LEY DE APROBACIÓN INICIAL 2013
Síntesis:
CATALOGA INMUEBLE - NIVEL DE PROTECCIÓN CAUTELAR - CÓDIGO DE PLANEAMIENTO URBANO - INMUEBLE AVENIDA MEDRANO 46 - BIBLIOTECA ARGENTINA PARA CIEGOS
Publicación:
27/09/2013
Sanción:
19/09/2013
Organismo:
LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
Artículo 1°.- Catalógase con Nivel de Protección "Cautelar" en los términos del Artículo
10.3.3, correspondiente al Capítulo 10.3 "Catalogación" del Código de Planeamiento
Urbano, al inmueble ubicado en Avenida Medrano N° 46, Parcela 019, Manzana 064
B, Sección 017, sede de la "Biblioteca Argentina para Ciegos".
Art. 2°.- Incorpórase el inmueble catalogado por el Artículo 1° al Listado de Inmuebles
Catalogados de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, previsto en el Capítulo 10.3
"Catalogación" del Código de Planeamiento Urbano.
Art. 3°.- El Poder Ejecutivo, a través de la Dirección General Registro de Obras y
Catastro dependiente del Ministerio de Desarrollo Urbano, deberá asentar en la
Documentación Catastral correspondiente, la catalogación establecida por el Artículo
1°.
Art. 4°.- La ficha de Catalogación N° 17-064b-019 forma parte de la presente Ley como
Anexo I.
Art. 5°.- Publíquese y cúmplase con lo dispuesto en los Artículos 89° y 90° de la
Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Ritondo - Pérez
ANEXOS
El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 4246