RESOLUCIÓN 124 2013 F/N SINDICATURA GENERAL DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

Síntesis:

SE ESTABLECE ADICIONAL POR PERMANENCIA PARA AGENTES - REMUNERACIONES - SALARIOS - SUELDOS - SINDICATURA GENERAL- MENSUAL - REMUNERATIVO - AGENTES ENCASILLADOS EN EL TRAMO Y GRADO MÁS ALTO DE LAS CATEGORÍAS DE LOS AGRUPAMIENTOS - SISTEMA DE CARRERA ADMINISTRATIVA - SINDICATURA GENERAL- 

Publicación:

29/10/2013

Sanción:

15/10/2013

Organismo:

F/N SINDICATURA GENERAL DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES


VISTO:

La Constitución de la Ciudad de Buenos Aires, la Ley N° 70 (BOCBA N° 539), las

Resoluciones N° 4-SGCBA/11 (BOCBA N° 3.597), N° 5-SGCBA/11 (BOCBA N° 3.597)

y N° 636-MHGC/11 (BOCBA N° 3.658), el Expediente Electrónico N° 5.330.984-

MGEYA-SGCBA/13, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 133 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

establece que la Sindicatura General de la Ciudad es un Organismo que posee

autarquía administrativa y financiera;

Que también establece que su titular es el/la Síndico/a General de la Ciudad, el/la que

es designado/a por el Poder Ejecutivo con jerarquía equivalente a la de Ministro/a;

Que la Ley N° 70, en su artículo 130, inciso 2), otorga al/la Síndico/a General las

atribuciones de organizar y reglamentar el funcionamiento interno de la Sindicatura

General de la Ciudad, en sus aspectos operativos, funcionales y de administración de

personal;

Que en razón de las atribuciones establecidas en el inciso 8) del artículo citado

anteriormente, el/la Síndico/a General administra su presupuesto, resuelve y aprueba

los gastos del Organismo;

Que por la Resolución N° 4-SGCBA/11 se aprobó el Estatuto del Personal de la

Sindicatura General de la Ciudad de Buenos Aires;

Que mediante la Resolución N° 5-SGCBA/11 se aprobó el Sistema de Carrera

Administrativa de la Sindicatura General de la Ciudad de Buenos Aires;

Que el Sistema de Carrera Administrativa prevé, en su Anexo III, un Subsistema de

Promoción Escalafonaria de acuerdo al cumplimiento de requisitos allí descriptos;

Que el Subsistema de Promoción Escalafonaria no contempla la promoción de los

agentes encasillados en el Tramo y Grado más alto de las Categorías de los distintos

Agrupamientos del Sistema de Carrera Administrativa de la Sindicatura General de la

Ciudad;

Que la Comisión Permanente de Carrera sugirió a la Autoridad de Aplicación,

establecer un adicional por permanencia para aquellos agentes que se encuentren en

la situación descripta, toda vez que cumplimenten con los requisitos descriptos en los

artículos 4° y 6° del Anexo III del Sistema de Carrera Administrativa de la Sindicatura

General de la Ciudad;

Que tal medida se corresponde con la instrumentada por Resolución N° 636-MHGC/11

del Ministerio de Hacienda para el personal que revista en el Escalafón General del

Gobierno de la Ciudad;

Que en virtud de lo expuesto, y a fin de no perjudicar el progreso de los agentes en la

Carrera Administrativa, corresponde establecer un adicional por permanencia, de

carácter mensual y remunerativo;

Que existe crédito legal y suficiente para atender el gasto que por la presente tramita;

Que la Subgerencia de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención que resulta de su

competencia, mediante la emisión del Dictamen N° IF 5.415.292-SGCBA/13.

Por ello y en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 130, incisos 2) y 8) de la

Ley N° 70,

EL SÍNDICO GENERAL DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES

RESUELVE:

Artículo 1°.- Establécese un "Adicional por Permanencia", de carácter mensual y

remunerativo, para aquellos agentes encasillados en el Tramo y Grado más alto de las

Categorías de los Agrupamientos que componen el Sistema de Carrera Administrativa

de la Sindicatura General.

Artículo 2°.- Establécese que dicho Adicional será el equivalente a la diferencia entre

el sueldo básico del nivel máximo de cada categoría y del inmediato inferior.

Artículo 3°.- Asígnase el "Adicional por Permanencia" a los agentes que cumplimenten

con lo descripto en los artículos 4° y 6° del Anexo III del Sistema de Carrera

Administrativa de la Sindicatura General acerca de los requisitos de Promoción

Escalafonaria y permanencia mínima en los grados respectivamente.

Artículo 4°.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,

comuníquese a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos dependiente del

Ministerio de Modernización, y para su conocimiento y demás efectos pase a la

Gerencia General Técnica, Administrativa y Legal. Cumplido, archívese. Rial

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

COMPLEMENTA
Art 1 de la Res 124-SG-13 establece un Adicional por Permanencia, para agentes encasillados en el tramo y Grado más alto de las Categorías de los Agrupamientos que componen el Sistema de Carrera Administrativade la Sindicatura General, aprobada por Res 5-SG-11- Art 3 Asigna el Adicional por Permanencia a los agentes que cumplimenten con lo descripto en los artículos 4 y 6 del Anexo III