Gobierno ha impulsado distintas medidas tendientes a adoptar el uso de
herramientas tecnológicas que permitan agilizar y racionalizar considerablemente los
trámites administrativos, al tiempo de dotarlos de una mayor transparencia y
accesibilidad para su control, al hacerlos disponibles por medios informáticos;
Que en ese sentido, en el ámbito de la Administración Central por Decreto N° 589/09
se aprobó la implementación del Sistema de Administración de Documentos
Electrónicos - SADE - como sistema integrado de caratulación, numeración,
seguimiento y registración de movimientos de todas las actuaciones y expedientes del
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que por Decreto N° 765/GCBA/10 se instruyó a todos los organismos del Poder
Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a utilizar el módulo GENERADOR
DE DOCUMENTOS ELECTRÓNICOS OFICIALES -GEDO- como medio de creación,
registro y archivo de informes y providencias;
Que posteriormente por Decreto N° 282/GCBA/13 se instruyó a todos los organismos
del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a utilizar el módulo
"LEGAJO UNICO ELECTRÓNICO" (LUE) como único medio de creación, guarda y
archivo de todos los documentos electrónicos correspondientes a los agentes que se
desempeñan en el ámbito del Poder Ejecutivo;
Que dicha norma estableció su alcance para todos los agentes de planta permanente
o transitoria del Poder Ejecutivo de la CABA, en todos sus escalafones salvo el
Docente;
Que por su parte, el Decreto N° 282/GCBA/2013 facultó al Ministro de Modernización a
establecer los organismos y las fechas en que deberán a comenzar a utilizar el módulo
en cuestión;
Que en esta instancia de modernización del proceso en cuestión, corresponde
establecer las fechas y organismos que progresivamente comenzarán a utilizar el
módulo "LEGAJO ÚNICO ELECTRÓNICO" del Sistema de Administración de
Documentos Electrónicos SADE;
Que la Secretaría Legal y Técnica, comenzó a utilizar el módulo LUE, a partir del 22 de
julio del corriente.
Por ello y en uso de las facultades que le son propias,
Artículo 1°.- Ratifícase el uso a partir del 22 de julio del corriente por parte de la
Secretaría Legal y Técnica del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires del
módulo "LEGAJO ÚNICO ELECTRÓNICO" (LUE), del Sistema de Administración de
Documentos Electrónicos (SADE), como único medio para la creación, guarda y
archivo de todos los documentos electrónicos administrados por dicha área,
correspondientes a agentes públicos del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires, con los alcances fijados por el Decreto N° 282/GCBA/13.
Artículo 2°.- Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos
Aires, comuníquese a todos los Ministerios y Secretarías del Poder Ejecutivo, a todas
las reparticiones con rango o nivel equivalente, y remítase a la Dirección General
Mesa de Entradas, Salidas y Archivo. Cumplido, archívese. Ibarra