DECRETO 424 2013
Síntesis:
MODIFICACIÓN DE ESTRUCTURAS - MODIFICA LA ESTRUCTURA ORGANIZATIVA DEL MINISTERIO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD - CREACIÓN - CREA LAS INSTANCIAS ADMINISTRATIVAS UNIDAD DE ENLACE DE LA UNIDAD ADMINISTRATIVA DE CONTROL DE FALTAS - 90 CARGOS - Y LA UNIDAD DE ENLACE DE LA UNIDAD ADMINISTRATIVA DE ATENCIÓN DE FALTAS ESPECIALES - 36 CARGOS - CON DEPENDENCIA DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE INFRACCIONES - DELEGA EN EL MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN LA DETERMINACIÓN DEL MONTO DE LA REMUNERACIÓN DE LOS TITULARES DE LAS UNIDADES - REMUNERACIONES - SUELDOS DE FUNCIONARIOS - HABERES - RESPONSABLES - APRUEBA NIVELES GERENCIALES - GERENCIAS OPERATIVAS - SUBGERENCIAS
Publicación:
16/10/2013
Sanción:
09/10/2013
Organismo:
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
VISTO:
Las Leyes Nros. 4.013 y 4.340, los Decretos Nros. 684/09, 660/11, 308/12, 389/12,
396/12, 102/13, el Expediente N° 774.627/13, y
CONSIDERANDO:
Que la actual administración del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
tiene por objetivo desarrollar diversas políticas públicas para mejorar la eficiencia y la
eficacia de su gestión, siendo la implementación y mejora constante de sus estructuras
organizativas una de las acciones centrales para la consecución de los objetivos antes
mencionados;
Que dichas políticas, entre otros aspectos, se han enfocado hacia un desarrollo
operativo estratégico creando nuevas políticas de recursos humanos, modernización
de procesos y mecanismos administrativos, así como la creación y el establecimiento
de nuevas estructuras orgánico funcionales;
Que por Decreto N° 684/09 se reglamentó el Régimen Gerencial para los cargos más
altos de la Administración Publica previstos en el artículo 34 de la Ley N° 471;
Que por la Ley N° 4.013 se sancionó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires contemplándose entre los Ministerios del Poder Ejecutivo,
al Ministerio de Justicia y Seguridad;
Que por Decreto N° 660/11 se aprobó la estructura orgánico funcional del Poder
Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, hasta el nivel
Dirección General, modificándose parcialmente mediante los Decretos Nros. 308/12,
389/12, 396/12 y 102/13 la estructura del Ministerio de Justicia y Seguridad, y
aprobándose asimismo, la estructura correspondiente a su Régimen Gerencial;
Que mediante Ley N° 4.340 se transfirieron las responsabilidades primarias, objetivos,
acciones, patrimonio, presupuesto y recursos humanos con sus respectivos niveles y
grados escalafonarios del mismo modo que la recaudación y cuentas recaudadoras de
la Unidad Administrativa de Atención de Faltas Especiales de la Agencia
Gubernamental de Control al ámbito de la Dirección General de Administración de
Infracciones de la Subsecretaría de Justicia del Ministerio de Justicia y Seguridad;
Que en atención a la precitada reestructuración se evidencia un aumento considerable
de las tareas a cargo de la Dirección General Administración de Infracciones, por lo
que el Ministerio de Justicia y Seguridad estima conveniente, a los efectos de contar
con dos instancias organizativas adecuadas para dar respuesta a las crecientes
necesidades administrativas y operativas, la modificación de la estructura de la citada
Dirección General;
Que en tal sentido se propicia la creación en la órbita de la Dirección General
Administración de Infracciones dependiente de la Subsecretaría de Justicia del
Ministerio de Justicia y Seguridad, de la Unidad de Enlace de la Unidad Administrativa
de Control de Faltas y la Unidad de Enlace de la Unidad Administrativa de Atención de
Faltas Especiales;
Que por otra parte el Ministerio de Modernización determinará el nivel retributivo de los
titulares de las Unidades cuya creación se propicia por el presente;
Que el Ministerio de Modernización ha tomado debida intervención en el marco de las
competencias a su cargo;
Que en virtud de lo expuesto, corresponde modificar parcialmente la estructura
organizativa del Ministerio de Justicia y Seguridad, aprobada por el Decreto N° 660/11.
Por ello, y en uso de las facultades conferidas por los artículos 102 y 104 de la
Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
Artículo 1°.- Modifícase la estructura organizativa del Ministerio de Justicia y Seguridad
del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, quedando modificado
parcialmente el Decreto N° 660/11, de acuerdo con los Anexos I (Organigrama) y II
(Responsabilidades Primarias, Acciones y Objetivos), los que a todos sus efectos
forman parte integrante del presente Decreto.
Artículo 2.- Créanse en la órbita de la Dirección General Administración de
Infracciones dependiente de la Subsecretaría de Justicia del Ministerio de Justicia y
Seguridad, la Unidad de Enlace de la Unidad Administrativa de Control de Faltas y la
Unidad de Enlace de la Unidad Administrativa de Atención de Faltas Especiales.
Artículo 3°.- El Ministerio de Modernización determinará el nivel retributivo de los
titulares de los Unidades creadas por el artículo 2° del presente Decreto,
Artículo 4°.- El Ministerio de Hacienda, a través de la Dirección General Oficina de
Gestión Pública y Presupuesto, arbitrará las medidas pertinentes para dar
cumplimiento al presente Decreto,
Artículo 5°.- El presente Decreto es refrendado por los señores Ministros de Justicia y
Seguridad y de Modernización, y por el señor Jefe de Gabinete de Ministros.
Artículo 6°.- Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos
Aires, comuníquese a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos del
Ministerio de Modernización, a las Direcciones Generales Oficina de Gestión Pública y
Presupuesto del Ministerio de Hacienda y Capital Humano del Ministerio de
Modernización, y para su conocimiento y demás efectos, remítase al Ministerio de
Justicia y Seguridad. Cumplido, archívese. MACRI - Montenegro - Ibarra - Rodríguez
Larreta
ANEXOS
El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 4258