LEY 32 1998
Síntesis:
MODIFICA DECRETO DE NECESIDAD Y URGENCIA N° 1510-97 - LEY DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES - CLAÚSULA TRANSITORIA - EXPEDIENTES INICIADOS CON ANTERIORIDAD AL 6 DE AGOSTO DE 1996 - IMPULSIÓN - CADUCIDAD
Publicación:
26/06/1998
Sanción:
28/05/1998
Organismo:
LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
Promulgación:
18/06/1998
Estado:
No vigente
Artículo 1° - Modifícase la cláusula transitoria del Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1.510, de fecha 22 octubre de 1997 la que quedará redactada de la siguiente manera:
"CLAUSULA TRANSITORIA:
Por esta única vez, todos los expedientes en trámite, iniciados ante la Ex Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires, con anterioridad al 6 de Agosto de 1996 que no fueran impulsados por el particular dentro de los sesenta (60) días de publicada la presente ley, se declararán caducos, en los términos del art. 22 inc. e) punto 9 de la presente ley, sin perjuicio de lo dispuesto en el art. 25.
A los efectos del cómputo de la prescripción de los derechos y las acciones judiciales, la caducidad normada en la presente cláusula transitoria operará únicamente cuando la misma quede firme, luego de notificar al requeriente particular. "
Art. 2° - Comuniquese, etc.IBARRA-GRILLO