DECRETO 398 2013

Síntesis:

INCORPORACIÓN - A PARTIR DEL 1° DE OCTUBRE DE 2013 - SUSCRIPCIÓN CON TECNOLOGÍA DE FIRMA DIGITAL - CREACIÓN - REGISTRO - GUARDA Y ARCHIVO - DECRETOS DEL PODER EJECUTIVO - MENSAJES Y PROYECTOS DE LEY CON INICIATIVA LEGISLATIVA DEL PODER EJECUTIVO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES - GENERADOR DE DOCUMENTOS ELECTRÓNICOS OFICIALES -GEDO - SISTEMA DE ADMINISTRACIÓN DE DOCUMENTOS ELECTRÓNICOS -SADE - VALOR LEGAL Y EFICACIA JURÍDICA QUE CONFECCIONADOS EN SOPORTE PAPEL

Publicación:

02/10/2013

Sanción:

01/10/2013

Organismo:

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES


VISTO:

Las Leyes Nros. 2.751 y 3.304; la Ley Nacional N° 25.506, los Decretos Nros. 589/09;

6/11, 196/11 y 424/12, las Resolución N° 1/SECLyT/11 y, el Expediente N° 4.989.794;

CONSIDERANDO:

Que la Ley Nacional N° 25.506 de firma digital reconoció la eficacia jurídica del empleo

del documento electrónico, la firma electrónica y la firma digital;

Que por la Ley N° 2.751 el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires adhirió a

dicha Ley, de conformidad con lo establecido en el artículo 50 de la mencionada Ley

Nacional;

Que la Ley N° 3.304 estableció el Plan de Modernización de la Administración Pública

del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires a fin de encarar un proceso de

modernización administrativa;

Que en el Capítulo III, Título II del Anexo I de la Ley antes mencionada, denominado

"Del Gobierno Electrónico y nuevas Tecnologías de la Información y Comunicación",

en el punto 6.2 "Firma electrónica y digital", se dispuso entre las actividades a ser

llevadas a cabo la creación de la infraestructura de firma digital y electrónica en el

ámbito de la Ciudad de Buenos Aires;

Que asimismo fijó como uno de los objetivos el de "...agilizar la gestión de la

administración pública y aumentar el acceso de los ciudadanos a los servicios y

trámites públicos, garantizando la autoría e integridad de los documentos electrónicos,

emanados tanto de la administración como de los administrados, mediante el uso de la

firma electrónica y la firma digital";

Que, en relación a la digitalización de los procesos administrativos, dicha Ley plantea

como objetivo "Desarrollar los sistemas informáticos y proponer y/o adecuar la

normativa correspondiente para la digitalización de los procesos administrativos a los

fines de facilitar la gestión, el acceso y la perdurabilidad de la información y la

reducción de los plazos en las tramitaciones";

Que con anterioridad a la sanción de la Ley N° 3.304, ya se había iniciado un proceso

de Modernización de la Administración Pública del Gobierno de la Ciudad Autónoma

de Buenos Aires, con la progresiva incorporación de herramientas tecnológicas a los

procedimientos administrativos;

Que por Decreto N° 589/09 se aprobó la implementación del Sistema de

Administración de Documentos Electrónicos -SADE-como sistema de caratulación,

numeración, seguimiento y registración de movimientos de todas las actuaciones y

expedientes del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que, a los fines de la implementación y funcionamiento del SADE se facultó a la

Secretaría Legal y Técnica a dictar las normas reglamentarias, aclaratorias y

complementarias;

Que esa nueva plataforma posibilitó el avance en el desarrollo integral de los sistemas

electrónicos, como solución horizontal de Administración Electrónica del Gobierno de

la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que, posteriormente, por Resolución N° 1/SECLyT/11 se aprobó el reglamento para la

Generación de Documentos Electrónicos Oficiales -GEDO-, cuyo artículo 3° estableció

que "...los Documentos Electrónicos Oficiales generados en GEDO son encriptados

mediante tecnología de firma digital, utilizando identificación y clave de usuario y

archivados en el repositorio único de imágenes del Gobierno de la Ciudad Autónoma

de Buenos Aires;

Que a fin de avanzar en la incorporación de herramientas tecnológicas para agilizar y

facilitar la tramitación administrativa, por Decreto N° 6/11 se instruyó a todos los

organismos del Poder Ejecutivo a utilizar del Sistema de Administración de

Documentos Electrónicos (SADE), el módulo "GENERADOR DE DOCUMENTOS

ELECTRONICOS OFICIALES-GEDO" como medio de creación, registro y archivo de

Disposiciones;

Que, posteriormente por Decreto N° 196/11 se ordenó la implementación del

Expediente Electrónico en los términos de la Ley N° 3304;

Que a su turno, por Decreto N° 424/12 se instruyó a todos los organismos del Poder

Ejecutivo a utilizar del Sistema de Administración de Documentos Electrónicos

(SADE), el módulo "GENERADOR DE DOCUMENTOS ELECTRÓNICOS

OFICIALES-GEDO" como medio de creación, registro y archivo de Resoluciones;

Que la Ley de Ministerios N° 4.013 en su artículo 26, designa al Ministerio de

Modernización como la autoridad de aplicación del referido Plan de Modernización de

la Administración Pública, quedando además facultado a diseñar e implementar las

políticas de incorporación y mejoramiento de los procesos, tecnologías, infraestructura

informática y sistemas y tecnologías de gestión del Gobierno de la Ciudad Autónoma

de Buenos Aires;

Que con respecto al valor jurídico y probatorio de los actos firmados electrónicamente

la Ley N° 4013 en su artículo 38 establece que "Todos los integrantes del Poder

Ejecutivo y entes descentralizados podrán utilizar los documentos electrónicos o

digitales que determine el Poder Ejecutivo para la creación y suscripción de los actos o

documentos como así también las firmas electrónicas o digitales que también

determine para el refrendo o firma, teniendo todos ellos la misma eficacia jurídica y

valor probatorio que sus equivalentes convencionales.";

Que asimismo, expresa que le corresponde a la Jefatura de Gabinete de Ministros en

forma conjunta con el Ministerio de Modernización diseñar, coordinar y verificar la

implementación de las políticas de gobierno electrónico y tecnologías de la información

para el Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad;

Que, en esta instancia, resulta conveniente avanzar en la incorporación de las

herramientas tecnológicas a otros actos dictados en diversos trámites seguidos por la

Administración;

Que, en consecuencia, resulta conveniente incorporar, a partir del 1° de octubre de

2013, la suscripción con tecnología de firma digital de los Decretos del Poder

Ejecutivo, mensajes y proyectos de Ley con iniciativa legislativa del Poder Ejecutivo de

la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

Por ello, en uso de las facultades conferidas por los artículos 102 y 104 de la

Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

EL JEFE DE GOBIERNO

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA

Artículo 1°.- Incorpórase, a partir del 1° de octubre de 2013, la suscripción con

tecnología de firma digital para la creación, registro, guarda y archivo de los Decretos

del Poder Ejecutivo, mensajes y proyectos de Ley con iniciativa legislativa del Poder

Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, al "Generador de Documentos

Electrónicos Oficiales -GEDO-" del Sistema de Administración de Documentos

Electrónicos (SADE).

Artículo 2°.- Los Decretos dictados por el Jefe de Gobierno, los mensajes y los

proyectos de Ley con iniciativa legislativa del Poder Ejecutivo, confeccionados a través

del módulo "Generador de Documentos Electrónicos Oficiales -GEDO-" del Sistema de

Administración de Documentos Electrónicos (SADE) y suscriptos con tecnología de

firma digital, tienen el mismo valor legal y eficacia jurídica que los confeccionados en

soporte papel.

Artículo 3°.- Encomiéndese al Señor Jefe de Gabinete de Ministros y al señor

Secretario Legal y Técnico, en forma conjunta, a dictar las demás normas aclaratorias,

interpretativas y complementarias que resulten necesarias para la implementación del

presente Decreto,

Artículo 4°.- El presente Decreto es refrendado por el señor Jefe de Gabinete de

Ministros.

Artículo 5°.- Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos

Aires y comuníquese a todos los Ministerios y Secretarías del Poder Ejecutivo y

reparticiones con rango equivalente, remítase a la Dirección General Mesa de

Entradas, Salidas y Archivo. Cumplido, archívese. MACRI - Rodríguez Larreta

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

COMPLEMENTA
Dto 398-13 en su art. 1° incorpora a partir del 1° de octubre de 2013 la suscripción con tecnología de firma digital para creación registro guarda y archivo de Decretos del Poder Ejecutivo mensajes y proyectos de Ley con iniciativa legislativa del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires al Generador de Documentos Electrónicos Oficiales GEDO del Sistema de Administración de Documentos Electrónicos SADE en el marco del Dec. 589-09.