DISPOSICIÓN 212 2013 DIRECCION GENERAL DE CONTADURIA
Síntesis:
ESTABLECE QUE EL TRÁMITE DE SOLICITUD DE REINTEGRO DE GASTOS TRAMITARÁ POR EXPEDIENTE ELECTRÓNICO - SADE
Publicación:
02/10/2013
Sanción:
30/09/2013
Organismo:
DIRECCION GENERAL DE CONTADURIA
VISTO:
la ley 70, el Decreto 556/GCBA/10 y modificatorias, el Decreto 196/GCBA/11, la
Resolución 17/MJGGC/13; y
CONSIDERANDO:
Que por la Ley 70 se fijaron los Sistemas de Gestión, Administración Financiera y
Control del Sector Público de la Ciudad de Buenos Aires;
Que mediante el Decreto 556/GCBA/10 y sus modificatorias se faculta a funcionarios
del gobierno de la ciudad a aprobar gastos de imprescindible necesidad;
Que en el marco de la política de modernización de la Administración Pública, este
Gobierno ha impulsado distintas medidas tendientes a adoptar el uso de herramientas
tecnológicas que permitan agilizar y racionalizar considerablemente los trámites
administrativos, al tiempo de dotarlos de una mayor transparencia y accesibilidad para
su control, al hacerlos disponibles por medios informáticos;
Que en dicho marco, se dictó el Decreto N° 196/11 mediante el cual se ordenó la
implementación del "Expediente Electrónico", en los términos de la Ley 3304;
Que la Resolución 17/MJGGC/13 establece que a partir del 02 de octubre deberá
tramitar por expediente electrónico el procedimiento de reintegro de gastos;
Por ello,
Artículo 1°.- A partir del 02 de octubre de 2013 el trámite de solicitud de reintegro de
gastos establecido en el decreto 556/GCBA/11 tramitará por Expediente Electrónico.
Artículo 2°.- El Anexo DI -4902252-DGCG-2013 a todos sus efectos forma parte
integrante de la presente.
Artículo 3°.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial del Gobierno de la Ciudad de
Buenos Aires, y comuníquese a todos los Ministerios y Secretarías del Poder Ejecutivo
y reparticiones con rango o responsabilidades equivalentes, Sindicatura General de la
Ciudad, y a la Dirección General de Contaduría. Cumplido archívese en el
Departamento Técnico Normativo de la Gerencia Operativa Legal de la Dirección
General de Contaduría. Messineo
ANEXOS
ANEXO
El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 4249