LEY DE APROBACIÓN INICIAL 2013

Síntesis:

CATALOGA INMUEBLE - NIVEL DE PROTECCIÓN CAUTELAR - CÓDIGO DE PLANEAMIENTO URBANO - INMUEBLE AVENIDA MEDRANO 46 - BIBLIOTECA ARGENTINA PARA CIEGOS

Publicación:

27/09/2013

Sanción:

19/09/2013

Organismo:

LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES


Ley

(Aprobación inicial conforme lo establecido en los artículos 89 y 90

de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires)

Artículo 1°.- Catalógase con Nivel de Protección "Cautelar" en los términos del Artículo

10.3.3, correspondiente al Capítulo 10.3 "Catalogación" del Código de Planeamiento

Urbano, al inmueble ubicado en Avenida Medrano N° 46, Parcela 019, Manzana 064

B, Sección 017, sede de la "Biblioteca Argentina para Ciegos".

Art. 2°.- Incorpórase el inmueble catalogado por el Artículo 1° al Listado de Inmuebles

Catalogados de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, previsto en el Capítulo 10.3

"Catalogación" del Código de Planeamiento Urbano.

Art. 3°.- El Poder Ejecutivo, a través de la Dirección General Registro de Obras y

Catastro dependiente del Ministerio de Desarrollo Urbano, deberá asentar en la

Documentación Catastral correspondiente, la catalogación establecida por el Artículo

1°.

Art. 4°.- La ficha de Catalogación N° 17-064b-019 forma parte de la presente Ley como

Anexo I.

Art. 5°.- Publíquese y cúmplase con lo dispuesto en los Artículos 89° y 90° de la

Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Ritondo - Pérez


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 4246

Tipo de relación

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