RESOLUCIÓN 7 2013 MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL

Síntesis:

INCLUSIÓN DE PROFESIONALES DE ACCIÓN SOCIAL - ACTA PARITARIA 27-11- ACTA DE NEGOCIACIÓN COLECTIVA - AGENTES HABILITADOS - MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL - CARRERA MUNICIPAL DE PROFESIONALES DE ACCIÓN SOCIAL - LICENCIADOS - TRABAJO SOCIAL - ABOGADOS - SOCIOLOGÍA - PSICOLOGÍA - FONOAUDIOLOGÍA 

Publicación:

15/10/2013

Sanción:

08/10/2013

Organismo:

MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL


VISTO:

el Expediente N° 1224891/2012, y acumulados, y

CONSIDERANDO:

Que por Acta Paritaria N° 27/11 de Negociación Colectiva, de fecha 25 de noviembre

de 2011, celebrada entre el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y el

Sindicato Único de Trabajadores del Estado de la Ciudad de Buenos Aires,

(SUTECBA), se amplió la nómina de profesiones habilitadas para integrar la Carrera

Municipal de Profesionales de Acción Social, conforme lo prescripto por Acta N°

6/2006, que fuera instrumentada por Resolución N° 388/SDS-SHYF/2006;

Que según surge de los presentes actuados, diversos profesionales peticionan su

inclusión en los términos del Acta que nos ocupa;

Que asimismo, es de hacer notar que el Ministerio de Desarrollo Social, manifiesta que

los involucrados por diversas circunstancias no fueron incluidos, en la precitada Acta

Paritaria, en consecuencia presta conformidad a lo peticionado;

Que es de hacer notar, que las Direcciones Generales de Planeamiento de Carreras y

de Control de Gestión, ambas dependientes del Ministerio de Modernización, y la

Dirección General Oficina de Gestión Pública y Presupuesto, del Ministerio de

Hacienda, han tomado debida intervención en lo que respecta a su competencia;

Que por lo expuesto resulta necesario, dictar el acto administrativo, accediendo a lo

requerido.

Por ello,

LOS MINISTROS DE DESARROLLO SOCIAL Y MODERNIZACION

RESUELVEN

Artículo.1°- Establécese que a partir del 1 de junio de 2013, se incluyen en el Acta

Paritaria N° 27/11 de Negociación Colectiva, a los agentes que se indican en el Anexo

"I" (IF-3469391/DGALP/2013), que a todos sus efectos forma parte integrante de la

presente Resolución, en el modo y condiciones que en cada caso se señala.

Articulo. 2°- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo

anterior, encuentra imputación en el Inciso 1 "Gastos en Personal" del Ministerio de

Desarrollo Social.

Artículo 3°.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires, para su conocimiento y demás efectos, remítase al Ministerio de

Desarrollo Social, y a la Gerencia Operativa Proyectos de Normas, dependiente de la

Dirección General de Asuntos Laborales y Previsionales, de la Subsecretaria de

Gestión de Recursos Humanos. Cumplido, archívese. Stanley - Ibarra


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 4257

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
Art 1 de la Res 7-MM-MDS-13 Establece que a partir del 1 de junio de 2013, se incluye agentes en el Acta Paritaria 27-11.
MODIFICADA POR
<p>Art. 1 de la Resolución 405-MDSGC-MMGC-15: Amplía los términos de la Resolución Nro 7-MDSGC-MMGC-13.</p>